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45 sara el Discretorio a N. P. Rmo. para ·que tome la providencia , que ordena el Breve Apostolico. L:i pena, de expul ion comprehen– de a todos los moradores del Colegio, aunque en el hayan cumplido los diez años. El decenio s,)lo les favorece pa– ra salir voluntariamente , sin que se ten– ga por veleidad su salida, llevando tes– timonio de los Padres Guardian , y Dis– cretos , que deben darselo , como lo mandan las Bulas, expresando los med• tos , y tiempo de Semi nario. En la expulsion de los que han cumplido el decenio se ha de .proceder cdn gran re– flexion , lentitud , y si n est repi to. Sí cumplido el decenio enferma– re alguno del Seminario, aunque la en– fermedad sea incurable, o contagiosa no ha de ser e pul o, antes s1 , tr· tado , y asistido con religio a caridad. Los que profesan en el Seminario no pueden pa.. sar a vivir en otro Convento , lo que dvertira el Padre Guardian a el pre– tendiente, para que no alegue ignoran– cia en adelante. Si fuere preciso , que sal~ 'l, Bula n. 15.
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