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CAPITULO ·xx1x. DEL HOSPICIO , r TRATO DE los seglares. PORQUE los individuos del Semi– nario gozan mas que otros de los Hos- picios de los seglares , y son tratados de ellos con distinguida benevolencia: se manda, que el hospedero los atienda con caridad , y les muestre una afable cortesan1a. Fuera del hospedero , y el Religioso que el Prelado señalare para acompañar al huesped, ninguno baxara a la Hospeded.a ( en donde se han de recibir ) pena de ser castigado , como quien falta a el devido recogimiento, y silencio. Si algun seglar llamare a al– gun Religioso para su consuelo espi– ritual , o algun negocio preciso, avi– sara el Portero al Padre Guardian, quien ( si lo tuviere por conveniente) clara li– cencia para que baxe, y el que de otra suerte baxare a la Hospededa sea casti.. gado en Comu1údad.
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