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~. Bula n. 44· n. 4S· • l .a CAPITULO V f l. .· , DEL O_FICIO DI.VINO. . 1 ••• . . l~L Oficio Divino, qu~ regula:.men: te debe ser rezado para dar mas tiemp0 al estudio , se dira con pausa gravé, de– vota, -Y competente. Antes de cGme11.,. iarlo se <lira siempre: monstra te esse Ma::.. 1rem·., &c. y aperi DomitJe , &é.:.. soto se podra cantar en los. .dias, que ió · per:T tnite la Bula. En las festividades de1 Na– tímiento de nuestro Señor, Corpus, Na– tividad de nuestra Señora., ,Cancepcion; N. P. S. Francisco, y<Sall!.Aueaaveutura re 'atnta prima ; y Kalenda éon trés CM pas, y a las diez y media se reza sexta, y nona. A esta h@ra se tendran las Pro-.. cesiones, Letan1as, &c. ~ Atendiendo_ a la. rigidez , t intemperie de las estaciones del año en este territ.o.:– rio de Baeza, ya ganar tiempo para .los estudios, se tendran inviolablemente los Ma ytines de seis a siete de la noche des– de el día de nuestro Serafico Patriarca • J hasta

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