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1 | Indios. a OS Indios ño fe deben levar á las Ciudades , 3 Puey de los Blancos , ni fe deben dexar fin Mifsionario, me 31. dec!.24. num.50. Los Indios que hicieron fuga , y fueron cogidos en el miz año en que le huyeron , pertenecen 4 el Pueblo que de ampararon. pag.32. declar.25.num.s2. Los Indivs moradores de un Pueblo no le deben avecindi .€n- otro , lin que:pruceda la licencia del Daysi dre Prefeíto, pag.32.declar,25. num.5t. 14 a z % e :a Ñ lie oi s 6 EA » A _ y Llave. A Llave del Archivo eltará fiempre en poder del Re AL sendo Padre Prcfcáo, pagi27. declas.13. num.36. d - A e REG AN E : es $ o AA a A AOS A é S ES En A > a” * > 4 : . á A Mi/sionarios. : ¿OS .Milsionarios todos fe deben conformar con las Conf J ), tituciones de la Orden, y modo de govierno de la Rel gion en Elpaña. pag.3- orden,1. num.4» á Los Milsionarios luego que llegan a. (us Mifsiones, eán obli. - gados á guardar los Reajes Decreros de lu Mageltad. pag. 2.40, dec:ar.2, nun. 12. ] ON Los Mifsionarios deben obedecer á fus Prelidentes, pags orden.3. num.ó. : El Mifsionario que afirmare , O enfeñare lo contrario a lo; - Expreflado en las Ordenáciones, Addicciones , y Declara ciones Generales, incurre en excomunion mayor. pag.20.) y declar,2.-num.22, A 3 El Mifsionario que le hallare en Mifsion diftinta de aquella 4 que fué delicado por lu Mageltad , no puede concurrir ' a las elecciones, ni-tener oficio en la tal Mifsion, pag? ' orden.5.num.8. | E

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