BCCSEV000XVIII-c-062200000000

La m.o 12 ' nombremos Vilitador enla: mifma Miísion (fobre que no 1 defcuidaremos fiempre que la nece[sidad lo requiera) fola e tonces no deberá, ni podra el dicho Ex-Prefeéto mas moder o aquien por derecho toca Vilitar la Mifsion mas inmediargkat sus en tal cafo le dará por inhibido ¿p/o faéio para la efi: Viíitas . % 24 Y para quitar toda competencia , O negligencia en or den a tales Vilitas, que nueftra Mifsion de Venezuela, o Car cas esla mas inmediata a lade Maracaybo,y al contrario; la de Guayana ala de Cumaná,y al contrario , por lo que havra de viíitar mutuamente la Miísion de Caracas, y la Marésaybo, y afsimilmo reciprocamente fe han de vic de Guayana, y Cumana fin otro reípeíto alternativo 4 lí otras. Para lo qual cada Prefecto elle obligado pena de cargr de Refidencia en la Vifita que fe le hiciere , con caltigo arb; trario al Vifitador de dar puntual avilo del dia, y año de fi eleccion al Prefeíto de la Miísion que como. dicho eselta d clarada por mas inmediata a la [uya. ] 25 Y declaramos, que el toumeltre que la dicha quar Ordenanza General concede, para queel Ex-Prefeíto mas mor demo (O el que ¿fu falta Ífnccede ) lea Vilitador de la Mifsio mas inmediata, y prefida en [us elecciones, no es trimeltg Mathematico, fino que le entiende, y eltiende de modo, q dicho Vifitador pueda empezar., y concluir fu Vifita antes de Capitulo futuro, aunque en ella conluma un femeltre 3" pert encargamos no obltante, y oneramos las conciencias de dicha Vifiradores, que legun los Sagrados Canones fu Vilita quam celerrime finiatur , pues en ella declaracion, y ampliacion d tiempo lolo arendemos á la diftancia ,.O incomodidad de los Pueblos enaquellos parages. DECLARACION. 1Y. A] 26 TTem,declaramos, [egun las Reales Ordenanzas Ge: nerales primera, leptima , y ultima, y fe previene en la Declaracion legunda ¿que li para corregir abulos, o col- tumbres en comun, 0 en particular mandarenos nueltros De- E Precepros de fanta obediencia , Reícriptos, O Vilfitador a nueítros Mifsionarios , O Mifsiones, y alguno pi temerariamente oflare contradecir , O reliítir, O no obedecer: con el pretexto de que no lleya individual, y expreflumente | el

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz