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2 San Franciíco de elta Provincia de la Inmaculada Contepelon de nueltra Señora en los Reynos de Andalucia, y Comiflario General (por el Rey nueítro Señor, que Dios guarde ) de todas las Milsiones que tiene el dicho Orden de Capuchinos en las Indias Occidentales, 8%c. A todos los RR.PP. Prefeátos, y Mif lionarios de nueítras dichas Mifsiones de las Indias Occidens tales , que- al prelente fon, y con el tiempo fueren, alud, y paz en nueltro Señor Jefu-Chrilto, que es verdadera paz. 3. Hacemos Íaber á todos los dichos RR. PP. Prefettos, y Mifsionarios de las dichas Mifsiones de Indias nueítros (ub= ditos, que por cumplir con la grave obligacion, que como yugo fuave pulo la Divina Mifericordia obre nueítros flacos ombros, y atender ¿la Real voluntad del Rey nueltro Señor ( que Dios guarde ) que tanto por nueltro oficio nosincumbe , como .obez decer, y oblervar fu Catholico zelo, expreffido en el nombra. miento que fue fervido hacer de Nos, de tal Comiflario Ge. neral, por fu Real Cedula, fecha en San Lorenzo el Real á veinte y feis de Oftubre de mil feifciéntos y fefenta y dos años: y por lu Real Cedula, fecha en Barcelona á primero de Abril de mil [etecientos y dos años , y el efpecial cuidado que fu Ma- geltad fobre Nos puío, en la afsiftencia del goviérno elpiritual de nueítros Mifsionarios de Indias , encargandonos toda vigi. lancia en lo perteneciente 4 la oblervancia de nueltra Serafica Regla , Apoltolicas Conítituciones de nueítro fanto Infltítuto, y, eltrechiísima profelsion, como todo parece , y conta por Útra Real Cedula de fu Mageftad, fecha en Madrid á veinte y licte de Agofto de mil feifcientos y fetenta y feis, exonerando fu Real conciencia, y onerando la nueítra por las dichas, y Otras repetidas Reales Cedulas, mandandonos, que pongamos todo el deívelo, y atencion que es necefaria , en las providencias que debemos dar pará el mejor regimen, y govierno de todos nuefs tros Miísionarios , y Mifsiones delas Indias. Por tanto, fiendo como fomos motivados de graviísimas, juítifsimas, y urgentiísi. mas Caulas , para poner puntual remedio 4 muchos, y EXpcris mentados inconvenientes, y obiar otros mayores, que de ellos relultan, y con el tranícurlo del tiempo pueden reíultar , man. damos eltablecer las prelentes Ordenaciones Generales, que hemos hecho (en cumplimiento de las Reales Leyes de la Nueva Recopilacion de Indias , que para efte efeto elffáan prevenidas) para que en todas nucítras Miísiones inviolablemente le obíer» ven, y guarden por todos nueítros Miísionarios de Indias las dichas

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