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LICENCIA del Juez. D on Antonio Fernando Mari:i. de Mil:rn,del Confcjo de fu Mageft.fu Oydor en la Real Audiencia defta Ciudad de Sevilla; y Juez Su– perintendente de las Imprentas, y Librerías de ella, y fo partido, & c. Por lo que toca a mico– m6ion, doy licencia , para que por vna vez fe pueda in1prünir vn Tratado efpiritual , que fe in– titula Lwz.Apoftolica, fü Autor el R. P. Fr. FcliciJ.– n o de Sevilla, Predicador, y Mif ionario, po o– lico del Sagrado Orden de Capuchinos; at nto, a no contener cofa algl..lfla, que fe o,onga a las vcrd.adcs de N.S.Fe Carhoiica, y buenas cofl:um– b.res; fobre que, por comifsion m i,1, en \·cit .e y fiete defte mes dio fu cenfüra el M. fl.P.Pedro de Conrreras, de la Compañia de Jfi V$ ; b c¡ual con eíl:a licencia fe.ha de imprimir por principip de dicha obra, corrigiendofc la imprdsion con fu original. Dada en Sevilla a veinte y ocho de Noviembre de mil fetecientos y diez y fcis años. /)•.Antonio rernanáo Maria de Milan. • Por mandado de fu Señoria. Juan Fran~ifco Carrera. Sccrct.

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