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87 las cofas que tratan en difinicion.- 4 5. En el Capiculo General fe elijan fei s Difinidores, tres de los quales pueden fer del antecedente Capitulo. 4 3. En la dicha eleccion tienen voz pafsiva codos los vocales que fon prefentes en el Capitulo , y el Padre General tielle la a6l:i va. 4 3. Deven fiernpre fer feis fin el Padre· General. 4 5• Si el Padre General, y el Padre Procurador fueren del gre~ mio de la Difinicion , fe haga la eleccion del feptimo Di– finidor. 44~ Los Difinidorcs con el Padre General han de difinir las caufas. 4 3, Los Difinidores, tanto Generales, como Provinciales , fu. ceden por fu orden en el govierno de la Provincia, y Re~ ligion , fi muriere el Padre General , o Provincial en el · tiempo de fu Oficio. 45'• Los Dlf.nidores Generales , y Provinciales que fuceden e11 el govierno, por muerte de algLm0 dellos, tienen voz en el Capitulo General, o Provincial. 46. Diciplina. Se haga tres dias en la femana. r 9• No fe dexe jamas. - 19. En el Invierno fe puede hazer por la tarde~ 19. L:i femana Santa fe haga todas las noches. t 9. ,<zyando fe haze , que cofas fe deven medicar ; y que ora- ciones deven dezir. 20. Dijcrtto. Q.!1ando fe deva elegir, y qual fu obligacion. 40. Sea vocal en el Capitulo , corno el Padre Guardian. 40. ~ieo puede , y no puede fer eleél:o, 40. Los Compañeros del Padre Provincial rendran voz aé\iva, y pafsiva , en el Convento donde fe celebra el Capi– tulo. 40. y ¡ 05 del Padre General en el Convento donde íe celebra el Capitulo General. • ~ 40. Los Corifias , y Legos, cumplidos los quatro anos de la Re-: f 4 li-:

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