BCCSEV000XVII-c-319000000000

Co¡;!JfáÍ~ • Para CoriGas ilo fe reciban fi no tuvierén 17. años cumplt-\ • dos. • ; . Como deve1, fer recibid'ós a la Profefsion. 7. OE_ando deven fer promovidos para Ordenes Sacros. 16, A que Obifpos fe han de embiar para ordenaríe. 16. Qua\es condiciones devcn tener para fer promovidos al Sa~ cerdocio. 16. El ordenado de Sacerdote antes del oB:avo afro de la R eli– gion , no pueda exercer aao alguno_ perteneciente al Or.: den Sacerdotal. 161 Q.Qe cofas fe deven obfervar en la remiísion de las Orde-, ·· nes. 16. El que no fu ere. muy letrado , preven,;a lo que huviere de leer en publico , en la Mi!fa , y Divino Oficio. 16. Qgando, ya quantas Miffas deven afsifür. 17. Deven con preUeza venir al Coro. 1 5. Digan la Vjgilia' de nueve ltcciooes por cada Fray\e que muriere en la Provincia donde fe hallaren. , 20, Sirva a la Mi/fa , quando fe diere el incicnfo. 17. Aunque no fea Subdiacono , puede tener voz· et1 las eleccio- nes. 39, Conventos , o Monajlerios. O!!,a do fe han de ~ tu-icar de üuevo , qne cofas fe deven obf~rvar. 29.& feq. No fe acepten fino con protdla de poderlos dex:ir. 29, ~ando fe ayan de dcrxar, que cofas fe devcu obfervar. 29. En que dillancia <leven er\ar de las Ciudades , Villas, o Lu.; gares. . ' e 2 9. Conventos hechos no fe reciban fi no fon 4'egun la forma de la altifsima Pobreza. 30. Modelo que (e ha de guardar en las fabricas. 31.y JZ• De quien, y en que modo fo han <le tomar. P· Tenga1) una pequeña habita ion para recibir los pereg1inos. • Y foralteros. 3 3 • T cngan una pieza , o apofomo pa a guardar los Abitos de la Comunidad. . 10 Aca~

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz