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P.arte Terce ra. fg .C'a.p~t. XVIII. De ocras indulgéciasparal9s deuocos y bienhechores. ,, di11m. '{ ~. ced io,que Jos-S y ndicos de los cópen • Lpapa Innocencio oérano có ., ', fray les menores_)' fus lugare~ 1 • :· - _·tenientes v foblhtutos ,'i Cusbi Jos y padres y herman~s y hermanas, "i fos mugeres pu~dan ganat \as in~\.\\gencias de Jas eíl:acionesy otras conced\das a \os lta'j– les ,di·zSendo en \as y g\eúas de los .mefmos fra-y\es ,c"mco ve2eselP..ater noft-er y e\t\ue en tiempo de entrec!íclió, fer enterrados en Ja y glefia y cimicerio de los frayle~,fi ~os ta les no fiieren defoom_plgaaos publica o nombradamente. Pero e/to fe ha de eoten der delos cofrades o hér(Ilanos que fe ha– zen donados de la orden, y qu-e· hazen do• nacían d.e -todos fos bienes a la orden ,re– {eruando.pata ú e\ vfofru&oen tanto que -viuen, aunque (e queden entre los feglares 'i no muden e\ babitofeg\ar.&c .Y no íe en· tiende efro de los ouos cofrades o herma. -M .aria,por el e{lado de la y~lefia Rot!_lª"" na, y el papa. Akxandro fexro ·conced,o, q_ue los medicos ordinarios ...de los dichos fray les y de \as rnon)asrde fanéla Clara go– zen de Ío<.l priuilegios y gracias <3ue gozan los Syhdicos fufodichos. Losíaníl:os padresLeon.X.y Adriano VI.concedieron que lo-s ·fiele~ chrifüanos que en los rey nos de Cafülla eligieren fe– púlcura en las yg \di.as de los fray les obfer– uantes, y los quefo_n communinenrellama dos hermanos de la orden, ganen codas lai indulgencias y remifsionesdepeccadoscó cedidas a los dichos frayies. Y afsi rpcfmo todos los priuilegio' prerogatiuas, exem. pcione.s,concefsion~ y gracias de la die.ha orden general o efpec'talmenteconcedidas de que los fraylesvfan y gozan,o podran vfary gozar adelante,pueda las dichasper– fonas vfar y gozar afsi como fi a los tales fodfen e(pecial y expreífamence concedí .. das. Cercadefl-a concelsion ydeorr.1s feme jantes_fe d_eue norar, que no fe {:ta de enten– de1· ~-e las 1 ndu_l gencias y abfoiucíones ple· nanas C0[1ced1d;ls a los dichos fray les, por,.; que no fehazed'ellas expre.ffa mencion, lo qua,! fe reqmere de necefsidad frgun el dH lo ae la coree Roman;i . y porque afsi dra declarado por el papa én vna regla de la cha11c11leria apofiolrca. lo E l _p~pa To an. XXIII. concedio que sfrayles y hermáno~dela orden,puedan nos communmente \\amados, legun fue oec\arado en la vniuerfidad de ~a\aman- ca. º . E\ papa Cali xto tercero concedio • ln– ou\gencia plena.ria para el tiépo de h muer te .1 todos los padres y madres de los fray les menores-. J Los faníl:os .padres Clemente.! II I. Ni... colao . lll. Vrbano. V. alosque con~] habito de los &ayles Menores murieren y efcogieren de fer con el fepulcados, con– cedieron cada vno de 1osdichosfan&os pa dres,remiísíon de la rercera parce de losp~c cados. Ydpapa Leondecimoconcedioin dulgenciaple11ari:1 alos que murieren con d dicbohabíco,y cf ecfaro el mefmo papa Leon, que para confrguir la dicha indu\~en cia ba(ta demandar el die.no nabtto;y t.ener lo fobte fi hal\:a h. muene , "'j entettat fe en e\,aunque no fo \o vü\an antes de la muer- te. El papa luan. XXIII. a todos los fie– lesChrifbanos9ucbefaren el habito de \a ord:n concedio remiísion de cinco años y de cmco q~aremenas de las penhenci.-as im puefl-as,~ontan_do por-dias,Con dosmiJ y fe rem;aycmco di.as . · - ·El papa Leon decimo,concedio que bs peifonas que tru-xeren el cordon de fant Francif~o,pued:m gozar de las indulgéci,1 con_ced1das a los fray ks,con ul qU'e rec1ri el d~cho cordon.dealgun prelado de b .íl• cha_o_r<len para eíl:e fin de ganar las in 'd– gencias de la orden. Es de notar guee;r con· f! · • ' e~ SJon no fe efhende a las indulgm- gencias O abfofociones plenari~s por e ÍlO fe e J· 1 xp zcuon 1 como de necefsiJad fe reqllier~
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