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5 introdujesen algunos abusos , que es indispensable cortar. La ey. caséz misma de individuos, 4 que se han ido reduciendo lag Comunidades, ha ocasionado tambien mitigaciones en el rigor de la disciplina; y aunque á algunas las cohonesta y justifica la imperiosa ley de la necesidad, es preciso cortar muchas que traen su orígen de la corrupcion del corazon, y afean la hermo> sura de nuestra profesion. He aquí, PP. y Hermanos carísimos, la grande obra que se nos ha encomendado, de que no podemos excusarnos, y para la que nos contemplamos sin la necesaria dig. posicion y aptitud. Convencidos de esta verdad hemos dirigido al cielo nuestras oraciones pidiendo al Todopoderoso , por me: dio de María Santísima, nuestra dulcísima Madre, y de N. $, P, San Francisco se digne dispensarnos las gracias extraordinarias que necesitamos para hacer el bien, alejar de nuestra Congrega» cion en esta Santa Provincia los abusos introducidos, y restituir. la el lustre y esplendor de que es susceptible. No dudando de estas gracias, y solo para asegurar mas el acierto, hemos consul- tado la sabiduría , prudencia y discrecion de los RR. PP. Defini» «dores, y formado con su acuerdo las Ordenaciones que ácontinua- cion insertaremos. Como no pretendemos dominar al clero, añadir leyes mi preceptos á los que ya gravitan sobre nuestros súbditos y hermanos, nos contentamos con ordenar y mandar primeramente : que ademas de la Regla y Constituciones de nues- tro instituto Capuchino se observen y obedezcan lag amonesta- ciones y recuerdos que para esta Santa Província hizo y circuló nuestro dignísimo P. Ministro General (que en paz descanse) el Excmo. y Rmo. Fr. Francisco de Solchaga en 6 de agosto de 1818, en que extractó y reunió las Ordenaciones de su antecesor el Excmo. y Rmo. P. Fr. Pablo de Colindres: pues estando auto- rizadas y mandadas observar en esta Santa Provincia por el se- for don CárLos mu (que santa gloria haya), deben continuar en su fuerza y vigor en la misma forma en que con aprobacion de S. M. el señor don FersaxDo vir (que Dios guarde), las redac- tó y circuló el referido Rmo. P. Solchega, y en la que, para ma: yor comodidad las insertamos aquí; y son las siguientes;
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