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FA so Y - — » — == EXHORTACION A LOS CRISTIANOS, XXC. “Y cien dias, Ó cien años de penitencia, hecha con el rigor de los antiguos cánones. Ahora parece deberia - yo, para que vosotros formárais el ju to aprecio que merecen las indulgencias, explicaros algunas de las espantosas penitencias que por los antiguos cánones de la Iglesia estaban impuestas á varios crímenes, y las diferentes especies de penitentes públicos que ha- bia en los primeros siglos; pero como en el' dia se haliamitigada esta disciplina, y quando se trate de la satisfaccion sacramental se hablará de este asunto, lo omitimos, y pasamos á explicar las restantes es pecies de indulgencias. De las quales unas se llaman perpetuas, y otras temporales. Las primeras estan concedidas pór tiempo ilimitado, para'siempre; de modo que miéntras no las revoquén duran perpetua mente. Las segundas estan-concedidas por cierto y determinado tiempo, el qual pasado, cesan y ya no existen. Divídese tambien la indulgencia en real, per- sonaly local. Indulgencias reales llamamos á las que quese cónceden 4 un rosario, 4 una medalla, '4 una imágen ó cosas semejantes: indulgencias personales, las que se conceden á tales y tales personas: por exem= plo, 4:los que visten el-escapulario de nuestra Señora, 4:los que se alistan en la cofradía del rosario,:0 en da hermandad de las- ánimas. Y por indulgencias locales entendemos 'las que se concedená tal templo, 4 tal iglesia», á;tal capilla. No nos detenemos en mayor ex- plicacion,, porque todas y cada una de estas ha de ser precisamente" plenaria 6 parcial. Si es plenatia, y se gana enteramente, quita toda la pena temporal:si es parcial, no perdona toda la pena; sino parte de ella, aquella sola que espresa: ¡Dixe:coñ advertencia 'si se gana:enteramente , porque «no todos los que procuran ganar indulgencia plenaria, la consiguen efectivámene te, sino:mas 6 méñós conforme al fervor! y 4 lis. mel jores disposiciónes quese porten para gánarlaso 011005 | B TOMO l,

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