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Pe e pe M - gungue no de accion'en el fueró externo por -* CONTRA LAS ÍNJUSTE Y USURAS , SC. 349 alta - de-pruebas. La meramente civil por el contrario ties -—pefuerza y valor en el fuero externo por algun fal- $0 presupuesto“en que!se finda, pero no obliga én - concienciar La: mixta de civil y natural obliga en ambos fueros y:liga:la conciencia', y da acción en los. ¡FELIPE TTO $3 3 tibuwaileso €l Y 0.9919 9 09-80, - El contrato de venta es un pacto de dar una mercaduría: por:el''dinero y el:de compra es ú cto de: dar: el dinero por la mercaduría; Ponga- —mos:porcexemplo!: vamos 4 la itienda de un' mer=' _cader, Ó»al alinaacen'ó. pánera de $us granos, “ajus- tamos una ¿vara de “paño :Ó una fanega de trigo' en -quarenta reales: por!elspañ se dice compra y y:'el pacto» que hace “el: mercader de 'dat= nos el paño'ó el trigoque hemosbajustado', se lláma acto: de' darohosótros 10s :6- por sel trigo íse dice venta. Para: que ésta: sea Jícita:, debe igualar el precio al valor de la cosa que se vende , de 'suers te-que: tanto valga; el trigo «que:él :nievda ¡ícomo el dinero que: yo: le: doy; ¡atendidas varias: circunsrané cias, de que>hablarémos ¡inmediatamente Dos :son las especies de precios:qu tienen 'ó. pueden tener las cosas: unouse Hama legal ¿COtro vu gariy natuz ral. El «precio -legalves ¡el que está tasado por-des creto delo:Príncipe:ó Magistradoz:el vulgar: Ó «natu- sal es: el) que>da la icomun: estimacion de Joshome bres inteligentes» y. versados en ,la-materia y imbradas todas las' circuhstantiasde abundancia Ó escasez de las «mercaduríás y compradores, los «trabajos, gas- tos y idaños: de (adquirirlas y> cunservarlas. Diferéna -clansey estos' dos Lpteciós y en quer eb legal, cónsiste en'ipunto: fixo y.determigado “de suerte¡qué el:que no observa lo pprescritospor'la ley», queda> obligas do :á4:la trestitución «del exceso que hubiese llevado; pero:no así en! eliprecio natural vulgary pues este! - A A AAA ,

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