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246 EA | | DOCTRINA XIX. 'DEL MODO DE PRETENDER LOS. EMPLEOS, Dic ut sedeant hi duo filii mei, unus ad dexter , tuam, et unus ad sinistram , in regno tuo. | Matth. cap. XX. vV. 21. - ¿Eos qué, no es lícito pretender ? eno pode: | mos procurarnos un establecimiento honesto para y pasar la vida con mas alivio que en la presente si» tuacion ? ¿No nos es permitido presentar nuestros mé. ritos para ascender á un empleo superior, no obstante hallarnos decentemente colocados? ¿Han de venir los Angeles 4 ocupar los asientos de los: hombres? ¿Los empleos civiles, militares y eclesiásticos no se esta= blecieron para que los hombres "adornados de cien» cia, de valor y santidad contribuyesen á la pública felicidad, llenando dignamente sus obligaciones ?¿Pa- ra qué turbarnos con la representacion de los gran- des peligros-que se encuentran en las pretensiones, y en la distribucion de los empleos? -+' Bien creia yo, amado pueblo mio, que con la doctrina de ayer, y con la de hoy, se contrista- rían ua poco vuestras conciencias. No me pesa, pue- do deciros con San Pablo, con tal quesea una tris- teza saludable que contribuya á vuestra eterna fe- licidad. No prohibo las pretensiones y distribucio- nes de los empleos; pues Dios no las prohibe, án- tes las manda siempre que se observe el buen ór- den en dar y pretender los empleos, El mismo Dios nos manda pretender lo bueno, y no lo malo, ofre- ciéndonos su asistencia si así lo practicamos (a). El (a) 'Diliiss bonum, et non malum, ut vivatis: es eri Dominus Deus exercituum vObisCUM.se ÁMDOS , O. Y. V. 14.
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