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DE. LA OBLIGACION, «c. 2239 Juan Crisóstomo: Nulla re magis ofenditur Deus guam si quis indignus -dignitate- prefulgeat. Ved si es evidente que se peca contra Dios.en la mala dis- -pensacion de los empleos. 0 2 202000 coa? Prosigamos, señores, en la :doctrina., y para <onccer en segundo lugar si peca contra el público- «el que no confiere dos empleos segun el mérito, no es necesario sujetarnos á u4 estudio muy profundo. Basta tener alguña idea delos primeros elementos del cristianismo para conocer que por el precepto de la caridad estemos obligados á ser útiles al pró- ximo , especialmente al público, cuyos miembros somos, y cufos intereses nos deben ser tanto mas apreciables, quanto son mas-wniversales y extendi- dos. Nos llega, por 'excmplo, la noticia verdadera de que hay en tal universidad , en tal colegio , mo- nasterio , congregación, consejo Ó pueblo un Hhom- bre de talentos, que puede gloriosamente contri» buir á la pública felicidad : sabemos que este ó aquel -€s un tesoro escondido, que: si se manifestase: en= _Tiquecería un reyno.: conocemos que el otro es una Juz brillante pero cculta: entendemos que si se co . locase sobre el candelero ilustraria una provincia, haciendo servicios señalados á la corona y á la Igle- s1a: tenemos poder para manifestar esta luz, propor.. cion para descubrir este tesoro, y campo 4 que en viar un obrero. tan excelente, ¿y no lo hacemos? Luego pecamos contra el público, cuyas-necesidas des vemos y no las remediamos : cuyas utilidades percibimos y las desestimamos El:que ve á su pró- ximo tener necesidad, decia €l Evangelista San Juan, y no le socorre, ¿cómo podrá asegurar que en él habita la caridad de Dios? ¿Pero cómo ha de te- ner esta: caridad con el público el que todo su cuj= dado le emplea en un pariente inepto, en un amis go ignorante, en un recomendado sin prendas 2 ¡Ay! ?

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