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236 DOCTRINA XVIII, | sa: un asunto digno de explicarse á todas horas en todos los púlpitos para la instruccion de log fieles. | | “En esta cierta suposicion, digo resueltamente que qualquiera que confiere algun empleo, sea eclesiás. tico Ó sea civil, Ó que coopera ó influye de qual. quier modo que ello sea, para que se confiera, ng debe tener otra atencion ó respeto que el mérito dei pretendiente; y que si se dexa vencer de otros respetos y atenciones de la prudencia. de la carne, - Comete no un pecado solo sino muchos, y muchos pecados de unas conseqiúencias funestísimas. Digo, señores , (lo repetiré para que lo entendais sin equi= vocacion) digo, que qualquiera que da un empleo á un indigno pretendiente, Ó á un pretendiente menos digno que otros concurrentes Ó pretendien= tes mas dignos, mas beneméritos, mas acreedores, atendidas todas las circunstancias; qualquiera que da de este modo los empleos , Ó coopera ó influye para que se den, ya con su recomendacion , em- peños, visitas, regalos, cartas de favor, ó ya de qualquier otro modo: que sea, peca contra Dios, peca contra el público, peca contra los pretendien= tes mas beneméritos, peca contra el mismo á quien coloca en el empleo , y peca contra sí propio. Si yo acierto á explicar como deseo estas cinco verdades, espero un copioso fruto de esta doctrina : espero á lo menos dexaros convencidos de que va camino del infierno , quien en la colacion de los empleos no atienda precisamente á los méritos. Vámoslo demos- trando con la posible brevedad. . - | 1% Peca pues lo primero contra Dios el que así da, Ó influye á que se den los empleos; porque no solo desobedece las órdenes del Omnipotente traspa- sando esta ley tan célebre y altamente repetida en las divinas escrituras: no seais aceptadores de per- -.

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