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74 - DOCTRINA VI. confesor : que aborrece no ménos las resistencias y eontradicciones á las justas y bien merecidas peni= tencias que imponen los ministros del Señor. Hablo finalmente de aquel espíritu de humildad y obedien= cia que condena el abuso que hacen algunas almas del sacramento de la Penitencia , diciendo lo que de- bian callar; y paso inmediatamente á tratar del se- gundo abuso, aun-mas perjudicial que el Day qual es callar lo que debian decir. > SEGUNDO ABUSO. Aunque , como dixe al principio, el sacramento de la Penitencia sea un verdadero juicio, en que el alma se presenta como reo para declarar su peca- do al confesor , que es su juez en nombre «de Jesu- cristo, hay sin embargo, decia San Juan Chrisós- tomo, grandísima diferencia entre losjuicios del mun- do y los de la confesion. En los tribunales del mun- do el hacer confesar al reo su delito es para apli- carle despues en la sentencia el merecido de destier-' ro , cárcel, azotes , infamia Ó muerte; pero en el santo tribunal de la Penitencia se sigue un rumbo contrario : el confesar la culpa es para quedar ab- suelto de ella,oa "volver á la gracia del Señor, y £ la herencia de la gloria: Novum Jjudicit genus, de- cia el Santo, ¿n quo reus , si excusaverit crimen dam- natur , absolvitur si Fateitt: Con esta sola. refle= xion aparece bien clara la enormidad del abuso que cometen las almas que callan lo que debian decir, ocultando por vergijenza -sus- pecados. Confieso in= genuamente me llenan de compasion estas almas; y quisiera decirles con todo el afecto de mi corazon: ¿es posible, almas, que gusteis estar cautivas baxo el tirano yugo de Lucifer? ¿Es posible que apetez- cais permanecer enfermas con la penosa: fiebre de .
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