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de las cofas más particulares. Inverofimi!. Lo inyerofimil lc reputa,y tiene por fallo, pag. 459 NUm.233- , [rre gularidades , vide verb. Di/penfacion. Jubileo. Si el que encomendó 2 un criado que dieflela limofna, nó dandola efte , ganará el Jubileo, pag. 525. NUM.I. E Antes de tener: noticia del Jubileo ,. no corre el tiempo que en el fe prefcribe para ganarle, Pap 531. NUMiTT. e Si en los Jubileos. del Año Santo , en que fue- len conceder los Sumos Pontifices al Rey nueftro Señor el que le puedan ganar , con la claufula: Prafentibus ad: duos menfes. 4 die publicatio- mis , por aquel Anno prefente , le haya de enten- der el año Solar, O el Eclefiaftico , 4.pag»529- num.1. ad 16. Judios. Los Chriftianos nuevos que judaizan, fon He- reges , Idolatras , y Apoltatas , y deben fer ,cafti- gados como'tales, ¿.pag.T«DUÍM:L» 2. Y 42 Los Chriltianos nuevos, que han vivido .en Portugal, y defpues enla Tralia ( O en otra parte) judaizan , deben fer caltigados como Apoltacas, aunque tortúirados nieguen hayer fido bautiza- dos, vivido: como Chriltianos, O recibido los. Sa» cramientos, p4g.2+ NUM.2. Y pag.25. Mum.79. En las caufas de lu Fé no le debe admitir ape=: lacion, ni dár:publicacion de. reftigos , traslado, o topia del: proceflo , ni femejantes :: y que de darles Confeflor, y. otras colas; ¿4 pag.3.+ 4 1um.1 Le ad 23. A los Chriltianos mevos no fe les debe creer en lo que depónen contra la Inquiáicion,por mu- chas, y urgentifsimas caufas»; 4 Pag. 14. d Num. 46. ad 53. Ni innovar ; nialrepar por fu depoficion lo at fentado á favor del Santo Tribunal, ¿4 pag»15.4, num.54. ad 66. ñ Ni fe ha dé creer ¿los que informan á favor, de los:dichos : y fon fofpechofos en,la Fe, pag. 10. num.6óg. y pag.S 1; num. 96. Si debió fu Sautidad pedir: los proceflos al Tri- bunal de la Inquiicion de Portugal, pag.22. num, .ad 79. ) “y pudo lo que pretendian. los Hebreos de dicho Reyno ; pag.22. num.76. Motines de diverfos Pueblos Carholicos cof. tra los Judios,y' los muchos que mataron en ellos, pa2.23. NUM+77+ J Perdon amplifsimo en Efpaña en tiempo de los Reves Catholicos ;y ¿li ios muchos Hebreos PUE fe quemaron , y fus calidades, pag. 87. nu- racr.8 4. A := Los Judios pretenden deflacreditar el Santo Fribunal de la'Inquilicion y 4 pag. 14. MUM.51. y ¡los dos figuientes. Ke z Cafosen que mo es licito comunicar con los Judios, y oficios. que les eítau probibidos por Tom.Ll,. 2 dd E E o st los Derechos , p39. 57.4 NUM, 190» Y (i eflos, caío le deban eftendor á los Sarrace- nos, y Paganos, ibidem in margine, lice.L, Prereníjones de los Judios, á pag.15. nuum,56. y 58. pag.22. num,76. y pag.S0. num.95. Sifé les haga agravio 2 los de dicha Nacion en llamarles Malvados, Perfidos, y Perverfos, 4 pago 105. NUm.49. : _Los Judios por el crimen de lefa Mageftad Di- vina , perdieron l2 nobleza que antes renian, y (a hicieron los 1yas viles del univerío, á pag.106s á num.5o. adós. A ; Los Judios que concurrieron á la muerte del Salvador fueron innumerables , pag.108. numer» $4- y 55- Vide alia plura verb, Chrifianos MUEVOS, Fue ramento , y Maldades de los Fudios, A MLZ. TO Ninguno puede fer Jul aculador , y Juez , ni los Principes deben fer acuíadores , pag.172. uu mer.147. y Aj Juez que hace un proceflo le toca con cluirle : y que pena.merezca el que es negligente en ello; y quando fe dirá negligente , pag. 412. num.95. y 96. Juzgado, vide verb. Cofa, y Sentencia, Vide alia verb. Infamia, Pof¿fsion, Prelados, J y Juramentos, : Juramentos. Proteíta folemne que hacen cierra noche los Judios , y cómo jurea quando un Judio jura en fivor de prro Judio , y que es lo que ficnten ca fo que juren en la miíma forma.4 favor de algun Chriftiano, pag.1 3. Num. 14» Ín fine, y en la mat= gen, litr,B, ; El que jura conformandofe con el Derecho, no jura fallo, pag.191. núm.2. : AS Si el juramento en informaciones de limpieza, fea juramento en juicio , 4 pag.193.4 num.7. El que jura voluntariamente , O rogado , podrá ufar de amphibologia fenfible., pág.193.4num.9. Veafe tambien , pag.194-4npm.16. ia Si para jurar con amphibologia fenfible en in- formaciones , fe de julta caufá en la gravedad de Cha marcria , pag.203+ Num.2y y”4» ] Si podrá uno jurár , y que ha vilo , ú oido, lo que no fabe, ni ha vilto, ni.oido,zoxtapdóle 41428 de la verdad, en alguh cafo, 4 pag.2 19. M.3..Y 4» Si, para la verdad delijuráamento baltará el qué le coníte por conjeturas probables, que fe lo per- fuadan , pag.220. á num.5. ad 8. efpecialmenta --. num.Ós y pag262. num.1ó: Y 11. . Como, obligue el juramento de guárdar lag Conftiruciones,ó Eftatutos de alguna Combnidad; Republica , Colegio , > liar , Ec. y quando fe repntará la mareria gíave, para.que la culpa fca perjurio mortal , pag.566.4 húm.1, 1d 4. * Si cierta Comunidad de Capellanes podra compraf haciénda raiz en €l territorio, y feño= ño del Patron , no obítante una Conftitucion jux AS —Tás SN 597: 5 le
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