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PA *3 AAN A dichos infantes invitis paremtibus , id elt, aunque «por quedarfe Jos. tales en. compañia de lus padres probable peligro de fubveríion , y lo mifmo íc pregunta de los paryulos , hijos de los Hereges, á pag.314. ad 325.4 n.16.ad 101, Solo el Parroco es Miniftro ordinario del Bau- tiímo , y que en calo de neceísidad , pag. 181, n, 9.y 9. : En qué confifta la gsacia lacramental del Baurif- mo, pag. 316. Num. 25. Si en cierto Bautiímo huvo intencion fuficien para lu validacion , y qual fea soe el valor de los Sacramentos , á pag[326. Conl.5. por toda ella. ¿ Vide alía verb. Cognacion efpiritual, Beneficios, y Bene ficiados. Si los Beneficios Curados Seculares puedan dar- le ¿los Regulares, á pag.365.4n.62.2d71. Si las Dignidades fean Beneficios dobles , ó folo fimples , y que de los Canonicatos , pag. 370. n. 113. y los dos figuientes. Si fean fimoniacos ciertos tratados que fuele ha- ver entre los Canonigos, y Cabildos en las provilio- nes de Beneficios, á pag. 374.4. 134. ad 152. Qualquiera Beneficio Eclefialtico prerequiere pri- ma tonfura , pag. 378.0. 169. Si los Beneficios Regulares puedan darle á los Novicios , pag. 379.41. 18. ad 193. Si el titulo del Beneficio , como elperanza de la pollcísion , y de los frutos , baíte para que el Bene- ficiado efte obligado á rezar : y Gibafte' para eflo la polleísion , o fi fea neccflaria polleísion pacifica, á pag.381.4n. 197.4d 206. La imperracion del Beneficio obtenida por el defcomulgado tolerado, y oculto, es valida : y -por nombre de Beneficio fe entienden tambien las Pre- lacias Regulares , pag. 503. N.5. Y P18.504+ N.16. Si la refigna de cierto Curaro,paótando con aquel a cuyo favor fe refigna,que ha de dar tanta penfion, (ca fimoniaca; y fi la pueda admitir el Obifpo, pag. 512.4 num. 1.ad 5. Si el Religiofo Beneficiado, quando es amovido del Bencficio, y fe buelve 4 fu Convento, podrá lle- varíe configo lo que adquirió en el ral Eeneficio,p. 170. N.10. Vide alía verb. Elecciones, Obi/pos , Penfione,y Priv.legios. Bienes. El bien comun fe ha de preferir al particular P12.123.Num.2. Vide alia verb. Fama , y Renuncia. Bordon. Cómo fe haya de entender una autoridad del eru- dito Bordon, á pag.450. á num.171. ad 190. Y otra del mifmo , 4 pa3.470.4 num.55. ad 67. e Y otra del mifimo,á pag.476.4 num.102.4d 116. Bulas de diverfos Pontifices. Bula de Clemente Decimo , que contenía algu- 12 cofa contra los Regulares , fe fuplico de ella, 4 2. MUN)7. lod de las cofas mas particulares; e E. AR A E, HAL pe DT 583 2 Bula de Ciemente Ofavo ,én que determina a; > Le admitan á reconciliacion á los reos. contra: la Fa en ocho cafos:quales fean. Y fi efi recibida in Pda xi ps on ; : ula exandro Septimo , en-que hace : de cfimalon del Tribunal de la Fe 0 en ad % nificíta el conocimiento de los depravados intento: de los Hebreos en el Reyno de Portugal , ps C eftá eftendida ¿la margen. Bula de Paulo Tercero, en que concede á los In ' fidores,que puedan'ufar de lus coítumbres, y efi | los /P.17. nym.62. : Clemente Quinto explica plano ,8c. pag.5.n.8. Veanfe otras Bulas á verb.Exempciones, Privia ' legios, y Regulares. Bula de la Cena. Cómo fe haya de entender la Bula de la Cón quando deícomulga á los Jueces, y Magiftrados cl con pretexto de impedir la violencia , abocan á lus Tribunales los Clerigos , y caufas Eclefiafticas, pag. 37. Num. 111. ca Explicante los Canones 12. y 9. dela Bula de la Cena ,:á pag. 100. á num. 33.ad 41. Bula de la Cruzada, Si por la Bula de la Cruzada le podrá conmutat el voto de caftidad, quando defpues de el fe ha con trahido matrimonio , para que el bovente pueda : pedir el debito , pag.2 39. num.8. y 9. LS Si ganará las Indulgencias de la Bula, el que con buena fé dió menos limofna de la que debia dár por, ella, 4 pag.525.D,1.2. y 3. Vide alia verb. Oratorios. Cc Cabildo. A Si podrá un Cabildo de Racioneros , en cierta Ciudad de las Indias, no admitirá fu Comunidad 2 cierto fugeto, a quien el Cabildo dé Canonigos ha» via puelto yá en pofleísion de fu Prebenda , á pag. 518.4num.1, ad 14. Y por donde podrá introducirfe femejante pley- TO ,PAg. $20; M. 15. Canonica porcion, » > Cf fea canonica porcion , en quantas maneras, ln quantidad , y á quien fe deba zagar , donde fe reluclven diverfos caíos , á pag.133.4n.).ad 39» Si quando uno elige fepultura en la propria Igie- a , y nola dexa legado alguno,podra dicha Iglefig pedir alguna porcion : > guia jurís, fi cl que eftano do enfermo en fu Parroquia , fe hiciefle llevar4 otra , y muriefíe alli, pag.184. num.40. y 41. Quienes deban pagar la Canonica porcion Pará roquíal , pag. 185.4 n. 42. ad 45. Canonicatos. Vide yerb, Beneficios. Canonizos. He Que fea Canonigo ut /íc , O cómo fe defcriba el Canonicato , á pag. 356.M. 1.y 2. «« Quantas diferencias haya de Canonigos , quanx y Ddd a 199 4 , que fea proceder de “1 » >

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