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INDICE COPIOSISSIMO. > DE LAS COSAS MAS PARTICULARES ? que le contienen en efte fegundo Tomo de Confultas» : Morales. cil La. P. fignibga la paña > 114 Heel numero márginal. id , 0 j A Ablativo abfoluto, El ablativo abfoluto induce condicion,y la con- dicion induce formas pero no fiempre fubftancial, pa2.255.4 num.12.2d 18. Vide alía verb. Datarsa. Abogados, Si ferá fimonia vender el oficio de Abogado , ó Promotor Fifcal, pag.345.M.2. AGorto. ] El que procura el aborto del fero no animado, o co duda de fi lo eftaba, ni incurrre en defcomu- nion, ni en irregularidad, ni en las demás penas de Sixto Quinto; y aísi no neceísita de difpenfacion para ordenarfe, pag.51.N.I1. Si efcuíe de la incurfion de la dichas penas la ig- norancia de ellas ; y que de la inadvertencia , 4 ol: Vido aétual, pag.512. 1.2. Si en cafo de duda de fi el fero eftá animado , 9 no; O de fi es hembra, o varon, fe deba tener por inanimado , y por hembra , para excluir de delito, O de pecado el aborto , en cafo que haya opinion probable, no comprehendida en las condenaciones Pontificias, que diga, que fi la criatura no eftá ani- mada , es liciro procurar el aborto de ella, á pag. 570.4n.4. ad 81. Veaíe tambien el, motivo de dicha queftion, p38.569. y 570. Quando fe anime la criatura , vide verb. Aní- MACiOn, Abfolucion, Qual fea la forma de abfolucion que fuelen dár los Provinciales en las Vifitas de los Conventos, á pa8g.504.N,17. y 18. De que utilidad fean dichas abloluciones, y dif- penfaciones dadas general , y condicionalmente, pag.505. ¿n.19. 2d 24. Si dado que en el tal Convento vifitado fe ha- Mafle el Prelado local,ó algun Difinidor,que quan- do lespromovieron al tal oficio, O dignidad era in- » habil, O que defpues ha contrahido inhabilidad Mara retener dicho oficio, quedará rehabilitado fípues de la dicha abfolucion, y difpenfacion pa- a poder exercerle , pag.5os.4n.25.ad 38. Y fi podrán rehabilitar á los dichos los Confefe tores de lamilmaOrden, pag.507. 1-33. ' 22m i Ab/urdo, o La inteligencia abíurda' fe debe huir s y evitas P28:449: N.160, y pag.546.h.28, S Puede toleraríe un abíurdo 5 Otro MAYOF, PA8.443. N.1O5. Acepcion de perfonas. Nofe debe , ni puede hacer acepcion de perlas. nas,lo qual fe entiende en materia de Jufticia, y Ene tre iguales, pag.93. 1.6. in margine, lir.G, : A Accefforio, ( Lo acceflorio figue la naturaleza, calidades,cort diciones, y propiedades de fu prinej b num.4. , P Principal, pag. 2024 Y no viene en confideracion ar ES si, pag. 3764 y a para lo principal fe eftiende tam- ¡en 4 lo accellorio, pag. 462. num; 4. vs Vide ctiam , á num.2. ad 8. 7 <N Acreedor, vide Contratos. Alto, : El a%o en calo de duda fe ha de interpretar una do, pa8.317. num,31. y 32. » Vide alia verb. Error, Hecho, y Prefumpoion 7 Acufador , vide Fuez.. ; Alegacion , vide Derecho. ) Alternativas. De las alternativas bafta que la una fe verifiquey O le cumpla,pag.338. n.1o, ” Ampbibologias. Las amphibologias fenfibles pen condenas: das en la Propolicion veinte y feisd*de? Inocencia Undc.Jno,, fino folo las puré mentales > PA8.201% NUM.IO , Y 11. » | porque fe evipa 6 J Vide alia verb. furamento, , Án:x0. De las cofas anexas , y conexas fe hace un mila mo juicio, pag.464. 0,12. ; Animacion. Quando fe anime el feto con anima racional, á pag.572.0.15. ad 25. Veanfe tambien los numeros 13. 28, y 29. Animi 2 El animo , y la intencion fe conowe por lag Obras, pag.16. 1.58. | Año. «Si quando cn los Refcriptos , Bulas Apoftoli, cas, e. le difpone,que alguna cola Íe execute den. Ddd ms Ha
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