BCCSAL000564-C-13000000000000
566 - Tratado VIII. ,, han polítido,y gozado, fm contradicion alguna ,, de go. años á elta parte, con titulo, y nombre ,, de Mayorazgos,en dos pofícedores,tio,y fobri- », no: lo qual es público,y notorio, pública voz, “E, »y y fama: porque el primer pollccdor de elteMa- ¿A ,,yorazgo dexó por heredero á uno de tres fo- » brinos,que tenia,el menor en edad de fus bie- ,, hits libres 3 y el fobrino mayor enedad de los », tres fobrinos, hermanos todos tres, fucedió en ,,¡dicho Viaculo,y Mayorazgo,quieta,y pacifica % mente, y fin contradicion alguna 7 e que- »»/ do por heredero,y no fucedio eliñoMayo- ,, razgo por manda,ni legado de biénes libres, fi- ,, no.como Mayorazgo, y Vinculo. Mas: que efte », fobrino,ultimo pofleedor de dicho Vinculo, ó y Mayorazgo tuvo algunos pleytos en defenía, ¿y contra algunas perlonas,que perjudicabag las »y prefas de dichos Molinos,emolumentos,y ren-' yy tas, alegando fiempre en eftos pleytos fer di- ,,chos Molinos vinculados : y en los tales pleg- ,,tos'no fe pulo objeción por las partes contra- ,, Tías, de que no fucílen Fichas pofléísiones Vin- ,, cutozd Mayorazgo. «Aora al prefente munio el ,, último pofleedor,y dexd por herederos en tef- ,; tamentoipotlarario a los hijos de fu hermano : ,; menor , fin-mencioner los hijos de fu hermano ,; mayor : y no parecienda papeles de la funda- ,, cion aGual de.élte Mayorazgo, ni Poderes pa- ,, ra fundarlo,0porque losi han foprimido;ó por- ,, quefe han¡perdido + y.es vehentente prefump- ,, cion, y-cierto , que ¿dos hijos «de fa sherma- y) No major no lés reniadbuen afetto; y á los hi- ¿, ¡os de fushermano menor los tenia ent caía, 3. £on mas afeóto,y cariño , haviendoles gaftado «, la legitima paterna, y materna en cafamiento » de node tres , que Lon.los hijos del hermano »» menor: de que fe prefsime vehementemente ha- » ,, verlos tales fuprimido los papeles,por no de- y, xar bienes libres dicho difunto,fino es en muy 5, corta canridad por cuya cauía quedan pobres, »» y desvalidos. » Otrofi , que'los dichos hijos del: hermano ,, menor han hecho diferentes diligencias por Sy terceras¿verÍonas , para que fe partan dichos 3, Molinos, y Mefon con los hijos del hermano y» Mayor de dns difunto : de todo lo kual fe 3, Pregme veftementemente haverocultado , y », fuprimido los papeles , 9 Poderes por donde ,, confta, que dichos Molinos, y Mefon fon vin«: », culados , y Mayorazgo. y ,» Efto fupuelto,fe pregunta : Si en punto F4- ,,+ís, y de Theologia Moral,en el fuero interno, ',, y externo deban fer dichos Molinos , y Mefon ,, declarados por Vinculo,y Mayorazgo,aunque ,, ño parezcan los papeles de dicha fundacion, ni %, Poderes para Mide fer todo lo referido pú- », blico,y notorio, pública voz,y fama, y haver- », felo oido decir 4 dichos pofleedores repeti- », das veces, que fon Vinculo, y Mayorazgo : y 3y que fi no fuera pot elte Mayorazgo, y Vinculo, ,, NO pa paffar decentemente ; por haver AS ei a > e Pi Gl 2, Pl a b Mifcelaneo. ,, galtado, y comfumido fus legítimas paternas,, , y maternas. Efpero, que V.P.R. me hará ,, merced , como fiempre. RESOLUCION, 1 Oy de fentir , que los tales Molinos, y Mefon deben fer declarados in utroque foro por Vinculo,y Mayorazgo, aunque no pa- rezcan los Papeles de dicha fundacion ¿ni Po- deres para clla, ¿2 Fundome. Loyuno , porque de la poflef., on proGme el Dergyho,que la cofa poílcida fea : del poffeedar, en la manera,y forma, que la pel- ; loe, leg.Cum res,de Prob. leg, Ob meritorumy, ; donde la Glofí. parva 1.verb. Oecupate funt, C. de Uxor. pro marit,y de otras; y lo tiene Maíc. «cbn-muchos, de Probat. concl. 54.4 n.9.Bartul. conf.209.1.4ib.1. Menoch.de Prefusmpt. lib,6, prefumpt.65s. 4 n.9. ad 22.y Otros innmerables; . Sed fe ef? , que los varones primogenitos de la dicha familia han políeido, y gozado dichas pob+: fefsiones con titulo , y nombre.de Mayorazgo, , fin contradicion alguna, por efpacio de. 90.años,,, O cerca, como fe fupone en la efpecie del cafo;, por publico ;.y motorio : Ergo , Suc. «3. Lo.orro,porquelo notorio de hecho perma- nente no neceísita, de otra prueba , fino que con ella fola puede paflar el Juez de oficio á decla- rar lo-que la mareria pide , argum, ex. cap. Tua nos, donde Abad, n.3.de Cobabit, Cier, Ú sx lier,c.Evidentia,de Accufat..cap. Ad noftram,de Jurjurand.O' cap.De manifeft 2.q+ 2. leg. Nul- lum ,C.de TefBib.y de otras, y la comun de DD. Sed fic effque es notorio de hecho permanente, que los mayores de la dicha familia polleen con titulo,y nombre de Mayorazgo dichas polleísio- nes : Ergo , 8, 4 Y que el que polfeyó antiguamente £e pre- fuma pollecdor oy, coníla ex cap. Cum Ecclefía Sutrina, de Canfa poffef. O propriet, cap. Qlisa 3- de Reffit. Jpol. y de otros Derechos, y lo tie- nenla Glofl.y DD, inleg. Sive pofsidetis, C. de Probdo qual procede,y tiene lugar,no folo en el miímo pofltedor de prefente, fino tambien en el fucellor: como bien Alciat. de Prefump. reg. 2. prefump. 21.m.5.. Avon. Gabr, commun. tit. de Prefump.cond.10.n.11. Garc, de Benefic. part. 6.cap.3.8.7 5. O 76. Maícard. de Probat. concl. 176, M. 17. y Otros muchos: Ergo , Sic. .. 5 Lootro,porque la dicha poflefsion , que tienen los primogenitos por elpacio de 9o.años con titulo de Mayorazgo. , es. prefumpcion de Derecho á favor de los tales. , pues les dá prefe- rencia,y prefiere á todos los demás hijos , que puedan fer pretendientes , ex cap. Lator , de Re judicat leg. Si debito , ff..de Pignorib. leg. Nam . . praedo,5.Cum de lucro,O* leg.In pari caufa,121. Jf de Reg.Jurdeg.Is,qui defimavir frde Rei vin- dicat.y de otras muchas , y la comun de DD, Y por eflo dice laGlof.¿n c.1.verb.Requirat,dePa- ce tenent.0O' ejus violat.inufib.Feud, comunmen- $ te recibida, beatus,qui pofsidet:Sed fis ef, y an 4 a
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz