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LL er t A 27 3 04 Beliíena , 4 macanazos , porque les eftorvaba en - la manera que podia (us fugas. fentaron los mas de los Indios , fin haver queda- “do mas que cofa de dos mil en dos(Pueblos, que teniamos retirados ¿cia las tierras , que ha- bitan Efpañoles. | 9 Haviendo vifto el Padre Fray Pedro de Berja, Prefeto , lo fucedido , y que yá los In- A dios de los Llanos fe confideraban como ene- a ( migos ( y particularmente por naver entrado los y Efpañoles al caftigo de ellos ) y que yá no po- [ dian entrar los Keligiofos folos , y la ninguna «permanencia , que fe havia experimentado en . tantos años : baxo á la Ciudad de Caracas , pro- «pufo lo fucedido , y experimentado en tantos :años, y, como fe havia cerrado la puerta, no folo para la converfion de los mas inmediatos, si cambien para la de tantas Naciones como fe les figuen , y que impedia el palo ; y que aísi vief- fen que providencia fe podía dar , pues el eftado que por entonces tenia la Mifsion ; ni era para aumentar , pero ni aun para confervar lo adqui- ido : y que era necellario poner á los Indios (Poblitios, y convertidos algun freno, porque un pobre Religiofo folo no lo 'podia hacer: con otras colas á efte intento. Ño 10 Con cuya relacion fe juntaron Obif- (3 , y Gobernador , ambos Cabildos Eclefiafti- co, y Secular:, y los Prelados de las Religiones con Don Rodrigo Navarro , Juez de la Cafa de la Contratacion de Sevilla, que fe hallaba en aquella Ciudad : y haviendo precedido diverías qe , refolvieron, que en las cercanias de las ifsiones , fe hicieflen algunos Pueblos de Ef- pañoles para relguardo de los Religiofos , para componer 4 los Indios en lus borracheras , y al ' calor de dichos Efpañoles, los fujeraflen a vi- vir Chriftiana , y politicamente : y tambien para que los dichos Efpañoles icompañatlen á los Religiolos en las entradas , con armas defeníi- :vas : y que por el gafto,y expeñías de ir a fu cof- Ata, y aísiftb) qomo en frontera , de los Indios que facaflen, los varones les firvieflen por diez años ; y cumplidos , quedafley, en. ; : Ello ¿si inicado, Le em confejo, y fu PE Mageftad lo aprobó pbr fu Wyal Cedula del Í año de fetenta y feis, E 11 Hizofe afsi, y fundamos una Villa de Efpañoles con titulo de San Carlos de Auftria, y fe dio principio á las entradas , con cuyo am- paro fe facaron mas de dos mil Indios, fin ha- veríe valido jamás de las armas , fino en oca- fion que fueron primero provocados de los arbaros. 12 LosIndios , que fe facan , y fe ponen en caía de los Efpañoles , es más , 0 redunda mas en provecho , no folo efpiritual , si tambien tempo- ral de los Indios , que de los mifmos Efpañoles, porque lose Efpañoles los fuftentan , vilten á / P ( $ Con la muerte de efte Religiofo, fe au- - Tratado VIII, Mifcelaneo, SA ellos, y á fushijos , les enfeñan los tiempos de: fembrar , y á las Indias los oficlos mugériles : y fobre todo, los muchachos fon los que más aprovechan ; pues como fe crian con los hijos de-los Efpañoles , fe hacen ladinos, y aprenden con brevedad la Doétrina; y á los grandes fe les quitan los vicios , y embriagueces , y fe halla en ellos difpoficion, en poco tiempo, para adminif trarles el Baurifma , y cafarlos por la Igleña: y tengo IS , que de los Indios adul= tos, que fe crian cón los Efpañoles , fe baurisan: AA mas en uno , o (os años, que de los que fe crian en fu entera libertad en veinte. A mas de lo di- cho , como los Religiofos eftán á la vifta , y los Efpañoles de dicho Pueblo fubordinados en ef. to alos Religiofos , con facultad de quitarfelos : quando no los tratan bien , y quando fon. def. cuidados con ellos los reprehenden , de porfia fuelen cuidar de ellos , y al mifmo tiempo los Religiofos les enfeñan, Sic. ] 13 Ela es la forma que fe tiene en efla Mifsion,fin haver otra de prefente: y aunque los: Religiofos ancianos la tenemos por fanta, y buena, á fuerza de las grandes experiencias; mas los Religiofos modernos , como no experimen- tados , no fe ajuftan á efte modo de proceder, por parecerles, que es contra caridad Chriffiana facarlos con violencia , y fujetarlos á fervidum- bre , aunque fea temporal , fin confiderar , que todo redunda en mayor utilidad de los mifmos Indios, y que abufan deifu libertad , y que los Principes les pueden obligar 4 vivir Tegun la Ley natural,8c. 14 Di nuevo fomento al fentir de algu= nos Religiofos , el ver que el OBifko de aquella . Diocefis , y algunos otros Eclefiaíticos fon del miímo fentir', fin tener conocimiento de In dios , ni de fus calidades. Y aunque en el Real Confejo de Indias he prefentado a lo largo to= das eftas cofas, con Informaciones juridicas, y le ha ventilado la materia : y con vifta de todo le ha refuelto , fe profiga en la forma dicha , apro- bando el tal modo , por no haver otro. Porlo. * qual buelvo 4 fuplicar á V. Rma. fea fervido de 4 decir fu fentir , para con tl foffégar las concien- cias de algunas perfonas, que fon de contrario. fentir : de que toda la Mision quedará agra- decida, RESOLUCION. I OY de fentir , que la tal forma fe pue- de praéticar liciramente , y (in el me- nor efcrupulo de conciencia. Lo qual pruebo de muchas maneras, como fe ligue. y 2 Louno, porque fi el argumento que fe tor: ma de la autoridad de los Doctores, es valido en, ambos Derechos,para tener por licito lo que los tales afirman ferlo : como confía ex cap.Cum ha bere, de eo , qui duxcit in Matrim. quam poluit' per adulterium,cap.SignificafBi,el 2.de Homicida' cap. Omnés Principes , de MAorit. O" obeda lego n / qe

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