BCCSAL000564-C-13000000000000

522 en fu nombre , €3 probable que no obligarian en las Provincias donde no fe huvielffen publi- “cado: porque para que obliguen en todas par- tes es necellario le publiquen en todas las Pro- «Vincias, y Ciudades Metropolitanas, y en todos los Obifpados, fegun Soto, Cayetano y Medina, y Molina , á quien cita nueftro Cafp. 2bi fupra, Jec.4. fol.461.num.44. y el la lleva por probable num.s 1. concluf.3. pero acerca de efta Confulta, veafe en el primer Tomo de nueftra Suma 27.2. difp.1.cap.5. queft.11, po” todo el, a pag. 132,44 134. Y CONSULTA IX. » |) Everendiísimo Padre Fray Martin de 3 R. Torrecilla , ofrecefe al prefente el cafo y, Que refiero : Berta puío demanda ante a » ticia Seglar á Ticio, fobre que le pagaífe fu », honra, cafandofe con ella : figuefe el pleyto,y », dicha Berta,ni probo palabra,ni eftrupo,como ,, confta del pleyto ; por tanto á dicho Titio le », dieron por libre de dicha demanda, apercibien- ¿»y Jole , que no bolvieffe 4 comunicar con ella. Y Apelo dicha Berta de dicha fentencia al Juez 3» de Alcaldes, y á tres años, antes mas que me- “,, nos, que hizo dicha apelacion, fin haverla fe- », guido,ni hablado palabra fobre efta materia:y * ., al prefente dicho Ticio, pretende entrar Reli- », giofo de la Obfervancia de nueftro Padre San 3 Francifco,y eltando aprobado en la Latinidad, »» Y Coltambres , y teniendo prevenidos los ha- 3» bitos,y el 214 del Reverendifsimo Padre Pro- »» Vincial , en el Convento de San Juan de los 3» Reyes, la dicha Berta le ha puelto impedimen- “3, YO , Con que fe le ha embarazado el ingreffo á », dicha Religion. Aora fe pregunta : Si en con- », Ciencia le fea licito 4 dicha Berta poner tal », impedimento, en fupoficion de no haver pro- “ 3, bado nada a favor de fu derecho, ni haver fe- 3» Suido la apelacion en tanto tiempo, como lle- +* y, Vo referido? Vuefla Parernidad Reverenda,fe- », Ya feridade dár fu parecer, para que (e pre- “ y» Lente al Reverendo Padf Po vincial , y fi ha “3, lugar fe de el tal impedid 4 -- — ide ningun " 3, MÍ_mento ; ppes fa ¿yq (umir, que no es »» mas de embarazar el ingrefik, 4 la Relicion: "3, POrque aunque liga la apelación, y ño haya »» perdido el derecho a feguirla conforme á las », leyes , no puede probar cofa en contrario que * 3, le favorezca. Efpero Vueifa Paternidad toma. ,, rá el trabajo de refolver efta duda con la er. »» dicion que acoftumbra fiempre. RESPUESTA. | OY de fentir , que la demanda de la fobre- AM 32 ¡dicha Berta , fe ha detener, y reputar por ob 1Impedimento maliciofo : y aísi no fe debe hacer caío de ella, para admicir á el habito Religiolo t Tratado VIJI, Mifcelaneo; ON ” a dicho Ticio : porque la dicha Berta debiera haver profeguido la dicha apelacion , dentro del. - año que le concede el derecho para fu profecu- cion , ex cap. Cum /5t Romana, donde lo tienen Antonio de Butrio , Inocencio » Juan Andreas Abad , Felino, y comunmente los Dodores il ex cap. Adaures , y cap. Ablate de Appellation, y 2loíumo, por alguna juíta canfa pudiera diz latarlo por dos años, ex cap. Ex tenore , donde los Doétores de Appellatione , y dela Clemen- tina $zc4r, dondeo tiene Juan Andreas, el Gar. denal , y todos goder titulo ; Luego haviendofe yá paflado tres años , y mas, defde que hizo di- cha apelacion, fin haverla profeguido, y elo fin cauía juíta , que fe conozca que la pueda ha- ver impedido dicha profecucion , Le debe tener por nula, y de ningun valor » Y juntamente por defierta , y de reliéta la tal apelación, y por cons figuiente por injuíta , y por malicioío impedi- mento la tal demanda; álo qual no fe debe dár lugar, ni impedir por ella á dicho Ticio el in- greflo que pretende en la Sagrada Religion de nueftro Padre San Franciíco: y aísi juzgo , que los Prelados de ella , podrán darle e] habito fin elcrupulo alguno de conciencia, Afsi lo fiento, * qe in omnibus, De, Toledo, y Eneroá 3. e 1693. , Fr.Martin de Torrecilla, k CONSULTA X SS Ea en Confulta al Reverendifsi 0 mo Padre Fr. Martin de Torrecillaz », Lettor de Theologia,Calificáor del Santo Of” ,, cio, $c. de la Orden de MenoreseCapuchinos, , Una Bula de nueftro Santifsimo Padre Leon X, 3 2 favor de la Familia de Lopez Heredias, de la. 3» Villa de Valdeolivas, y otras partes, parientes 3» Confanguincos , y afines , para que los fufodi- », Chos puedan tener Orarorio, y Altar portatil », En lus Caías, y otras cofas: y á continuacion de », dicha Bula , unas licencias de los Ordinarios 1, del Arzobifpado de Toledo , y del Obifpado , », de Cuenca, y algunas vilitas de decóncir por e, 3, donde confla haveríe dicho Milla en ellos, y », Eftar la dicha Bula en ufo, y praótica , nofolo - y, €n elte Obiípado de Cuenca, fino en el de To- 3, ledo , y en otros de que no fe duda. A de Ínpone,que haviendofe prelentado, 3» dicha Bula ante el Dottor Don Francifco Co. », tonel,y el Licenciado Don Fernando de la En- ,» Cina , ambos Provifores luccefsivos de elle »» Obifpado,en el año paffado de 79. por lus” », tos fe dió licencia ¿á D, H. y Doña R. y á fos 3» defcendientes,y parientes, para ufar de laBula, »» Y tener Oratorio , dandole comifsion 4 qual. », Quiera Vifitador,para que declarando clar de- e , le celebrafle en ellos, A », Tambien fe "<< los dichos ; Ro A Ea ¿ ELA N

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz