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504 e penfacion de entrambos vicios ocultos , juzga dicho Sanchez , que le hace rata la colacion. Y - la difpenfacion de ambos los dichos vicios , O “impedimentos Canonicos, la puede'concedef un miímo fugeto. 11 Efta miíma fentencia, con dichas limita- ciones, tienen, con Lefio, Coninch, Portel, Crouters, y otros, Bafleo tom.1. verb. Irregula. ritas 1. num.1 3. Diana part.5.tradt.g.re/.101 » y Buena-Gracia fverb. Eleétio , num.169. pag. 261. y añade con nueftro Sigifmundo de Bolonia dubit, 95. que para quitar la inhabilidad oculta en el fuero de la congisncia , y configuientemen- te para la dicha rehabilitacion , bafta la difpen- facion, y abtoludlon, que fe fuelc dár en las Vi- fitas, y enlos Capitulos, antes de la eleccion. Y fe puede probar aísi, 12 ¿Lo primero , porque la dicha eleccion á la tal Prelacia , fuevalida, y' eficaz por parte de los Eleétores , como fe fipone ( y lo mifmo Lc ha de decir de la eleccion, prefentacion , y co- lacion del rigurofo Beneficio) y afsi folo falta, y folo fe requiere la capacidad en el elegido: Luego eo ip/o , que efte fe haga capáz , quitado el impedimento oculto por la difpenfacion, y abfolucion , que fe fuelen dár en los Capitulos Provinciales, en las Vifitas , y en la Vigilia de “Navidad , adquirirá derecho en la tal Prelacia, oY oficio , por fuerza del primer aéto : aísi co- mo quando el que eftando incurío en la defco- munjon , acepta la colación del Beneficio que te dí antes de la tal defcomunion , quitado aquel impedimento , adquiere derecho abfolu- to enel , por fuerza de la dicha aceptacion ; co- mo con la mas comun fentencia de los Dodto- res , lo tiene Leñio lib,2. cap.34. nmumer.118. Ergo , Xc. 13 Lo fegundo: porque los Eledores fe juzgan permanecer todavia en la primera vo- luntad, fupuefto que no la han revocado : Luego la fuerza de la eleccion permanece todavia «de parte de ellos : y por configuiente , quitado el impedimento , podrá el elegido aceptarla vali- dimente : Eéoa, Sec, 14 Lotercero, dá aya ol profefsion Religiofa, pues ¿quel , cuya pfsion fue irrita por algun impedmenra..4 por defcéto de edad , O porque eTáño de la probacion no effa. ba cumplido, O femejantes ; quitada la inhabili- ¿dad , 0 impedimento , puede el tal fugeto ratifi- car fu profeísion, fin admifsion nueva de la Re- ligion , O Prelado , y permanecer con feguridad de conciencia en la Religion: como fe colige ex cap». de Regular. in6.ex cap. Ad nofiram 8.0 cap Significatum 11. extra,de Regular. y lo tiene,con Sá, Navarre, y otros, dicho Lefio cap. 41. dib,>. num.66. Luego del miímo modo en AA que el eleéto , quitado el impedimentó , acepte para configo la eleccion hecha en el de )a tal Prelacia, y oficio , fin que e ( Tratado VIII, Mi/celaneo. fea neceflaria mueva eleccion de parte de los Electores , ó del Capitulo : Ergo , $<c, 15 Ylo 4. dela doétrina de los Doctores citados arriba ,mumer.S. los quales dicen : Que aunque uno haya aceptado la eleccion , prefen tacion , colación, d inftitucion del Beneficio; — con el impedimento de defcomunion (juzgan dichos Doctores, que aunque fea oculto, y no * vitando, la hace grita) d de irregularidad 5 con todo efjo, quitado el tal impedimento por la dif. = penfación , o aplolucion , convalefcerá el «al + atto , y darádfiecho en el fuero de la conciene A cia, detal fuerte , que no fea neceffaria nueva ; eleccion, prefentacion, ó colacion : Luego pari- 1 Sormiter en nueftro cafo. Todo lo dicho enfe- ñan probablemente Lefo citado, (AP.3 4. N.119» y de el Diana part.s. tradi.g. ref.1o1. y lo mif+ mo tiene Henriquez de Excommunicat. CAP.13+ fegun dicho Lefio. 16 Añado, O advierto, que lo dicho fe en tiende adbuc en cafo (dado, y no concedido) que la colacion del Beneficio hecha al irregular , fea irrita, e invalida 1p/0 jure antes de la fenteno cia del Juez : porque yo tengo por baftantemen- te probable la fentencia , que dice, que la ral colación , aunque es digna de fer irritada, no es ¿p/o jure irrita: y por configuiente, que aun- que pecará mortalmente el irregular en acep- tar el Beneficio , y en retenerle , eftandofe en la irregularidad 5 con todo ello hará los frutos fu- yos , y no eftará obligado áreftituir. Y en eñta É fentencia , no tiene dificultad alguna , que obte- nida la difpenfacion de la irregularidad , pueda E licitamente retener el Benefici , fin otra habili- tacion, O colación de nuevo. Y 4 las objecciones $ que fe pueden hacer contra efto, fatisfacen Dia. ee na part.7. traéh.12. ref.7. y Lefio lib.2. cap.3 40% Sub num.120. $. Dices has rationes. Vide illos, Efto es lo que fiento fobre las dichas dificultaz des , falvo in omnibus , gc, 4 . 0 ADITOS A LA SEGUNDA RESPUESTA de la quarta duda, á nUNM»7 p* mas perfeéta inteligencia de 1 xamos dicho , fobre la legunda refpuelta á la quarta duda , me ha parecido conveniente mover algunas dificultades, de cuya explica» cion fe entienda mejor lo que queda dicho. Lo qual haré por los fubquefitos figuientes, 17 Subpreguntarás aqui lo r, Qual fea la forma de abfolucion , que acoftumbran á dár nueítros Provinciales , quando vifitan los Eon- Ventos de fu Provincia , defpues de conclut- da la Vifita de cada Convento , y haverles efcuchado la culpa, y corregido de fus defec- tos? 18 Réfpoñdo » quela figuiente, y en el fia guiente modo.;.-Defpues de haver efcuchado la culpa y gorcegido , y penirengiado los defetos, que L o que de- : Ec: EA bad TA

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