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Alegato IT, 419 vel nop primum Diffinitorem , mortuo Provin- 19 Quandoal Padre Eray C, fe le con- ciki, authoritas ex nl ad primum ceda fer cierrala propolicion , no adelanta ía ¡ffinitorem fafim dtbolvitur , etiam abfen- derecho por efte fundamento : porque aqui Y tem : Interim tamen Vicarius prius inflitutus a no femira la poflefsion de el Padre Fray Ga: Provinciali Provinciam potef? gubernare, dones lino es la que tenia , y-tiene el Padre Pro. primus Diffinitor tuat , quid agendum fit. vincial de exercer efte oficio, y como tal po- 15 Eftas Difiniciones convienen con der nombrar Vicario Provincial , y delegado eP Derecho Comun : pues fiendo ordinaria la fuyo, para que en fu aufencia govierne la Prox jurifdiccion de el Provincial , ut cum Navarro, vincia :con que la de efte cafo no es nueva Padre Sanchez , Suarez , Rodriguez Miranda, Poflefsion , fino es continuacion de la con que y Riccio ,tenet Pater Didacys á Masa, Ca- fe hallaba el Padre Provincial : pues la pof- puchino , de For. Cria. par, 55. cap, 1. numer, Teísion,no folo fe conferva por nofotros , liz 61.82 cum aliis Pater Fr. Pacinto Donato ,de no es por los que en nueliro nombre la exet- Rebus Regular. tom.2. part. 3. tr. 10.queff. 3. Cen, $. Pofsidere, Infiit. de Interdiét. Surd. ex mumer. 1.00 hay queftion en que puede de- com/. 481. mumer. 1. Ó* 10, lib. 4. Seraphin. legar 4 quien quifiere, ex cap. Quod Sedem, decif. 82. mum. 8. Ludovic. Polth. deci/. 156, cap. Paft: ralis , cap: Inter cetera , de Offic.Or- numer. 10. donde trac diferentes decifiones, ¿in.r. Y fiendo la eleccion libre , no hay acree- dandoles á eftos manutencion en fu pofígísion, dor ála voluntad del que ha de elegir , ex leg. Como con el mifmo Surdo , y Bocac. idem Unum ex familia , leg. Cum pater 77. $.Hereai- Polth. de Manut. obferv. $2. mum. 27. ibi: Nec tatem , de legat.2. leg. Diud 19. de option. legat. Competit manutentia tutort , mec alíis adminifa cum Vulg. tratoribus rerum alienarúum nomine proprio , lin 16 Esfuerzafe efta verdad con el nombra- +et pro aliis : O fic ,pro illis pro quibus pofsíx miento , que el dicho Padre Provincial hizo 4emt , manuteneti poffunt. en dicho Padre Fray C. al tiempo que partio 20 Nofe pone en queftion , que el Padre a Capitulo General 4 Roma, pues en virtud Provincial, al tiempo de hacer los nombra- de él exercio el oficio de Vicario Provincial: mientos, eftaba pofleyendo , que por tal le re- con que no puede ponerfe en queftion la fa- conoció el Padre C. que oy en lo efcriro lo cultad de nombrar ; pues fi fuccediera en el ofi- téconoce , pues fe intitula Prefidente del Con- cio el primer Difinidor , ni neceísitára de ti- ventoP. confeflando haverle nombrado el Pa- tulo , ni nombramiento , argumento text. dre Provincial en efte óficio : y adelantandofe in leg. unic. Cod.de Thefaur. lib.xo. leg. 1. f. ad. 4 hacer requerimientos” al Padre Fray F. por municip. Surd. ¿ecif. 173. 1. 18. Gracian. dif- efcrito , para que ceffe en el oficio de Preliden- Cep .617.NUM. 23» 49 te : con que el ato que hizo , no fué el de va- 17 Y fi haviendo nombrado el Padre Pro. car lu pofícísion de Miniltro Provincial , fino vincial Er, M. por Vicario Provincial al Padre es exercerla por medio de los nombramien- Difinidor Fray G. y entrado en la poffefsion de tos, continuando la que tenia, Con que juf- ¿fte ofició , en fuerza de efte nombramiento, tamente eltrañamos la manutencion, que por no alcanza la difpoficion de Derecho á diícur- el Padre C. feintenta: pues confellando el mit rir , cómo el que fe halla fin pollefsión , ni mo, que no poflee ; confellando por Superior, titulo, como es el Padre Fray C. haya de fer ma- - y en polfefsion de ral al Padre Provincial M. nutenidd? en el oficio de Vicario Provincial? confefíando ha recibido de fu boca el oficio Ni cómo el que fe halla en pofleísion de elte de Prefidente del Convento P. y que por los oficio , gon titulo legitimo de ella, como es nombramieni)s ,no folo no efpira el Provin- el Padré Difinidor Fray G. exerciendola en Cialato ,pues no fe renuncia , Mo es que an- nombre del Padre Provincial Fray M. dexe tes bienpor ellos fe exercen aétos de pollel- de fer manutenido en ella > Ni cómo hay fion: no fabemos en que fe :fundan los motí- aliento para verter en los Alegatos del Padre vos de la manutencion : pues ni fe pollee , ni C. lasreperidas vozes de fer injultos fus pro- tampoco hay vacante de poflefsion alguna , al cedimientos? tiempo de la controverfia de el pleyto , para .? 18“ Y aunque fe Ba alegado , que la poflef- aplicar la propoficion: y ¿lo que mas fe arre. fionme dá cauíg al pleyto , no es manutenible, gla ,es ¿intentar un defpojo de poffefsion del ex Gloll. in cap. commi/Jum , verb. Pacificamyde Padre Provincial M. ado mas en la buena díx Eleé. in 6.8 ex congeltis ¿ Noguer. allegat. 26. ligencia , que en la jufticia , que al Padre QU ex mum. 381. Y que fiendo la poflefsion de Vi- aísilte, cario Provincial, y Guardian del Convento P. 21 Y aunque en los Autos eftá una que tienen los Padres Difinidores Fr. G. y Fr, protefta , en que parece , qe haviendofele F. la que ha dado cauía a efta controverfia , no intimado al Padre Provincial M. el Decreto fc eftima para fer manutenida, de fu Magefad , y hecho los nombramiens Tom.LI. > Na Log

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