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434 E al y coftumbre. inconcnít , no Lolo de cita y paca de rodas las Religiones 5 fino tambien, porque las miíimas Conffituciones pro- hiben , el q uefe e lijan en Cuftodios los que no XV puedenir y pie.al: Capitulo» yuwídicho P..N. es mas que cierto ., queno puede ir4 pieá Roma donde fe celebra el-Capirulo General, pr 109 Lo 3. porque aun dado cafo., que “7” laeleccion de.dicho*P. No fuelle valida , -con todo ello, no le feria, licito: ir:.4. Capitulo, A RON ¿ ¿e haviendo deir , como esprecifo., ácavallo, a joer no ferdicha caufa baltante , ni de las que ( ( Ílaman maniñielta ; neceísidad,, fino. volunta- ría, y norazonable : y aísi pecaria mortalmen- «te en ir a cavallo , contra el precepto de. la Re- gla. de non equitando abfque manifefa necefsi. zate. Todo lo.dicho es dotrina:comun de los Ex- Z E pofrroresede nueltra Regla : y afsi lo tienen nuef- 20 fro Sandtes pap. 8. pag. 342+343-J 344- nueltro Abfenfe Alfara en lu Sumul, pag.227. 14.133, y pag. 252. numer.159.nueltro Policio capit, 3, 42. 310. 2er .66,y:67. y nueltro Leandro de Móra , todos Capuchinos ,;.con Cordova , y otros.que cita, cap.3. J0bre el 3: 04M,4.P48:17 3% y lo declaran baftantemente, nueftras Conftitu> h ciones , pag.50+ Y en-las ciratorias con que cita . ( gueto ¡Reyerendifsimo Padre General á todos los Bocales ; para que vayan 4 Capitulo , lo dá baltantemente,4 entender por. las palabras fi- y guientes: Et in itinere abffineant ab omni fpecie o gquitationis , conductique navigii fub pana pri- > gationis omnium, actuum Ph diéto Capitulo /ibt o competentiun juxta Conftitutionum.noftrarum mm difpofitionem. Que cola mas clara? 15 +" ¿Lio 'Ylarazonde efto ef :triplex. Lo uno: ¿5% porque el. oficio.de. dicho Padre (aunque mane dado por la Regla ):no..es de ¡tanto pelo :,: que caminar 4. cavallo; ;: fin manifiefta necef- bd 3. pues es; cierto ,- que: las :elecciones.fe pueden hacer. , y concluir convenientemente, fin + eliconcurío de uno, otro Bocal., y mas oy, en que, le mira Pan aumentado:el numero :dé los ocales , que palarán de,cjento y: fe ata: por la qual cauífa NicolaS III. ¿n cap. Exiit , de Verb. Jignig. in 6. S.Infupez, refotmo el numero de los Cuftodios , quela Regla mandaba huvieflen de concurrir:á Capitulo , «teniendo por,cofa cierta, que multiplicadaya la Orden ¿como lo eftaba entonces. , li. huvieen: de -congurrii todos los Cuítodios que. l4 Regla decia, de la: multitud fe; priginarian ¡múchos;!inconvenientes , efpecial. mente contra la pobreza de la Regla. Que, pues, dixera de uno , ú trro Cultodio, queno pudicile. h | ira, Capicblo, fin ár ronera la: miíma Regla, o r . Contra el precepto di. ella y de mun: eguitando algfizue manifi fispiectfsibare >. Y mas oy enque efiá la Religion: mucho.max multip ¡cada que en- tonces. y es doblado el numero de los Bocales,que tos flacos por dicho Pontifica Ergo, Mo 12. 0 x tp y 4 prepondere, al precepto de la ,mifma Regla de Tratado VI. De la Jurifdiccion de los Regulares, 111 - Lootro : porque para qué pudieíle irlicitamente á cavallo , noes baftante-la necel- fidad de la pérfona ; fino Ge sig de ello , era acceflario , que la tal necefsidad fuefle para al- gun fin neceflario , y forzofo : como lo afsientan todos los Doctores , que efcriben fobre la Regla; fed ficef , que el ir por Cuftodio 4 Capitulo, ño eftá reputado por caufa neceflaria , fino por « voluntaria , y no razonable : como fe puede vér en los citados arribaa, y mas oy , en que es tan grande efumero de los Bocales , que es in- yerifimil , que uno , Ferfiaga falta tan necel- laria , y precifa:; que por ella fe haya de ir, aun- que fea 4'cavallo,.contra la Regla, y contra el ef- tilo , y praética de la Religion , y buen nombre del Habito Capuchino: Ergo, Xc, 112 Ylo otro: porque fi el Bocal ( aora fea Provincial, 20ra Cultodio ) no obftante,que la Regla le mande ir á Capitulo , puede renun- ciar ambas»voces, y toda [4 pertenencia en el, y el Prelado lo-puede aceptar , como cada dia fe practica enla Religion, fegun nueítro Sandtes pa2:343: SoHorá: figuele, que no pudiendo ir 4 piea dicho: Capitulo, como la Regla lo man- da, quetendra obligacion de abfteneríe de tal jornada ; alias, ino pudiera hacer tal renuncia, ni el Prelado lo pudiera aceptar 3 lo qual es falfo, como bien dice nueftro Sanétes , que traclo di- cho. Vide ¿llum : Ergo , 8ic. 113 De lo dicho confta.: que aunque la Regla manda a los Cultodios , que vayaná Ca- pitulo:, no lesdice , que vayaná cavallo ; antes al contrario, prohibiendo , comoprohibe á to- dos.los Religiofos , que vayan a cavallo ; figue- le, que deban irá pie , y o ordenan exprel- faménte nueítras Conftituciones , las Caftella- nas abi fupra , por eftas palabras : Y no fe elijan en Cuftodios para ir a Capitulo General los Fray- les, que no pudieren caminar d pie , falvo fino Jfueffen actualmente Difinidores Generales, clegi- dos en el Capitulo antecedente. Y las Latinas pag. 30. porlas palabras figuientes : CuBodes cuutem ad Capitulum Generale ituri non cligantur , qué pedibus pergere nequeunt , illís exceptis qui Difx finitores Generales .abtu fuerint in prebedent? Capitálo eleéti. Id quod pariter y, O de Provin, cialis Capituli Diffiniroribus dicitur. Si quis autem: qui :pedibus. viam progredi non valeaty electus fuerit, O curra vctlusyaut alio modo mi- nimé conveniénti ufus, iter tonfecerit ,ineo Ca- pitulo utrogue Juffragio privatus exiftat. Segun. las quales, «quieré la Santidad de Urbano VIII. ubi fupra, 1num.s. que leamos julgados los Cam— * puchinos cd los Tribunales. « y 114 : Sonftado 2. que.para irá cavallo no baíta la meceísidad de la períona 5 v: gr. eftár en- ferma , O impolsibilitada de: andárá pie 5 fino que fuera de elo y le: requiere la necefsidad del fin, d:negocio: , por el qual fe: ha de caminar, la qual falta en; nueltra calo. ¿porque pudicndole: . ha- E — )
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