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Y Colegiata; vel Cathedral + porque ningun Cie. r!go puede tener dos nongias , 9 Prebendas. Anwriguamente vivian con fu Obifpo , con re- glas , y meía comuná: todos. Defpnes fe divi- dieron los bienes Eclefiaíticos , y fe les conce- dio fu quarta porcion á los tales Canonigos , y comenzaron á vivir debaxo de un Superior , y ciertas reglas , en caías fabricadas cerca de las Iglefias, por modo de Clauftro, 6 Monafterio. 2. De donde es, que los diches fe denomíi. naron , y. dixeron Canonigos, porque tienen un genero de vida Regular, fegun los Canones: y fi habitaban cerca de las Iglefias Cathedrales , íe lHamaban Canonigos Cathedrales , y fino, Cole- giales : lo qual fe exprefía bien in cap. In omni- bus, de Confecrat. a1f.5. 3 Supongo lofegundo : que los Canonigos fon en dos maneras; unos Seculares, y otros Regulares. Canonigos: Seculares fon aquellos, que aunque guardan la Regla delos Apoftoles,no teniendo proprio alguno de los bienes Eclefaf- ticos , fegun algunos (aunque yo fiento lo con- trario en nueítro Tomo de Obifpos ) 6 porque tienen algun modo de vida Regular, fegun los Canones , como fe dixo arriba; pero no hacen los tres votos de Religion. Canonigos Regula- reslon , y fe dicen aquellos , que a la manera, quelos Monges hacen los tres votos , y fe obli- gan mas eftrechamente a Dios , que los demás Canonigos. Veaíe Azor ubi infra, queft.2. 4 “Acerca de la inflituccion , y aproba cion. de los Canonigos Regulares , que mili tan debaxo de la Regla de San Aguítin , veafe Tamburino tom.2. difp,24. quel. 4. donde anumera treinta y quatro Claíles ,Ó Congreg1= ciones de-Canonigos Regulares , y las mifmas, tomadas del dicho, refiere Bordon tom. 4. en íu Theatro de Precedencia , y Mayoridad, num. 246: pag. mibi 563. y veafe tambien Azor tom, 1. líbe12. cap. 224 quefit. 1. O 3. don. de trata de el origen de dichos Canonigos Re- gulares >, Si lleven la) primacia 4 todos los Ordenes Eclefialticos ¿ en antiguedad , dodtri- na, regimen, nobleza , y en:numeto: de San- tos? Y *qnienes hayan fido los reftauradores, y reformadores en diverfos Reynos/, y Pro vincias de los tales Canonigos? Y en el quefit.a. refiere varias opiniones acerca de el nutnero de Pontifices , Cardenales, y Santos Cano- nizados , que ha tenido el dicho. Orden. Vide ¡llum. + 5 Que yo cerca de dicho punto , lo. que tengo por mas probable ,.es , que dichos Cano- nigos Regulares fueron inftituidos por los Apoltoles : y que San Aguítin no fue Fúndador «e los dichos , fino felo Reformador : porque aísi fe infiere claramente de una Bula' de Bene- dio Duodecimo , que empieza: Ad decorem,de otrade Eugenio Quarto , que empiezas Gum ad Tom.Íl, Hacenfe aleuhas Jupoficiones. Sacratifsimúm,de otra de Pio Quarto do pieza: Sedis Ap ficlice , y de otra del Bearo Pio Quinto , que empieza: Cum éx ordinzm, Acera de lo qual fe vea Bordon en dicho tom. 4. de Precedencia , en el titulo de Furibus Parochiali bus , mum. 10.y 14. pag. 639. y por configuien- te , que la de los dichos Canonigos de fu prime: ra inftituccion, es Congregacion Clerical, y que figuen la norma de los Clcrigos de JA" Primiti- vadgleña. Dicho Bordon zu». 18. y 38. Quan- do empero comenzailén los dichos 1 lMamarfé Canonigos Regulares , y hacer los tres votosád , * la manera de Monges , es y lo miímo para Azor ubi Manuel Rodriguez ros. queft. 3. art. t, 6 Dixe: 4 manera de Menges: que debaxo de elte nombre de Monge vienen todos los Religiofos , ora fean del Coro , Ora Legos, y afsi los Profeflos, como los Novicios en materia favorable ; pero en materia odiofa, folo vienen aquellos , que fon propriamente Monges : y afsi no compete á todos los Reli- giofos , fino áfolos aquellos que: eftán dados 4 la vida contemplativa; por lo qíral no compete' dicho nombre propriamerite á los Mendicatá tcs, pues frequeritemente converían entre los hombres: y mucho menos compete á los' Cas nonigos Regulares (que de fu inflituto fon Clerigos , comio dexamos dicho) como claras mente fe infiere ; cx tit. De Statu Monachorúmy O Camonic, Regular, Glofí. verb, Monáchus,ee' Clement .1.cod.tit.ex cap.Licet 18. de Regu!icapa Nullus 1, O e Mandamus 19. quef.3.y de otros muchos Derechos, y lo tienen Lefio de Fu/P,' O Jure libr. cap.4t. num.2. poff medium, Paz' normitario, Santo Thomás,y otros, que cita, y figue Rodriguez cti fus -Queftiones Regulares, tom.1, queft.1.art.3. por todo el, donde confit- ma loque diximos arriba. Vide llum. 7 Supongo lo tercero : que los Ca. nonigos Regulates de lá Santa Iglcfia Cathez' dral de N. que fon los de nueftra Confulta, Lon verdaderamente Religiofo-» como bién el: fobrédicho Rodriguez , con Trallo ,San Anto. nino , y otros. Y la razon es manifiefta ;' por- » que los tales hacen los tres “votos effenciales;! de Obediencia, Pobreza,y Caftidad,como conf ta: dela efpecie del caló; mumi7. $8. /.d fic efe, que aqueles, y fe dice propia; y verdaderas* mente Religiolo ¿ que por voto promete guar! dar las dichas . tres cofas , “con lo anexo? á ellas": como lo tiene la. comun de Doc=: tores ¿n cap. Cum ad Monafcridm , de State! para mi cofa incierta, Jupr. quefi:.2.Veate 1, queff 1. artic. 3, O + porque aut- + Monachor. y con Santo Thomás , Sanchez , Ari milla, y otros, Bordon tom. 3. ref. 85, mum,s e! Ergo , 8xc. A +8 Y que nofolo por la profefsion exprefs' la, que hacen los dichos en manos dl el Señor ) Hh Obi£. » .

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