BCCSAL000564-C-13000000000000

Confúlta VIT, Dias puede domprar qualquiera licitamente , fin falrarála caridad , nijúlticia , por la mitad, y mas del infimo , y jufto precio perfe zelto es, por lo que entre si fe ajultaren: Luego aquellos 40. ú 50.2 los quales fe inclinan todos los com- pradores, defpreciando los demás ,los podrá vender á la mitad , y.mas del fupremo, y rigu- rofo precio perf? ¿0 4 loque entre si fe ajufta- ren,porque no hay razon,que los compradores, por la abundacion de la? mercadurias fean de mejor condicion , que los Mercaderes, por la careltia,y falta de ellas; y que refpeéto de aque- llos fe difminuya el precio per accidens por la abundancia ; y relpcóto de eftos no fe aumente per accidens por la careftia, O falta; Sed fic ef, que los 200. por 100. que gano Ticio, no pa- rece exceden á la mitad , y mas del fumo, y ri- guroío precio per fé , al que alíds no haviendo dicha careftia ,: O falta , le era licito venderlos: Luego dicha venta fue licita, y jufta,pues no exa cedio del precio á que tenia derecho de vender dichos generos. 10 La menor( efto es ,quelos 200. por 100. que gano Ticio ,no parecg excedená la mitad , y mas del fumo , y rigurólk, precio per fe,y a queno haviendo dicha carefflipodia lis cité vender dichos generos, abltrayendo” de que entré si fe ajultaron afsi;y que por efto fue licita la venta ) le prueba. 11. Lo r. porque dichos 200. por roo. fon la mitad, y mas, fin trafpaflar eftos limires:Lue- go no excedio de la mitad, y mas: no excedien- do de:la mitad , y mas, vende licitamente: afsi como el que compra , confpra licrtée con perdi- da de la mitad , y mas.: Luego dicha venta fue licita. , y jufta, 12 Lo2. porque en la pública almoneda puede qualquiera comprar,aunque fepa de cier- to, que del juíto, ¿infimo precio, que per fe tie- ne lo que compra, pierde el que vende 200. por 100. y mas ; y. ho por otra razon , fino por» que fe veAde publicamente, y ruegan con lo que hay en la almoneda , y fegun Diana , Lumbier, y otros,a quienes cita,y no reprueba el P.Torre- cilla,el precio infimo jufto per accidens de la co- ía, que fe vende publicamente, es lo que le pue- de facar por ella: no pudieron facar mas de yo. valiendo 300.fegun el precio infimo per fe:Lue- go aquellos 90. ¿que compra es el precio infi- mo per accidens 3 Sed. fic ef , que el que com- pra al precio infimo,per f2,0 per accidens, com- pra liciramente : Luego la compra de la almo- neda , con perdida de 200. por 100. y aun mas del infimo precio per fe ,.es licita, Probigo: Sed fic ef? ; que las celas, puntas, y abanicos, que tie- ne ori tr en fu tienda , las vende pública- camente , y le ruegan los compradores, fe las venda: Luego per accidens fubirá elta mercadu- ria del fumo, y rigurofo pretio per fa ylo,mif- mo que.baxo la otra per accidens del infmo pre- Tomi, : $ . 333 cio per fesefta baxó 200.por 100. y mas:Luego aquella fubizá lo miímo : Luego dicha venta, con dicha ganancia de 200. por 100. fue licitas - para ferlo no mas del fumo,y rigurofo precio perfe : Luego fiendo (coino lo es , y queda probado) licita la Venta , no pudo exceder de la mitad , Y mas. 13 *Lo 4. porque fegun el dodo Lumbier, y, todos los DD. de la primera prueba, cuya fen- teneía la tiene por probable el P.Torrecilla, en las cofas en que no tiene puelto precio la Repu- blica, el preciojulto ferá aquel, en que(fin mo- nopolio , niviolencia ) fe ajuftaren entre si el Mercader, y comprador :en las telas y abani- Cos, y puntas, que vendió Ticio, no tiene puef- to precio la Republica, y fe Juítaron en el ca. lo de la Confulta, dexando el comprador al Mercader ( fin monopolio, ni violencia de par- te de elte ) 200. por 100, de ganancia: Luego vendió a jufto precio : vendiendo á efte , es li cita la venta : Luego la venta de nueftra Con- fulta fue licita , y juíta. | 14 Lo 5. fe prueba, porque fi Ticio tuviera en fu tienda 200. abanicos (lo miíiho digo de . los demás generos ) aun en la mas efcrupulofa fentencia, puede ganar en cada uno de ellos un 14. por 100. Explicome: Los Doétores mas ef crupulofos, y timoratos en elta materia, dicen, que puede ganar 12. por 100. abfolutamente, y, que elta es moderada ganancia ; pero que ha de mirar,además de efto,á la conducion de la mera caduria,a fu cafa, ¿los criados,4 la confervacion / de dicha mercaduria, haíta el tiempo de la ven«| ta,al fultento de fu familia,al alquiler de la cala, y Otras cofas, y que por elto puede cargar 4 la mercaduria algo mas: de fuerte, que los 12.por 100. de ganancia le queden libres : pues quien puede negar,¿ para la conducion,confervacion, criados, fultento, y alquiler de la cafa,fe le pue de aumentar otros 12? Luego aun,fegun la mas efcrupuloía fentencia,puede ganar en todos fus generos un 24. por 100, Supongamos aora,que los 24. abanicos tienen falida al prelente con eltimacion, y que para ellos ha, muchos com- pradores,y que eítos defprecian,y no hacen ca- lo de los demás: y queá dicho Ticio:(como de ordinario fucede ) fe le quedan arrinconados por mucho tiempo,y que aun defpues los venda con mucha dificultad , y ganando poco,o nada en ellos, si empero perdiendo en muchos : pues quien,pregunto,podrá decir (debaxb de efta fu- poficion) que Ticio efta obligado 4 venderlos 24. abanicos(yá queda dicho fe ha de entender lo. mifmo de los demás generos ) ganando folo en cada uno de ellos 24. por 100? Ninguno verfado en la Theologia Moral fe podrá ( 4mi ver ) arrojar á decirlo. Lo 1. porque ello fuera obligar al Mercader á perder en lo que tiene de- recho á ganar,ut confideranti patebitY lo otro: porque quizás los EE pe al parce fon latos en , ha de fubir de la mitad y: y A .

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz