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A 316 M lO Wi tizarlos , ni por donde debamos negarle la pro- z a ll y ' ll babilidad 4 la fentencia que In pariocina , y de- ES ¡f fiende : Ergó , SC. de Y 25 Lo3. porque dado que los tales par- AU vulos bautizados lleguen defpues al ufo de la razon , les concederá Dios en tal caío a los tales áduitos( intuitu del Bautifmo ) efpeciales au- xiligs, para que no fean pervertidos , como bien “el fobredicho P. Ponce. Y la razon es, y porque uno de los efcétos del Bantifmo es la | colacion de la gracia Sacramental; y eita gra- 1 cia confifte en un derecho , que da Dios al báu- | tízado , para que á lu tiempo fele den elpecia- A les auxilios conducentes, para recibir digna- c mente los demás Sacramentos, y para guardar los preceptos de la Le Evangelica , y para que viva Chriftianamente : porque 4 efte fin, O f- nes mira el Bauriímo. Acerca delo qual fe vea Delgadillo de Sacram. cap. 4. dub. 12. por todo el, y de Baptifm> ,cap. 3. did. 1. 14m, 5. 1m0, añade el fobredicho P. Ponce,y bien, que puede Tuceder , que aun liegando los rales niños al uío de la razon , no pequen luego mortalmente , fi- no paífando algpno, O algunos años : y por con- Y figuiente , que cogiendoles la muerte antes de pecar mortalmente, los hallará en la gracia del Bautiímo , y fe lalvarán: oedic eff, que todas eltas utilidades , que traer configo los Baurif mos de los tales parvulos , hijos de padres Inc fieles, fon de graviísima importancia , y de gran " confideracion para el punto que pretendemos, como qualquiera que los contidere bicn cono- cera : Ergo , 3c. 26 Lo4. porque en tiempo de los Reye Catholicos Don Fernando , y Doña Ifabel , fe bautizaron en Etpaña los Moros adultos , que defpnes de las conquiftas havian quedado cn ella : y configuientemente fe bautizaron, y fe iban baurizando los hijos parvuios , que á di- chos Morifcos les nacian : y aunque poco def- pues le experimento , que los padres, no folo en el interior , fino tambien oculramente en el exterior , eran finos Sectarios de Mahoma 5 y que los niños , que fjendolo , te bautizaban , y que no morian antes de llegar al ufo de la ra- “ga, eran pervertidos en la Fé por fus padres, me. no Óbltante la enfeñanza, que renian de la Fe Catholica: con todo eflo fe profiguieron los Baurifmos de los parvulos de dichos Morifcos, - - — hafta el año de 1610. en que el Señor Rey Felipe ¡ TIL. expelio de Efpaña á dichos Morifcos,y á us F hijos. Y en el difenrío de dicho tiempo, en que le hicieron tantos Bautifmos de parvulos,jamás ¿d ef2, ni antes, ni defpues de bautizados dichos niños, fe*fepararon de la compañía , y confor- cio de fus padres , como es notorio de las Hif- torias : y efto ,0 porque los padres no los qui- ficron dár, y fe juzgo por ilícito facar alos hi- jos de la Pod de fus padres; porque efto es «contra el Derecho Natural , que tienen los pa- k | £ Tratado 1Y. De Bautifmo. dres de enfeñar,y criar fus hijos , O porque dá- do caío que ellos los diérarp,d que fe pudicfle hacer dicha feparacion , invit:s paremtibus , co- mo con Laymán, Coninch , Vazquez , Prepofi- to, Hurtado , Durando , Soto , Valencia , Sua- rez , Granados , y otros , lo tienen Palao par. 4. tract.19. d:/p. vic. punci. 6. num. 9. Diana , art. Biracii.rej 1. $. ultim, At ego affirmati- ve Delgadillo de Bup: ¿/m, cap.7. dub.q. num. ELE nita del Concilio Toledano, 4.Cam. 58. y le refiere 11 cap. fudacrim 23. quel. 1, y de los fundamentos , que por efte fentir alega el fobredicho Diana : con todo eflo , dichos Se- ñores Reyes no los quilieron feparar de fus padres : y la razon de efio pudo fer,0 quizás feria , porque dichos Señores Reyes ( aunque tan poderoíos )no podrian proveer de Amas Cactholicas para tanto numero de niños , quando eran recien nacidos, ni tantos feminarios , Ó ca- ) las , quantas eran neceffarias para los tales mu-= chachos yá crecidos. 27 Aora, pues , arguyo como fe figue: Los dichos parvulos de los Moriícos fe bauti- zaron por muchifsimos años en Efpaña , lin fe- pararlos de la compañia, y comercio de lus pa- dres ( comoes certiísimo , y ageno de toda du- da ) ni antes¿ni defpues de bautizados ; no obf- tante, que conftaba,que tendrian peligro de fub- verfion , los que llegafíen al unío dela razon: Luego fe deberá decir, que es liciro bautizar los parvulos de los Hereges, € Inticles , aunque que- den en compañia de fus padres, quando «om- modamente no pudieren fepararíe de ellos , o OT sio Bautiímos delos par- vulos de los dichos Morifcos ,adminifirados en Efpaña por tantos años , le dicron ilicitamente: Sed fic efh , que ello parece, que fin temeridad no fe puede conceder: Lo uno , por fer contra tantos,y tan doétos Maeftros, con quien fe con- lulto la dicha materia, y que “la aconAjaron aísi Lo otro, porque eo feria condenar todas las Iglefias , y Prelados de Efpaña , que huvo en aquellos tiempos , por cuyo orden fe adminif traron dichos Bautiímos : [mo ,no_pajece ve- rifimil , que no fupiefíen , y. no ai Wicrt noticia de dichos Bautiímos los Sumos Pontiél ces que huvo en la Igleña , en aquel efpacio de tiempo en que dichos Bautifmos le adminiftra- ron : Ergo , dc. 28 a elto : Porque fi el argu- mento , que roma de la ayroridad de los Doc- tOrcs,es valido en ambos Dercchos,cap.Curh ba- beret, de Eo, qui duxit in matrimonium , quam po linic per adulter, cap. Significafti , el 2. de ho- mictd.leg.Antiq» f.Si pars hared.pety de orras» Iwo , fi vale por folaia autoridad de un varon grande, cx leg. Si pater,ff. de Solut. leg.Septimo menfe, ¡/¿de Statu hominum. El Cardenal Tufch. 4 litt. A. concluf. 409. y otros : Luego afirman- do, y practicando mucltra refolución , no folo y Y ER / f

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