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od ) Ú te eo el error de la perfona, no vicia la difpen- 'Cacion, ni la irrica, fegun Sanchez: Ergo, kXc. 35 ConfirmatursPor cílo , fegun Sanchez, el yerro dela perfona no vicia la, difpenfacion: porque en todas eftas colas , que pertenecen al oficio del Principe, la mente de efte., y fa inten- cion fe dirige, no 41a períona nombrada por yer- ro , fino á la que verdaderamente pide, y neccísi- ra de la difpenfacion : Sed /ic e/h , que del miímo modo, y con los miímos fundamentos podemos filofofar lo miímo de dichos impedimentos, y de- cir, quela intencion. del Pontifice fe termina , y dirige, no al impedimento nombrado por yerto, fino al que verdaderamente hay , y.que neceísita de la difpenfacion 3; pues.mo puede haver razon, ni fundamento para aquello , que no venga bien á clto, y fe adapte dello, con la mifma fuerza , € igualdad : y fi no, veamosle : Ergo, étc. 36 Confirmatur 2. Porque li en núeltro ca- So le huyicra propuelto ¿fu Santidad el impedi- mento de afinidad , quando fe propulo el de confanguinidad enel miímo grado ,.es conftante que huvicra:difpenfado del miímo modo : y con la miíma. facilidad fe difpenfa.en: uno ,. que en otro , en iguales grados, como coníta de la expe- riencia : Sed fic </%s: que en el cafo.de Sanchez juzga dicho Autor, que valdria la difpeníacion, quando, de otras cireunfiancias no conftalle , que 8 quela: concedia era por reípeto .éfpecial ¿la perfona.conocida , y por yerro nombrada , fino que anses conflaffe la ,concederia del miímo mo- do», al que enla. realidad la pides do qual paíla en nueltro calo , y esjomuimodo aplicable ¿á el: Ergo., 3C+. 1.1. ; CONSULTA Y: Ticio efa . obligado.en conciencia.a contraber matrimonio con Berta; pero: obfia a ¿fa com traccion la duda de sognacion efpiritual, por bar ver el fobredicho Túcio , fiendosde tres años y y ocho méjes, fido padrino, y tenido ala dicha Ber- ta, do la.baubizaban. Preguntaja, pues, fp en dicha pugrilidad y contraxo el 'dicho,cognacion ef- iritual con la dicha, vel, e. coma? Y que es lo que fodra el Ordinario en. ios 50 1. DD EfGondo, que dicho Ticio , por ha- “JA ver tenido. en dichaedadr 4 la dicha Berta ,,quando la banrizaban.». o por haverla fa- cadg de pila , no contraxo cion ;.. y porconfiguiente , que por elta parte no tiene impedimento para cafar con la dicha, : Afsi lo tienen Rodriguez , Vega, Gaeta , Navarro, Henriquez, y Sanchez , que los cita, y figue, lib. s 7.6 Matrim. difp, 61. num. 4. Lo nen Villalobos , Parts L» 8r4lÍ. 14u dif. 9. M 22. Caítro Palao, part. 4. HI. 19- punbi1L. $. 1.3» y Parte 5. di/p4* Punti. 9, UM: As Leandro,gel » con Ja dicha cogna- . Lo miímo tie- . V y y . . ] 245 Santiísimo Sacramento, tom,t, de Sacram.trad. . 2. difp.7. queft. 8. Calpente tom. 2. tradt. 26. di/p.9. feti.6. num.48. Balleo , con Reginaldo, 4 quien cita, tom. 1. verb. Matrimonium' 7.1.2 9» Baco, en fu Suma , di/p.19. cap.5. Suar, 3. part. queft. 67.art-7,0 8. dub. ult. Sá, verb. Ma- trim. ubi de Impedim. diriment. y. 5. Y COMUNA mente todos los Theologos, 2 Yfeprueba, porque para que uno pues da fer legitimo fufceptor en el Bantifino , y COn= traher verdadera cognacion efpiritual con el bautizado , fe requieré que renga ufo de razon: Sed Jsc ef? , que en el niño, que no tiene mas que tres años , y ocho mefes , no fe prefume, ni fe debe juzgar , que tengan.ufo de razón para el in= rento, fino que Evidentemente conftaíle de ello; Ergo , $c. A 3 La confequencia es legitima: la menor confta. Lo uno , porque el ufo de la razon, fo- gun Santo Thomas, 4. diff. 27. queff. 2. árt. 2. á quien figuen todos los Theologos, ño co- mienza regularmente haftá cumplidos los hiere años: yel Derecho Eclefiaftico , que eftableós lá coguacion efpiritual, afsi como las demás leyes Ecicfafticas, no mira plo que rata vez acontece , fino a lo que fuele acontecer de or- dinario: como lo tienen todos los Doétores, y confía de la /. Nam ad cu, ff: de Legib. Eto go, Ac. 4 Lootro, porque antés de complir los fiete años, no prefume el Derectio ufo de razon en el niño , antes prefume que no lo tiene , cómo lo tienen Juan Andreas , Áricárrano , Alexandro de Nebo , Henriquez , y Sanchez ; que los cita, y, Sigue, de Matrimilib.1. difp: 16. num. 2. 10. y 11. y confla, ex l. Si infants, $. ult.junéta lego -Potuit , C. de fure , de Liber. Sed fic efk, qe le -prefumpcion fe tiene por verdad, y que fe equi- pára á la efcritura, ex /, Quicumgue, C. de Apocha: public. lib. 1. y releva de la obligacion de pros -bar 5 y lá transfiere en quién pretende lo contra= tio», ex di fins in princip. f¿Quod met.camfL.Sin ve nuptura ¿ in fin. ff, de fure dot. O" durioribus probationibus aduerfarium gravat; como lorie- -nenda Glofía; y Doátotes:ñ 1) Tranfaéí, C. de Tranfaci. Ergo , 8c. 15: Lo otro, porqué por efía cauía , ninguna Ley Eclelialtica:obliga , “1 10s que no han cum plido fietezdíños de edad + porque haíta enton- ¡ces no prefame la Iglefia , que tienen ulo de ra- zon: como lo'tienen todoslos Doétores , fegun uan Sanchez erríus Selectas , di/p. $1. num.31. Thomás Sanchez:, in Sum.lib. 1. cap. 12. 14m. 1. 6. y 9. Henriquez Auguíliniano , J¿ét. 16. quefí. 19. con Villalobos , y Dianz , á quier cia : A, ta : Ergo, Xc. 6. Lo otro, porque fuera fobrado , y de- maliado rigor , querer prefumir ufo de rázon, én un niño de tresaños, y :OCho metes, para efcito de imponerle una- carga, y obligacion , y, ) 3 ún O
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