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ty 8 | Tratado IV, De Matrimonio, : difp. q» cap. To quefit. 1. 22 Y 3. Pag» 314»! del que ha de difpenfar , le comere ornizo la po» 76. Y fi dixeres: Luego tambien la volun» teltad para que difpentey, Y entonces fe dira la taria recepcion de la Euchariftia , y de los demás pracia facienda , quando no fe concede abíolu- acramentos , además de la gracia que eftos cau- tamente á aquel y favor fe dá, lino que 8 fan ex opere operato , merecerá tambien alguna Tolo Le e A ... cola ex opere operantes. Relpondo , concedien- ¿quien fe comete el. que la haga: como, fi v.g. dolo todo , con dicho Delgadillo, cap.S.-num.g “en favor de cierta períona , con la qual fe ha de “ y cap.4. numas. y 27 Vide llum. difpenfar, fe le comericffe 4 alguno poteltad pa- ra que difpenfe con ella. Afsi lo tiene dicho $. IL Sanchez , num.48. y adoíde alli fe remite, Efto ; Tupuefto: ' ¿Que contiene algunas Confultas pertenecientes _31 Refpondo , que las dichas letras no cf- . O Mistrimoinios piraron por la muerte del concedente ( aunque ] eltuviefíe , como lo eftá , integrá la tal cofa ) y * SCONSULTA PRIMERA. por cónfiguiente , que podrán agora ponerfe en e execucion '; verificada primero la narrativa. lcio obtuvó difpenfacion de la Santidad Aísilo tiene , con Geronymo Paulo, Rebuto, E. de Inocencio Undecimo pará cafarfe-cot Mayolo , Henriquez , con muchos Doétores de Berta , conla clanfula ordinaria: Si preces ve- Salamanca ; que cita Suarez , Si , Pedro de Le, - ritate nitantur y no la palo en execucion , ni defma , Manuel Rodriguez , y Mandofio , dicha trató de ello , durante la vida de dichó Sumo Sanchez , »um.87. y con Gutierrez, Garcia, Pe- Pontifice : mo, ni durante la vida de la Santidad rez , Reginaldo, y los dichos , Diana part.8. tr. de Alexandro Ottavo,fucceifor del dicho. Y ago- 3- refol.98; contra Navarro , Sayro , Ugolino, ya en tiempo deminSembielad de Igstencio Duo- Gigas , Marco Antonio Gemenfe , Ludovico 4 decimo pretende ufar de las dichas letras. Prez Peguere, Fontanella, Riccio , Bonacina, y otros. ui tendefe, pues , fi [e podra aora poñer en exccu- Y fe prucba: "o pjon dicha difpenfacion , verificando primero la 82 Lo r. Porque quando en las letras de harrativa, como fe fupone? gracia conecdidas á favor de alguno , el Minif* 10777 Supongo lo primero , que efta dificultad — tro que las ha de executar , nó es executor vo- pende de aquella queftion, en que fe ventila: luntario , fino neceflario : en tal caío , la tal gra. Si las comiísiones de difpenfar en los impedi- cianofe há de tener por inchoada , y facina, : mentos del matrimonio ; 0 enla irreguláridad, fino por perfeéta, y jacta ; como bien prueban Po O en otros , que fe fuelen cometer, afsi en el los fobredichos Doétores £ y por configuiente Fr fuero externo , como en el interno , con aque= En tál cafo no efpirá la tal gracia por la muer- Ma claufula ordinaria : Si preces veritate nitan- te del cóntedente , aunque la cofa elle entera, dur , efpiren por la mnerté del concedente re Tegundo que diximos en el fupuefto 3. Sed fe ; egras efí , que en nueftro cafo el execuror de las tales ¿ 78 Supongo lo2. que acerca de quando letras (concedidas á favor de Ticio , y Berta) fe dirá, que la cola eftá entera, y quando fe hoes voluntario , fino neceffário ; pues fe le dirá, que no eftá enteta , hay Variedad de opi-. manda , que las execúte , Si preces veritate mi- niones, que fe pueden ver en Sarichez de Ma- tamiur: Ergo, 8c. trimslib,8, difps 28.4 num8: ad 29. donde lo 83 Lo 2. y es confirmacion dd antece- diíputa difulifsimamente, y con lá erudicion,que dente , porque la tal difpenfacion , en Guanto es acoftumbra, de parté del Pontifice , yá eltá plenariamente 79 Supongolo 3. que quañido la gracia que hecha en favor de los dichos Ticio, y Berta, que fe concede, es gracia facta,no efplra por lá miuer- la pidityon: y al Comiflario antes fe le manda te del cóncedente, aunque efte la cola entera; pez la extcaMion de la gracia yá hecha , que libertad ro (i la tal fuere gracia facienda, en tal calo efl- para e haga , 0 la dexe de hacer: porque á pira por la fuerte del concedente; eltarido la co- €l no fe E comete la fubítancia de la canfa , ni fi ía enterá. Pero lo contratio debe decirfe adbme fea conveniente, ó no, el que fe difpente con los en dicho cafo, fino eltuviefe la cofa entera; co- dichos; fino folo lo que fe je comcte es , que mo lo tiene, con la. comuñ de Doctores , dicho AVerigue, fi fe verifica , O noy cierta condicion: Sanchez, muim.64. y le colige expreflamente yex yencafo, quela dicha condición fe verifique, esp. Si cui puila, ¿2 Prabend. in 6, le le matida que execute las dichas letras : y afsi » So Supongo lo 4. que la grácia entonces en tal cafo obtará injuítainente , y contra el le dice fiéta , quando fe concede pérperuamente Mandato Pontificio , que de ordinario fuele ve- 4 á aquel, en agyo favor fe dá; efto esindependen- nir en cfta fotma: Super bis te diligenter ¡nea temente de orto , á quien fe cometa el hacerla: formes, O fi repereris, qued preces veritate mi- We como v. gr. quando el Pontifice , 0 el Obifpo tantur , fuper quo tuam conftilentiam-oneramous, diípenta «wmiño En alfiino ; O. quando en favor di/pen/a; Ergo, $Kc, : : * Con-. « €
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