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A 4 E e 4 | Luego puefta Y 92 : o la yr de. las fobredichas fen- ncias ( que por ral la juzgan los Derechos) 6 ipjo pt la verdad de "la tal voz ante- rior: y afsi la tal voz debe tenerle yá, y reputar- fe por falía ; y por configuiente no fe; debe hacer caío de ella para la” depoficion , en informacio» nes de Puritate finguinis ; porque lo que es fal- lo, es nada, ex leg. Eleganter, $. Qui reprobos, ff. de Pignor, at. y lo tiene la Glofla in leg.2.5. Non babent, C.de Heretic. y otros : Ergo, Xc. Efto es en breve lo quefiento fobre las dichas dificulgades. Salvo in omnitas, Oe. e y Sub Confulta ,y fea la 1. Acercá de los Ffatutos de limpieza. El fúgéro que me confultó lo de arriba para otro , me pregúnta para si proprio lo que 1e fi- gue, y con los rerminos que fe figuen. Freciendofe efta ocafion , quifiera yo S “falir de otro efcrupulo en la miíma a, matería , el qual le funda en la refolucion, que », Vuelía Paternidad trac en el fegundo tomo », de fu Suma,pag.5 30. 2um.6. ála quarta duda, », hablando del punto : que porque ¿la publica >, Voz , y fama es la que dá Nobleza , no podrá », €l teftigo , eftante aquella de la mala opinion, /,, jurar á favor del pretendiente, Y haviendo yo pe, aconfejado tal vez lo contrario , fundado en », que los Eftatutos , fegun fu confirmacion ,.no », piden, ni fe eflienden 4 mas de á'la quarta ge- ,, netacion , que puede el teltigo deponerá fa- ,, Vor del pretendiente , que fabc delciende de »» quarto,0"quinto ¿buelo, verdadero Catholico; », Aunque haya la voz de que alguno de Íns anti- », guos afcendientes fue convertido , fin embar- ,, 80 de que la pregunta lo comprehenda ; por ys háver vifto en la Apología de Fr.Geronymo de ,, Ja Cruz, y en el fegundo tomo de las Decifio- ¿, nes doftas de Barbola, que/.7 3. que la dicha +, Extenfion es contra las Bulas , que confirma-, ,¿ron los Eftarutos; los quales , como,digo, ha- »»Dlan infra quartam gencrationem., Rucgo, », pues, 4 Vuefía Paternidad , fe firva decirme, y, fi la praética Cs fegura , concurriendo, las de- » más partes , que piden los interrogarorios? ,, Pues aunque lo aconfeje, no fe pufo;en execu- ,, cion, quizás porque po le affento al fugero: y ,, quiíiera mucho, me dixeffe Vuela Paternidad », Reverenda fu didamen en la materia. 1, Refpendo , que cx ppofitione, que los -Efllarutos, , fegun la confirmacion Apoltolica, no pidan , ni fe eftiendan 4 mas de ¿la quarca generacion bo qual no he vilto,, diytengo (pre manibus por donde verlo ) le ferá licito al tel- tigo aremperaríe qn fa dicho al dicho Eftaru- wD» fegun la confirmacion Apokolica , y depos «0h ; AN y Tratado TR Dela Nobleza, ner con Amphibologia (+ que ferá fenfible em tal cafo )á favor del tal pretendiente, -cuya e-...? quarto , O quinto abuelo, fabe haver fido verda- deros Catholicos, aunque baya la voz de que al- gunos de fus artiguos afcendienres fue con. vertido. $ 2. Y Ja razon es, porque las informaciones de limpieza , que fuelen hacer las Ordenes Mi= litares ( y lo miímo digo de las que fuclen: ha- cer los. Colegios , los Regulares ,.y las Iglefias Cathedrales ) por Eftatuto fuyo particular , fin efpecial Conftitucion , Confirmacion , y Auto- ridad Pontificia, no es cierto, ni averiguado entre los Dodtores , fi fean licitas , O no: pues hablando de los.Eftatutos Regulares , hechos xd de dicho modo. Miranda in Mañual. Prelat. * tom. 1. quef. 19. arts 7. Navarro ode Regular. conf.26. in 2.edit.num.4. O 6. Villalobos tor, 2. brad. 35, difficult. 11. num. 5. y Otros mu= chos;que citan,y figuen Barboía de. Po!ef. Epif- cop.part.1. tom.2. glof.17.num.20. O de 3 ure Ecclefiafficulib.1.cap.32.num.18. Peyrino tom; de Prelato, quef. 2. cap. 5. y dicho Miranda, llevan,que los tales no lon juítos, por fer contra el Derecho comun, im cp. Eam e, de Referipr; y contra aquello de San Pablo , ad Roman. 3. SY 10. Poff promulgatum Evangelium non eff diftinétio Fudal.; (Y Greci, Ue. Y porque una Bula de Pio Quarto ; y otra del B. Pio Quinto lo determinan aísi: para la Regular Obfervancia: las, quales cita nueltro Sorbo en el Compen- ** dio.de los. Privilegios; f/. 431. de la quarca imptefsion; y por otra de Gregorio Decimo- tercio para los Padres Minimos, que cita Poy - rino , ubi fupra; y cita por el miímo fentir pag. 432.4 Cayerano ,¿ Pallarclo , y 4 otros. Con que no- fiendo liciras dichas informaciones , en quanto exceden la aprobacion , 0 «confirmacion Apoftolica., en: fentencia de Jos. fobredichos Doétores , en fentencia de ellos-fe podrá licita- mente ocultar la verdad , ufando de amphibo- logia externa Ergo», Sc. 3. «Ni obíta lo 1. el decir ,-quée aquí gunra debaxo de»juramento 5 y-quela pregunta fc.eftiendefobre la quarta , quinta ; vigeíima, y céntelima generacion: Ergo, He. 4: ::Porque :á sello fe. -refpondelo 1. que el X y le Pue, juramento .no:quita; el. Derecho 'de callar la . verdad 5, y afsilo que fe puede“callar liciramen- te finjuramento'ytambien fe puede callar , aun- que intervenga juramento : como-lo: tiene Gel ronymo Garcia en fu Politica Regular ; tom,-f. traci.2. diffeculely. duda 4. numer.3. pag. mibi 228. con 1homás Sanchez; Juan Sanchez; Ef- cobár ,.el Cardenal. de Lugo ,y la comun de Dodores. Len | 5 :Reípondefe lo: 2 . que el tal juramen- ro y €n quanto:¿ los afcendientes fobre la quar- ta generacion, ex la fupoficion:de no haver Bula Apoftolica para ello y fe roma 'ihiquamente en la . 0 A N
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