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HA d Sa - e dl r Ae ConferencialY, Dela refutación, por canfa del Eftugro, ror pe al cafo,, para dexar dicha eleccion ea el arviétio de la deflorada, es, porque el raatrimonio debe ler emnino libre ,la razon vnica., 9 adequi da ,niego lamavor: la razon no ynica , O'inade-, quada ,concedo la mavor , y concedidala menor, piegola conlequeacia ; porque como confta dela seípuelta miíma ; ámas de dicha razon pufimos tambica > la de queno ay jufticia para obligar alo doncella 4 que fob: e la injuria primera reCiba otray calando contra Lu voluntad , y como de parre del injufto deflorante , no milita elta razon » pues el no recibió antes injuria , puesfue quien la causo; por elto no af razon para dexar al arbitrio ,y vo» Juntad de dicho injufto deflorante laeleccion del medió de dicha recompenía., Ímo que ía de quedar ila voluntade la deflorada; y Mi efta eligiereel matrimonio, no.cumplira con ofrecerle la recome peníaren bienes de fortuna, Ó pecunias. , Y aunque por dicha razon > de que tam» bien ha de fer libre el matrimonio de parte del ya. on,dize Tamburino,lo.que le refiere enla inftan- Cs y afirma, que no puede aflentir á lo'contrario: mas yojuzgo que no. tiene razon luficiente de alanzar tanto en (u diótameh ¡pues aunque per Je loquendo > Ja libertad de elegir matrimonio,, deba ler igual de parte del varon > y dela muger > pero ex [mppoficione y O pueltas algunas circun[tancias, puedenoíer igual £ino eftir en la libertad del vno, y no del ptro,como le vé claramente en que fiPe.- dro dá palabra de calamiento 4 Jugna , (in querer que Juana fe Pop i calar con el, y Juana acepn tare dicha promel implicitamente , ni querer obligaríe 4 calar con Pedro, eftará Pedro obligado á calar con Juana. , y no eftará en el arbitrio de ¿él miímo el calar con otra, y Juana quedará con libertad de calar con Pe» dro , 9 con otra que quiliere; y afsi como dada ya dicha palabra, el no poder Pedro calar con otra, le lo debia atribuir a fu voluntad; afsi en el calo, de que hablamos , aunque antes de la injuílta deflora, cion podia el varon calar con quien quiliere 5 pera fupuelta la injufta dedoracion , eftaba obligadoq calar con la deflorada , fi elta queria, y no cumpli» ria con ofrecerle eldote , li ella no le contentaba 310 «r 4 con el ,como tampoco Pedro cumpliria con ofíez' (¡elle admit rlo 3 con que dichó detlorador debia atribuirle 4 si miímo ,y á la culpa cometida en la defloracion , el eftar Lin libertad para calar con Otrde 6 CASO, IT. : cer dote 4 Jpana para calar con otro41 ella no qui- Rdoño folicitó con fraudes,y vig- P lencia a Laura , para qhe coníin- tieíe en la copula ,juzgandola integra , y donce- lla, vencióle Laura , y hallo ciegramente Ordoño, y [e certifico, de que no eltaba integra. Pregunta- fe: fi Ordoño renia obligacion de hazer alguna reftigucion a Laura? Reíporido lo 1. que £ la co- Far: FL, - 311 e 2,fin reprometer explicita, 0% "7 pula con Laura fueoculta,y le quedó en fer pa ninguna reftitucion debia Ordoño hazer a Laa Elta refpuelta es comuniísima de los Dottores, ¡g£omo le puede véren Lugo ». 15. Manuel de la Concepcion qnaff. ro, Tamburino mum, 32. Sal. manticenía mum. 11. Y lomiíimo dizen ¿6 Laura huvielle ido alguna honelta viuda , de honeÑa fama. Y larazones, porque fiendo , y*quedando oculta la copula ¿ningun daño (ele figuió , por, que quedó con elsmiímo credito, que antes, y po.. dia calar con la miíma decencia , y por etra parte no le quitó la integridad , ni elta,es precio eltima., ble , ni por dichá «copula le ofreció alguna cofa (como le Íupone) luego ninguña obligacion tenia Ordoño de reftitvir a Laura. 312. Reípondo lo 3. que á por culpa de Or.. doña le publico dieta cópula,O porque fue en pú. blico, ó porque, fi fue en oculto, la divulga ¿lel.. taba obligado a calaríe con ella, d á recompeníar- le deotro modo los daños procedidos de dicha copula publicada,o dicha infamia. Es de todos los mim Dodores enlos lugares citados. Y la ra. zon de efta refpuefta es , porque por dicha publi. cación, y difamacion, fue Ardoñe cauía injufta de los daños ,'que 3 Laura e le (i uieron :el que es cauía injuíta de algun daño lo Jobs relttuir:lucoo fi la copula fue publica, o aviendo fido óculta, fue Ordoño la caula de que [e publicaile , debió reli. tuir dichosdaños. Y lomiímo digo con dichos Autores en cafo , que Ordoño , osa liendo Laura corrupta, como fe Ítpone lo era, ora fiendo viuda honefta, ora endo doncella, la huyielo folicitas do*, an averla vencido á la copula , íi de dicha fo-. licitacion (ele figuio alguna infamia,o daño, con tal ¿que la folicitacion fuelle contra la voluntad de Laura. Y la razon es la miíma,pues tambien fue en clte galo cauía injulta dicha infamia , 9 daños OBJEGION 4, Gontra la refpuefia al cafa, 1 la dodtrina de nueftra relpuefta lez gunda fueile verdadera, fe (eguiria que podia eltár obligado 4 tanta reltitucion,cl que violentamente conoció ¿la queno eya dangeita, somoel que violentamente bonoció:4 la quelo era; 41qui, elto parece cola dura,y-fuera de razon: luego no puede fubliftir la doétrina de nueltra rel- pucíta legunda: la menor” parece clara , porque donde la culpa es mayor , ha de ler mayor la pe- na: Cap, Cum bona de state, O qualirars. Cap. Tanta de exce[sib. Prelar. Y aísiliendo mayor la culpa,del que vielenfamente conoce ála doncella, que Pa que ho lo es , no es digno de tanta penael que del dicho modo conoce á la corrupta ¿como el que conoce á la doncella. Refpondo al argumen» yo , concediendo la fequela de la mayor , y niego ¡2 menor; porque aísi como no es ablurdo,ni cola E 63 dura 313
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