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Fratalo XVI De la Refritucion: daño feguido 3 La tal doncella. Y fc dixo qe loquendo porque en algunos calos:no voi x - vado A calar con ella el que debaxo de dicha paían bra fingida la defloró , y Lon: 6 270 Elprimero, li el tál promitente fu ÁS mas noble que la doncella, y efta fabia, y era no- ticiofla de diche excelflo notable , como [e dixo en El muro, 59. COR muchifsimos Autores en ¿l citas dos.El fegundo , quando fiendo el promitente de Condicion inferior , o Lolo igual en nobleza, y fis quezas , pudo la tal do sicella, 9 promiflariaconue Cer , 0 rezelar prudentemente 3 que dicho promí- tente hablava con ficcion, y dolofidad , O por la inconflancia de las paigbras ,0 por (aber ella que avia engañado ¿Otras > O por otra razon pruden- te.Y en efte cofo en que prudentemente pudo co- mocer la ficcion, y dolofidad,y no obftante le des Wa violar ,no eftá obligado dicho fiéticio promi. tente 3 refticuir , O recompeníarle los daños que 4 ella le le figuienron precilamente por la tal defio.. facion y legunla mas probable , y comun opi Tlon. 171 El tercer tafo en que dichio fidticio pro. intente, y defloranténo eíta obligado a calar con la defloradi es ; quando de contráer el matrimo. hio con ella le temen prudente, y razonábiemente iñas, diicordias, dillenfiones, O efcandalos, entré Los parientes de vna , y otra parte. Pero mo baltara "Él que dichas cotas le teman conieve , O Con po €o fundamento. Y fe advirtió alli , que muchas vezes (uelepal principio de eltas materias levan- taríe grandes irquieruides , y borralcas , y lerez marie, y apociguaríe luego y y alsi es necellaria gran prudencia en governar eftos lanzes. 272 En la Conclufíon 2 3.nwem. 64. le dixo, que el que debaxo de promeíla Émgida de marri. amonio defloró ¿ vnádoncella , que era notable. jmente de inferior condicion 1 el pero ella igno- raba tal exce To fi lo labia, Fue la promeila er lo "exterior tan feria,que ella pudo prudente, y razo» mablemente tenerla por verdadera , y no fingida, efta obligado cafar cog ella , fegunla fentencia amas probable ) aunque legun femtencia probable, mo elta obligado 1 tal calamiento 5 pero todos los Dodores convienen en efte caío , que (i no caíare eon ella, efta obligido Areflituir, y recompena farlerodos los daños, y perjuyzios que le huvies ren originado de dicha defloracion , al modo que efta obligado 1 dicha recompenía el que con fuera fa ,O engaño viol92 yna doncella. * 273 En laconcluño 7 4.nwm. 65. le dixo, fue el que debaxo de palabra de matrimonio, «aunque fuete leria , y eficaz , defloró a vna, que dixo eradoncella , no fiendo , ni efta obligado d calar con ella ,ni 1reffituirle algunacola , fi el dió la tal palabra fuponiendo que era doncella, y malo engañava, Enlaconciuñon 15. num. 66 (e dixo, que el que debaxo de palabra Gngida de ma. trimonio deford 4 vna , que juzgába integra , y Woncdla E halle ciertamente-que ño lo cs , auna ue ella no aya (ingido la virginidad Ñ bidichá ue eftaba donceila , no elta obligadoA catar ton eila ,fino folo 4 reftiruirlé los daños , que porlá A copula le huvieren feguido , y alguna cola por shiíma copula,aunque po tante como li fuefle don: cella, afsi lo afirman muchos Citados en dicho nuz mero: En la conclufion 26. nutm. 68, le dixo,que el que con palabra fingida de matrimonio confia guió lo copula de la que (ay queno ellaba 1Mte ra , 9 doncella, ni era de muy inferior condi y á él no eltá obligado ¿calar Con ella), menos q fiendo viuda hoñnelta , Lolo huviere fido COrmúp en legitimo thoro. Pero eftará obliga do dicho fic tíicio promiteñte a recompeniafle los daños proce didos de dicha eopula , y algo porla copula mid mas en qué convienen los Dottores,veanie di 8 doétrinas en dicha 1, Confor. y lngares ci 2374 Enla Conferencia'2. $. a: conslafo 6 nom. 196. [e dixo, qie el que teniendo voto! Í y a ple de caítidad , 0 Religion, contraxo casi con vna doncella, y debaxo de dichos detponlá les la defioró , no eftá pbligado al cumplimiem del roto, fino que eta obligado Veglarie con ellá quando elta ignoraba que el digho defiorant “U nia tal voto , y le citaron alli los Pátromos ded cha fentenicia. Pero fi elía (abia que el dicho pr mitente tenia hecho tal voto , le engaño a A ima , y el deflorante no eftaba obligado 4 cala con ella , nia relarcirle , 0 recompeniarie 10% ños originados por fola la defloracion,cgmo e xo en el mum. 198. donde e advirtio,como ($ be portar en orden 2 cóntraher el marrimonid! en orden 4 pedir el debito , el que con dicho defloró á la doncella, en el caío de eltar obligl d calar con ella, y qué fuerza tienen dichos yO y en qué modoceilan , Y no cellan , y qué be hazer delpues dela muerte de la muger, A fe alli. / ¿275 .Supongelo 3.que.el que fin violes fraude,0 engaño violó i yha dorcel1% conlnH do ella libremente , d porque élla miima (e 9 ció¿ la copula , Ó porque contintió a vna 4 peticion , 0 induccion del varon, no eta ODM do 1 seftivuirle coía alguna, ni á ella, ci A dres , hablando para el fuero intetiorsy de € ciencia 3 lo qual (e entiende fiendo la copuli oc ta , y precillamente por élla. Efte Lupuelto es muniísimo de los Doctores, como fe puede rá Tapiaquefl. 25.4rs. 4. num. 1.92: Tamb ario l1b.7ucap. 5.5.3. num. 5. Calpente (uprankm Salmanticenfe/mpr. $. 1.num. 2. Manuel 0 Concepcion di/p. 4. qua/?. 1. Torrecilla Lobi 6. del Decálogo, cap. 3./cél, 3,6. 2. quajida mum. 31. Jquefiro 3. num. 43. Lugo di/pas fet. onu. 2. y 3.quecitana Tos demás! razon de la 1. pare «del (upueíto es, porqueja 23,7 volenti nullagit iniuria. lega 1a $: -JGR adeo, ff. de iure ur. leg. 1-1. die adismib. em Mi leg. nemo prefumirnr. ff. de re£ul.imr: capado ti, O confensienti, 27, de regul sine. luego re E]

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