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a Encfía Sexos Pares de Conferencias, Si viene obligacion de reftituir el que aconfejá el daño, y entes de la execucion revocó efi cazmente el cuníejo »< intimo la revocacion al aconfejado 1 y elle (im atender 3 la revoca» sion , lo executó 3 pag. 176.num. 760. Qué debe reflisuir , $l que á quien avia reluelto burtar cicntosaconfeja que austa cientoy Cin- quenta 2 Ibid. num. 7614. Si el que con lu ral exemplo es cauía,Ó ocalion, ¿e que le haga vn dáño, lo deba reflitui? ibid, nam.761.y 76% ::. to ¿ Qué obligacion: de reflituir tienca, quando dos “ Sunrámente aconícjan yn daño:pag.177«DUIR. dir VA AAA Qué obligacion de toltituir tiénch los Juczes ,Ó ' Capitulares , que pudiendo impedir con Cus rotos, O [ufragios la fentencla, O eleccion ín- juíta 0 indigna, Do acuden a dar los votos,0 fufragios? Ibid.num.765.766.Y 767% ,, Si e(ti obligado A'reftituir > cl que mando mataf 3 Pedro, quando el saandatario , por mata ¿Pédro , mato 4 Juan , juzgandolo inyenéis blements pof Pedto. pag. 17 8.4num. 76$ ad 775- pa j .. Si el amo , que manda al criado la execucion dé va daño , que yd el criado avia reluelto exe cutar , deba recompenlar dicho daño 3 pagin; 179.4040,776- ad7dn id, si deba recompeular el daño ¿el que mañdo (d hizielle , quando arrepentido del mán dato; lo revocó , y defpacho avifo, para que no Le hi-. zielfe dicho daño jmas el avilo legó quan» do ya el daño (é ávia executado. pag» 181. a num.783.4d 791, ¡Qué obligacion de reltituir tieñe >,€l queavien= do mandáda la execucion de vn daño sy 100 yocandolo Aefpues , y no queriendo el maná dado idmitir la revocacion »hizo el daño , y. advirtiétido dicho mandante + que Le haria el daño , pordicho mandatario , ño avisó, d ad. virtió , 4 quien le avia de hazer el daño, pora que le guardalle > y defendielle? pag. 182,4 núm.792.ad $01. ¡Qué obligacion de reftituir tiene ¿el que duda, de que (i fu confeja influy9 en que le hizieffe algun daño v, «Homicidio , hurto, Sc.pag. 185.4num.S8oz.ad8 12: Como fe conocerá , (1 el confejo influyó ¿9 no) pag: 187.3 num. $14.1d8:16. 5; baíta la tevocadion del confejo hecha con efi. * gacia , e intimada con ella al afonfejado, juza gandola baftante , para que no exccute el da, ño, para elcular de la reftitucion al que la asonícjó , fino obltañte todo lo dicho , Íe ésuso el daño ? pagina 188. 4 numero $17, ad 835. uienes le dizen lifongero » 9 adulador, reci. piente, y participange , €n quanto d la obligas Pars Vil, AT ) er y 2.2 PODER mn . 647 cion de reltituir. pagina 189.4 mumer. $8 262 ad $30. Por qué accion, 9 concurfó eftx obligado á ref tituir el participante en el daño: pag.191.nus . mer. 831. Quales fon caulas negativas obligadasa reflix tuir , y guiado ellan obligadas. Ibid. á num, . $3211ad835.. , Si efta obligado A reftituir, el que queriendo Pez dro , Y. e. impedir, O evitar el daño del prow ximo , perfuade , € impidea Pedro, que no impida , d evite el daño? pag. 192. 4 numer. -836.ad838, ” ] Si el que no eltando obligado de jufticia , 2 ima pedir vndaño, lodexa impedir por odio ,Ó mala voluntad., que tiene, 4 quien le intenta hazer , eltá obligado d reltituielo , 9 recom= peníarlo ?Jbid. num. 839. y 840. Si las guardas de puertos,campos, viñas 8cc. dez ben refticuir lo que reciben por precio , par callar,ó no cnanileffar ¿los delioquéntes:paga $ 193.4num.841o i el quo recibe en cultodia ,g guarda vna coflg hurtada , tiene” obligacion de reftituir , y 4 y» quien? pag. 193. inum. $ 42.ad $45... 8i el que recibió algun precio ¿porque no emba razalle , 9 imipidietle el daño de al proximo, quando no eftababa obligado de julticia,d ima pedirlo deba relticuir dicho precio? pag. 194. - ¿num.846.4d4854. Si el ériado, que no impide los hurtos, d daños, ue A fu amo hazen, aísi eltrañós ¿como do melticos de diéboamoseíHi obligado Ala rel titucion de dichos Hurtos , Y daños. pagina 195. ¿num.855.ad $62» Si las guardas de puertos , campos , Sc. que no mianifieltan á los delinquentes,deyen relticuie las penas, d multas, en que dichos delinquens tes huviéran fido condenados', O tenian im.. pueftaspor losdelitos 3 pag. 197. 4 numero, 86 3 ,ad 3 74 ; Orden de la reflitucion: Orden ,con que eftán obligádosi reftitur las cauías de el daño ; y diftincion entre la cauía ptincipal > 9 primaria, y la csuía (ecundaria, a principal. pagina 200, nuaicto 875- Y, 6, ficas e(tA obligado i ré(tituit en primer lugary quando muchos concurren 4 va hurto ?p4g. ¿oo,num.$77.+ Y quien , quando alguno tiene la cofa,que hur taron otros, 94 cuya hurto ro eoncurrid4 Jbid, num. 878. Quien efta obligado en primer lugar , 4recom= pentaz el daño ¿ quando muchos lo caularon, di 3 bad o

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