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A 596 . Breve Compeiadio de ve Tratido de Contratos, 'ybas , olivas ; manzánas, para facar el licor , me- diante jornaleros.» y venderlo ¿no peca, li lo ha= ze con lajulta cauía de po poder de otro modo Luftentarle 5 pero f'executa lo dicho in necelsitar de ello para (uftentarles peca ; y obrá contra dicha prohibicion; p 20 37 - ¿Nopeca contra dicha prohibicion el Clerigo > que compra heredades frudtiferas , y delpues vende los frutos de ellass Peca contra di- cha prohibicion el Clerigo que arrienda hiereda= AE, , falinas 0 rebaños ¿ para vender deípues los frutos , y adquirir lucró, y ganan- kia, Para aber que le entiende por megociacion prohibida a los Clerigos , y Religiofos , fedebe areuder miucho ¿lá comun eftimacion , y prac- tica de los prudentes ¿ y timoratos, Peca mors talmente son obligacion de reftituis el que coms pra gran cantidad de ttigo .entiempo “de abun» dancia, y lo guarda , y vende masearo en tiem po de penuria » y elto no Lolo fegun el derea sho Poíssivo fino tambien legun ¿l derecho Natu= fal, 3 en menos de lo que es quando el acreedor tiené eran dificultad en cobrarla ,0 para cobrarla ha de Ba zer grandes galtos ; y el que compra dicha den. da, padece Lucro celante, O daño emergente com prandolá $ con tal que lo que fe dá de menos: porel que la compra » (ea igual, y proporcionado, ala cffimacion de dichos galtos, o elpenías , lus" ero telante , y daño emergente. Tambien es hici. to comprar la deuda en menos delo quees aun. que el que lacompra no padezca lucró celante , O' deño emergente , (1 en cobrarla, ha de tener di. cho dómprador galtos, y expenías contal , que lo que, dá de menos, fea igual á dichos galtos. Tambien es licito comprar dicha deuda en menos delo que es , aunqueifolo:el acreedor. +quien fo compra , (ea quien tenga dificultad en. la cobran= za, 0 aya de hazer gaftos en ella, y el que la com. pra pueda facibmente cobrarla, 0 por mas maña, 0 por mejores medios, paracon el deudor, con tal quelo: que dá de menos fe proporcione con' lo gue (e eftimare; la dificultad: . y galtos que: avia de hazer, el acsedor en-la cobranza. Y le ado yierte ,queel mimo deudor, que tiene la cula pa de dichas dificultades), no ¡puede licitamente.- mprar la deuda eá menos; y Lolo la podrá com- praremmenos dicho deudor , quando el "no es; la cauía, de las dificultades, y lin folicitarlo el; el miímo acreedor elpontancamente le pide que te la compre, Tampoco pueden comprar femes jantés deudas los Miniftsos y Oficiales Reales, 9 publicos¡por sl 0 por otrosyfizndo dichos Mia, niítros los-.que por oficio Jeben pagarlas¡ó dar li branzafQuando el deudor no. tiene con qHe paz gar ¿ius es incobrable el acreedor no la puede veñider. ] 39 ' Porel derecho Celareo , porel delas Pandeétas y y por el Real de Caltilla > ls probibs 38 Lícito es comprar Yna deuda ,d'creditó' - ¿todosilos inferiores el vender guafqui ra ob publico, ora tenga anexa juri(diecion , ora noe tenga,y efto baxo la pena de perdimiento del og. cio , y del precio , pais 5 y alsiel venderlaz es pecado mortal, y el cofitrato de venta es irrito. 9 Alo ritenos irritable. Aunquefa Hen: ) oficios Secularestengan, d no ten; 0 diccion, no esilicita,arento falo el derec ral,y confiderados dichos oficios ferun ro en lapraótica,mo es lícito veriderlos, y Íer yor culpa venderlos que tienen anexa Gur cion, que los que ño la tienen yy auoq e vezes fe praética lo dicho, en/quanto 3 Los bios Seculares , que no tienen ¿nexa jucildiccióne no, apruekbo dicha coltumbre, alnque tampog p atrevod reprobarla politivamente, 4 $ NA 4o EL monopolio es coffpiraci ' AL_% muchos, en ordená la venta; hablando con latitud , no nece(sita (de con cion,y alsi puede (er de quatro maneras.La 1.60 curriendo muchos in conípiracion , 0 convehi 2 comprar las mercadurjas , para venderlas 4 mí yorprecio.' La £, quando confpiran muchos) convienen en vender , 9' comprara tal precio , Y no 4 otro.La'3. quando algunos procuran, y di nen. que no entren mercadurias para vend ellos las (uyas, La 4. quando alguno > 9 algun sonfiguen facultad del Principe , para que ellos) no otros, puedan vender tales generos , O; duras; Efta quarca elpecie de monopolio, hecha! por el Principe conjulta, y razomble cauía, dex! bidascircuiftancias ,'eslicita , y Le Suele Linda Ejftanco , y los quetienen dicha facultad; añ queros. Tambien lé reducen al monopolio algue nos conveniós , que fe fuelen hazer , comof Oficiales con(piran en que ninguno perficiol obra, que otro empezó. Si los jornaleros nen 'en no trabajar , lino 2 tal jornal. Si convienen en divulgar lg voz de perdi ra, O Galrones, de rebaxa de moneda, pa las cofasmás caras, Si en las almonedas le ga, O dize que ay quien de tanto precio por la 40% la, para que'el que llega fuba del, y o [mo fuera de almoneda ,'0 al contrario quando los compradores “convienen en que no le Evan precio masque 1tanto. DN cd 41 — Elcontrato mohatra fe haze quind vno neceísita de dineros preftados, y o halló do quien fe los de, llega 4 vn Mercader , y le de | le venda algunas mecadurias al fiado , y luegoR miímo Mercader , OA otro pide que le las coma pre para lacar el dineroque hecclsica , y fe laR compra, y paga lúego A” : y precio > que: E ñ lido es e e genero q bi tl $ p y 1 AN lásavia vendida l fido, Y fráto €s pcligrofifs '9 > Y

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