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44 eucava la fuga, era la caufa principal, y primaria, y no pecando elte contra julticia ; privatido á la Religion de dichos bienes, tampoco pecatía con» tra juíticia Latonio-, porque el que coopera á yna accion , no peca contra júlticia , di la execucion de dicha accion no escontra júlticia : fed fe eA, ue ello vltimo es falío : luego Latonio eltaba obligado a reftituir a la Religion dichosbienes, y emolumentoss' La menor Le prueba: porque quañ. do vno con fraude -; violencia , O miedo»; fata al profeílo de la Religion,todos confeilamos quepe: ca contrá jufticia conmutativa el que aísi lPíaca, Ó pone dicho engaño , fraude , Suc. Y efta obliga. do i la relticueion de los daños , que padeciére la Religion por dicha lalida , como queda dicho en el $. antecedente , num, 117. y no obítante efto, el Religioto en la falida,no pecaba contra julticia, fino contra Religion , y obediencia. : luego ya puede no pecar contra jufticia la cauía principal, Sex feguentesy pecar contra julticia la cauls con- liliánte ¿O fecundaria , 9 meros principal. 1431 Y le confirma : porque el que con franz de ,0 engaño, períuade 4 Pedro a queno dexe4 Juan vn legado , que le queria dexar. ,. peca coni £ra julticia, contra, Juan, y no, obftante Pedro que £s el que avia de dexar el legado , no peca contra jufticia no dexandolo + luego ya puede pecarcon. tra jufticia el que coopera coh(u confejo 1 yna accion , aunque no peque eontra julticia el mil mo que executala accion. 144 Relpondo: diítinigo lamayorz porque el de coopera d via aceion, no peca contra jaíticia, la execucion de dicha accion, no €s contra ¡ufti, cia » li le habla de la puracooperación ¿dicha ac. cion 5 concedo la mayor: fi te habla 'de.la coope. racion, que fiendo tal reipeíto de dicha accion, le revilte tambien de la formalidad de cauía prioci_ * pal , retpecto de orro derecho; niego la mayor, y diítingo la menor del mimo modo , y niego la coníequencia : A la prueba de la menor , concedo el antecedente , y diftingo el conúguiente. Puede ho pecar contra jullicia , lacaufa principal , d ey Jfeguente ) y pecar contra jufticia la cauía confi_ liante, 9 (ecundaria,quedando enfer de cauía pus ramente coníiliante , 9 [ecundaria y niego la con. Lequencia : puede no pecar contra julticia la caufa hs 0 ex fequente > y pecar contra juíbieja a cauía confiliante , ó fecundaria , pallando 1 re. veltiríe de la formalidad de cauía principal, d pri. maria , reípeéto de algurr derecho , concedo la confequencia, 145 Demodo; que quando en la prueba de mueltra relpuefta ,diximos , que Latonio por di. chopuro , y irmple coníejo no podia pecar con. tra julticia en ordon 4 la Religion, fíh que el Re.. giolo que era el ex fequento , O cauía principal, reípeíto de Latomio , pecalie contra jufticia en orden 4 la miína Religiort, diximos bien, pues es £onftante doétrina , que la cooperacion dexecu. Lar vna coía (4 por orro capirulo no participare Tratado XVII, de la Refltucion. la razon de injufticia , Coro l4 puede participas por mezclaríe-coh engaño , violencia , ó micdo ) no puedefes contra jufticia: commutativa , Ái la execucion de la miímacofa ho es contra juflicia conmuratiya , pues la cooperacion , d induccion áyna cola ¿3 mas dela malicia que tiene la miíma cola, folo patticipa la razon de elearidalo ,9 peca, do corítra caridad, como fe ve claro,pues el que induce á vna accjon,que ño es contra la templan... z2,n0 peca por tal induccion contra la templanza; y el que induce 4 vha Operacion, que ho es contra la caltidad, ta mripoco peca cortra caftidad ; pero alsi como el que d vnadoncella induce 14 fraudes niengaño-, y la (olicita 3 pecar con yn (oltero, lolo comete pecado de elcandalo , y de fimple fornicacion 5 mas fi dicha induccion le hiziere ¿ $ con engaño , diziendole que la fornicacion noes pecado , 0 cor violencia , y miedo , 4 mis de día thos pecados de efcandalo , y fotnicacion ¿comes * te pecado de injufticia conmutariva; porque feng do fimple , Y pura lainduccion , el tal inducette era caula [ecundaria , refpeóto de la éxecucion de: dicha culpa 5 pero añadiendo4 la induccion diz cha violencia, dgengaño , le revifte de la forz malidad de caula principal , y aun vnica ¿ que* Obra contra el derecho que dicha doncella tiene ,4 que nadie cón engaño ,' 9 violencia la precille , 9 iuduzcaal pecado; aísi tambien el que con imples y puro conejo perluade al Religioto la fuga de lá: Religion , no puede pecar contra jufticia conmué tativa, reípetto de la Religion , fiel miimo Re ligioto no peca contra juflicia , relpecto Me ell enla fuga , O falida; 3 146 "Y alsinueltra doétrina le confirma con los dos exemplos , que [é ponen en la prueba de lá menor , y en la confirmacion; pues Íi peca conk trajuíticia , como todos confeflamos , el que con. fraude , violencia , 9 miedo facade la Religionall Religioío, y el que con engaño) violencia, O miék do haze que Pedro no dexe a Juan el legado, que intentaya,es, porque en dicH8s cafos no es cauía puramente conitliante, d lecundaria , reípcótodel exfequenze > lino porque palla á Ter cauía prineja pal > y aun ynica contra el derecho, que Juan lez gatario tiene 3 que ninguno con fraude > violena cia, O miedo , impida al que le quiere dexar el lez gado 1 Pedro »Quelelo dexe. Y tambien el que con fraude, violencia, d miedo faca de la Religion a lu Religioto , hizo injufticja al,miímo Religioz fo engañandolo , $ hazicndole violencia al modo que le hadicho del engaño de la doncella 5 y «ame bien haze injuíticia á la Ricligion'porque ella aun queno tenga derecho de julticia en el Religiolo, ni en los emolumentos que el gana con (us trabas los , pero tiene derecho de jufticia A que nadie con fraude ,miede , ni violencia , le privede di» chos emolumentos,ni del Religiofo. Y afsi como, porque Juan' no tiene derecho dejuíticia al lega do , que le quiere dexar Pedro, nieíte efta oblía gado de jufticiad dexaríelo: el que son puro » Y ; fm»
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