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633 Breve Compe obligarios contratos perficionados , o no porfi. cionados ; prin<:palmente (dh: de ellár a la E tencion,y mente de los contrayentes,y ¿las cof. tambres , y leyes municipales, Bl CONtráto ECM. firmado con juramento, obliga en conciencia,con bb:igacion de julticia., y de reftitución , ho fe cumple. Y tambien produce obligacion en el fue- ro exterior Canonico , y Civil. $. 'Elcrrér ,y dolo antecedente ,| ecotca de la Cubllancia del contrato", lo hazen nulo 2 irrí. to por derecho natural , aunque fe le añidaja. Fafnento,, Aunque el .crror ,y dolo »£cercá de la fubilancia del contrato ¿fea folo concomitento, ogueno: di coulsal cóntrato,, lo irrita , y anula en el fuero interior y y atento el derecho paturals Los Contratos , vías vezes [on abfolutos 5 porqué» hofe hazer debaxo de condicion, modo ,9 Jen monflrac'on. Otrós (on condigionados , Oshodá. los y porque fe hazen debaxp de o todo Ay coñidicionesintrinífecas , y condicitos nesextriníecas , condiciones honeftas, y gondi: eionos torpes , 0 inhoneltas. El contrato eclebta: do debaxzo de condición contraria á da (ubifancia del milmo contrato, es itrito , y nulo por deres secho natútal. La DNS de preterito , O dé prelente , noulpenden ip furar yo Ya obligacion del tontrato. Las conditiones generales , v, gr. fito confntiercs , fi vir gremos, precilamenté tomadas , nó fufpenden la ge, nó del con= trato, La condicion hontlíta de Uturo CONtina gente [ufpend: la obliga n del contrato , hafla -que le verifique, y verificada , pala el contrato 3 fer abío'ato, Avira y fin confentimiepto nuevo, y folo con que el primero ho fe ayd tez tratado. | 6 El confentfmiento! terior , no baíta para+qhe ra E cota El coo 'y Lea onerolo > Lea lucrativo, tomo no fea el atrimonió > 0 las cla peníales , de que le habló € fu lugar) celebra», do por miedo injilto > que ac en varon conltan. tante, y Ordébado 4 lacas el confentimiento ,es valido , y firme , atentó foles el derecho natural; y aun atento el derecho polsikivo, es valido; pero 1c(c ndible por el Juez ¿hiblando reghlarmente, porcue ay alguños' contratos 'que [on nulos por, derecho pelsitivo, quando fe contraeh por dicho Ingido ,Ó puramente “miedo, y cltos le pueden vr en ula confer, 1. X $. 2.1um, 373. El contrato celebrado cón dolo, Ey Engaño, que folofe termina 1 las qualidades puramente accidentales y y' no redundantes en error de la fubltancia del contrato »esvalido, atento 'ebderecho narural., y polsitivo +pero el dolalo) y ebgañador ; queda' obligado 4 relli. tuirlos dañós féguidos del engaño dla parte en- gañada , y Mopuede retroceder , 6 refcindir el contrato , ménos que quiera'el engañndo. La condicion de futoro impolsible de Derecho y 9 «de Hecho , orafea impoísibilidad phyfica, ora moral, y da condición tocpe, conocidas po ta nai de efte Trátado de Contratos; el * La que conocida la AS e €l contrato 0b!igué + qualidaes ,d accidentes que lo fueffen lespor los contrayentes Y puelos Corfamole al contrato (no fehabla del: matrimonio, a timas voluntades , de quee hibiden la dul parte, y en otras )analañ, Virritan e] conta en ambos fueros $ pero6 1 0 htrayenses fl juzgan por: pofsibles,, 9: porlicitas y honelláh no estulo ¿p/0 facto ¿(ino qu nden, torpeza de 13 Cobdicion., expliquen fu e eMtimiento.. dl condiciontorpe ¿ficnda de preterito 0 de Stes Tente ho irrita cl contraco; fiendo verdadera de Prgterito ¿0lde prelente. Elcontiato beat lo debaxo de condicion de futuro «Conti 4 ta,y honcíta, mo obliga abloluram que le verifigue Ja condición, Nlogu partes puede retroceder. del contíato « $ nado , antesque le. verifique la condicion y: di iS gue al tiempo de verificarlo Íi mio 'tiene: cor tens timiento de la otra partes Para quí obligie «blo. lutamente el £ontrato condiciona 6 ; no hala que la tondición fe Cen 10 que'fe ha,de cumplir en forma e pecifica.. Cía plida la condicion en forma efpecifica., obl abfolutamente Gin nuevo: ¿onfeffimiento , Lol con que el primero no[e ayd retratado , OmO 4 riba le dixo, AS E, d 7 El contrato celebrado por miedo! julto ,Iinpuelto para [car el confentimiento! Valido enel fuero de la eon € fimo fuero.lo padra tefcindir e que padecia €l mie do : masen el fueroexteriorno esrelcif dible ,aun A peticion de] que pádecio el miedl El que vendió vna cofa por miedo grave ¡ojul Ne para quelé vendiele le imputo el compra Or,¿Ú “otro tercero ( la qual cola, el ompra dor vendió 3 otro ,en cuyo poder fe halla Jihad be derecho para recobrar dicha cola vend ida del lugeto, en quien fe hallar, fea terceros | LD, 9, mas polleedor. El que! celebró y ' ¿Lo de compra;y venta, contrror, d engár antecedente , y que did cáuía ¿la ce : brac del contrato, y lo causó el otro Contrayenté; fodicho error, 9 engaño [olofue acé A PP ye A ee Pl 7 Ciencia; pero € to de la cola phyficamente tomada, y tomada moralmente , d en quanto a los. manos, Eclebro compra valida en el uero in sior ,Ó atento el derecho natural y ton el exgerior , y atera el derecho pofajt dicho comprádor engañado podrá contrato en el fuero interior,y em! ne accion para pedir que (e refeini penle el daño padecido, Y. vendedor eftaba obligado 4 compra, hablando enel fu mientras el comprador quí €on tal que dicho ver de ble en el engaño. Y élto buena fez, ora en los Aria dedór nofus
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