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Rodrigo tenia orden; y mandato de deftribuir.di » JE chos bienes 3 los pobres, que quiliere: Juego apli4 Mo icandofelos a si iímo, y conlumiendolos;fuereo de fu obligacion , O faltó 4 ellas Reípondo con ¡Villalobos , Salmanticenfe ; Tapia; y Otros que ellos citan; qué dicha ley foló habla del fuero exa el terior, en el qual fe prelume fraude, y dolo > mas 1 no habla para el fueró de la conciencia , quandd ccfla dicho dolo; y fraude , y por configuiente diendo Rodrigo verdaderamente pobre,podia licia tamente aplicarfe 4 si milmode dichos bienes; y y: focosrer lu neceísidad, y PODrezas 6 OBFECION: HN i Contra la mima re/)pues , e. k 440 , , AER seftador tolo huyiefe. 5 ¿de A dicho,que dichos bienes le dif tribuyellen a los pobres, fin derácircunftancia , d ¿limitacion, pudo Íuceder ; que al tiempo de dicha "difpoficion 5 tuvielle el telftidor noticia de lap breza de Rodrigo; y 0d obítante ¿ia exprellalle, 08 que tambien fuelle comprehendido Rodrigo entro los pobres: Sed fic e/8; que en caló de tener el ref 11503 $70 Tratado XVII De los Contratos. 50 OBJECIÓN ih. ¿AI dei | or pEc10N po: ' Contra la mima re(puefias e A AS DUNA co | es re(pue/ A yes Fonera la mifmare/pueá; A hi 501 Nleg..Si mandavero, $,Si ribi0em>, MAN a ¡ 44 nm nandati, le dize: Si mana 4504 TL Religiofo ;.: Prel ado: de, Nutto davero sibi, urdes centum aurcos, cui valueris y O Í el Convento,que queda pot T confumpleris , esreus mandar. Sedficief qué inentario , y debe comotal diftribuir ales mofnas entre pobres,no puede aplicar partec aplicar parte alguna Asi mimo de los bienes del teftador, para focorrer fu pobreza,y la de fs pa. sientes, Reípoudo, negando la doftrina de el: tecedente Con dicho Diana , y otros muchos alli citfl, con Villalobos dicho um. 9.y con: Sab manticente dicho a, 5 69. y con otros muchos qu elle citas : dea AN í. 1505 "Y feadvierte, que quando yn+e diípone; que fe diftribuya parte de (us biene entr los pobrés ;-no puede el Teftamentario darlá tod; a lolo vno,cómo ¿dyierteri cómiinmente losDog: y, Toresen Sanchez dub.6o.1.7.Lugó num: ¿804 ¡Piar Villalobos dicho | Pl (O A CONFERENCIA XIX: | DE LOS LEGADOS ; Y LEGATARÍO mim 9s : EN y Es ¡19 FER | tador dicha noticia, y no avierido exprefádo PA o DAA y fuelle peta, Rodrigo 3 no podiá:cfta ¿Votados acerca de loslegadas, y legarari | aplicaríe dichos bienes , como lo defiende Sánchez At PEA ee. 136.6. in Decal.gúm, Capri 1A M5 45 Fo 5 Legun ¿SUMARIO? sy de ' citan Diana ANAYA. Luego lo; , AN ON "ml . menos, eo calo queel reltador huriclle fabido lá: nefealerado.: ¿e difininé del Ba MU pobreza, y necelsidad de Rodrigo » nopodriaclte ; mifo A Codo ed a Ces de | aplicar porcion dé dichos bienes ¿para el lecorro Tina ProPoficion condemadá. en mareria de yr de lu pobreza,y necelsidad. Reípondo,admitien= : dos. ”.1508, bos 4d Vall do la a $ ello es : me pe E $i/0m validos los legados profaños> 4 poucia de la pobreza de Rodrigo,y ño expielary seg erencia? namera PE que coc OABIN o entre los pobres. Y nes 15 He RÍO pa AR a - gandoládo(trina..dela menor, ¿porque aunque De ausmé, ¡lor Lam Lis Tati Jaschez la defienda, la rechiañad Lugo m.2 82 nen e pea lei y 483, Dicaltillo citado por Diana refol, 47-y<l A guienpertóñecen los auinentosio derrimentos . milmo Diana Parts4tradh. 8. refol, 38 com juar 24 clalegada fucediendo la meiora y 0:40 Sanchez sy Ledeíma; porque aunque ruviededt. -Mento y antes de mor eb reñ den vb teltador motigjá de la pobrezade Rodrigo yipudo y 757 OS CONE At he » tenermuchascán(as Y, no YaE para: no exprellar A quien pertenecen los frutos j que. rinde la i que fucile cos endido entre los pobres, 0 para legaday ¿tuya cuenta corre el majos, 0 no dezir, que fee diede algo de (us bienesg y: Msi numero de cabezas de unrebaño fuecdiendo el no aver exprellado lo dicho; no es baltena desde lámuerte del rehador?mx5 10 00) dd i 46 razon para Juzgar,que quilo Que condiciones imposibles for pech nea Te exaluirloy Derecho, (e tienen por no puejtás e dd se) | 005,7 Ulsimas Uomatader Mx Ss 1g 00 Te E: - : A
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