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E 2 A 5 ( Sasmanticoníe: 1712. 106 COD Otros, que allí cita. Y fé prueba por la lis. Mpt. 13. part. 6.d Me dele dize: Mas fille > que muric fe fin rela tténta , uo aviendodefcendientes ¡nisfcendientey) bosie/f¿ fobrinos de dos hermanos de parte ac fu pudre ,0de fumadro, e fueJen los hermanos am bos muertos ,heredarán los fobriños los. bienes de /u sio, e parsirls han enero si por cabezas 1344 l= mMeinito : ( 1417 Y paraintoligencia de la conclulion, y de los terminos latinos puéltgs ¿fe advierte que aygrad diltincion entes luceder dichos fobrinas, par [Iibpem como quieren muchos , que cita Vaz- quez/4pr. caja $. 3- dube 1.4: 58. 0 luce. der per tapic2 30 por cabezas; porque quedando, *.g.quatro hijos de vn hermano ; y folovno del ótro herarano , le han luceder per /tirpemy Ó por yronco Le ha de dividir la hazienda del: difunco en [olas dos partes, y Ja von leha de dar, y. apli- card los quatro hijos del va hermano , y la otrá parte ¿0 la mitad de coda la hazienda álolo el hi= jo vnico déborro hermano 3. pero aviendo de (u. ceder per capira , O por cabezas , fe há de dividir la herencia 0 bines en sinco sparres » y febam JS - . A le > de dar las quatro partes d los quatro hermanos, ¿ Ñ cada eno la fuya, y la otra quiata paste al hijo vrico dc] gtro hermáio. Y porque ay. muchos c:fos en que los herederos abinseJtaso Luceden per Mixpem,y muchostamb;en en queluceden per enpira, y el aberiguar qualos lean vnos calos., y: otros, gs proprio de los lu:ifprudentes, nosrcmi> timos d'ellos por atender ¿ nueltro iníbicuro. 1418. Conclulton 3. atentaslas ley os de El. peña , la difpolicion de los bienes de alguno pe. regriño , que muriere sbansefraro , emalgun ho. pical , perteneceal Rey. Tra Salmanticenís mam. 108. y conilade la ley 5. £3e. oda: diba gs recopils por las palabras figuientes: Sel peregrino muries re fin haz.rr ee ftarmentso , Los Alcaldes del Lugar. di muriero , reciban [ns bienes, y cómplan: de Nos , para que mandemoslo que hubieramos de, hazer: pera advierte dicho Autor, q(4s fegan mus chos DO todos los: Hotpiralas. de Elpaña tiene, ga ivilogio, para que ls es apliquen 4 ellos losbies) pes que el peregrino.tuviero congo, quando mus siereen el Holpira) abinsefrato, cd 1419, Conolaíion 4«1a fublitucion vulgar (> apába. , y ceffaslucgo. que el heredero primarias. menteánílituido a-epte la hercucia, pues ebíecun.: dariamente inltimido, folo podia heredar baxo la: epndicion;de.que'el primero-o:la aceptalleFam- bi. n cella dicha fublticucion quando el fubltituido, muere antes, que le cumpla la condicion; como li muriere dicho lablítituido antes qúe el primero repudic la heredad, 0 (ca dado pos indigno¿ din» espiz de heredar. Veale el Saimanticaníe mum. 41 1. donde cita ¿Molina , y 4 Antonio. Gomez: Y alli orras colas en orden A quando Íncedén dos herederos del [nbhitres . António Gomez >, E Meta , donde fe pueda Ma. rá Y * el qual caños ayimuchas fubltiruciones ; ; ellos lo qu: patremenejter para [uensarremienen., dicho hijomuriere antes que fu padre 0 por ale y Lo que refrare y guandento y, y' hbaganto [aber A ' 18 Tratado XVI. Delos Contratos, . * 14:20 Conclalon $ la Lubílltucion 3 mas de cefar luzgo que.el pupilo lo dirá delia y entra en la pabertad, como arriba fe dixo; e la tambien , y fe acoba.. Lo 14h e labíticaido MALerg antes que cl pupila, pordueel derecho aa! tenjacl fubltizuido , no pala Alf heredar 2» lucgo que el hijo fale dela patria parc ad Y Le Iyaz/ui iuris, viviendo el padre, y aísi, a profeTandó el padre, 5 ql joen alguna Rulicion aprobada ,cella, y le diffaelve la patria pateflad (1. el padre, que hizo la hubliitucion papilar par! el hijo, profeílare. en digha Buligion, cofsar A la fubflitacion+ y por coniguiente > fi murire Aa” padre, y defpuesde el muriere el hjo; antes. dela pubertad, nofucedeni el fubltituido , Gno loshe, rederos abintefearo , del mifmo pupilo. Veafe el d Salmanticenfe num. 116. dondecita a Tapia, Dio q caítillo, Molina, y otros. 774 É 1421: Conclufion 6.la fubllitucion recipron A €a ,0 breviloqua ,es aquella ,en quelos ioitirajo dos fe fubltituyen reciprocamente por el tellás? dor, como fi dize: inflituyo por mis herederos Y Pedro , y d Juan(ó masíi quifiere ) y lostubilio na adinvicem ,0.el vno al otro. En el qual da o ,el que queda vivo fucede al que muridantes; y enella fubllitucion. reciproca , puede avet dog vulgares, d:dos pupilares , á dos fdeicomiflariag; 2 mezclada vna deorra, como laramente explica A ver, Vealíz Lugo 7 Serum. 437,05 488. Lelsio mum. 9%, Mactiada ; AIN SD 18. Salmanticoníe mm Padre de Oo CIA 0/25 oN E 14:22: Gonclulion7.la fubltitución e 'mpeni diofa es aquella ; que incluye ; y embuely : chas (ubfliraciones. con reípecto A diver pos, y edades; como fi vno dize: lofkir mi beredero: 4. Pedro mi hijo, y!en : ticmpo que 173 muriere , lefublijtuyo. o por ; alquiera Juan. : " P . guna otra catíano le fucede ¿ dicho padre, fu: Pedro (ubitiriido, cn virtud de (ubititacion val gar; 11. diche hijo, acepto la herencia , y muere antes dela pubartad., lucédera Pedro por fub Y tucion pupilar, y 6 el Kijó muriere ¿viendo llega: dai la pubertad , fubcederá Pedro porfublitu» gión fdeicommiaria, Y li dicho bijo aviendo Mes gad ala pubertad muriefe Joco, y fin juizio faz ceder á Pedro por (ubllitmcion exemplar S con tal' que dicho hijo, antes de quedar privado de jui 07 “no huviefle hecho. teltamento; porque fegun la. comun delos 1D. no tiene lugar. la fabltitacion! exemplar, quando el dementada;'0 din juizio, an tes de caer en “ella defgracia , tenia hecho teltas mento , pues.elledebe: (ablillir ; y le ha de eltir , á el. Veafe Villalobos pur. 19. Lefsio mum, 9 2e Machado nurño Be Lugí fepra Torrecilla qye)" 7 14mMw489» Salmanticeníe num: 128.7 anies í ES 0, 7 120, > SAN EA ”” «Con- 5

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