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1368 —Enquanioa la fezguada parte del ante. cedente relpondo ,que aunque dicho Torrecilla defina e, qued madre arentas las leyes de Caltilla; la contraria defiende mas pobable Thamás Sanchez deb. 10. 1.6 con muchiísimos, que alli cita. Pero cóncedi.. dadicha lentencia de Torrecilla, la qual tambien ligue el Salmanticeníe mum. 5 9.y es conforme 4 lo que dexamos dicho enel cafo antecedente fupo 3. nun. 1355.le niega la conlequencias Y la diípa- ridad contiíte, en que (como antes le ha dicho)las leyes de Caltilla excluyen totalimente 11os elpu- rios de lucadér á los padres ¿yá las parientes pot parte de pa Ire mas en orden 4 (uceder 1 las mas des, quando las leves habian de dichos hijos facrís legos , no losexcluyendedicha (uceision, (1 nó Lolo de lá (uceísión á los prdres , como confta de las palabras dela miímalev, pues enla 9.de Tos ro Lolo te dize : Salvo fue ffen hijos de Clerizos, Breyios,o Monjós profeffas que en talcafo JC Cn ¿nos nijos lacrilegos fugeden á la se mos, que fo guarde la Ley del Key Don Juan ,0t= thaen Soria. Y emdicha Ley del Rey Don juan t 1 a a ps ER RSS fololosexcluye 4 dicivas hijos facrilégos de here. dar alos padres, pues dize: Ordenamos, ) Mándis mos, que los tales hijos de Clerizos, no'asan,ni pea reaen mi pueñan baber,ni heredar 103 biendo de fas padres Clerigos. NV eale Terrecilla n.427.0 418, y¡encl, y endicho Sánchez dub.45.algunas curió. fidadestocantas d la mareria de cipurios, CASO lll 1369 Aíchafio quedo por executor , 9 teftamentario de yn teftador,que mando diftrivuir lus blenes entre pobres, Palcha- ho tenia vo hijo efpurio ,que era baltantemente pobre» Preguntafs:fi como executor de dicho tef- tamento pudo aplicar , o diftribuir de los bienes de dicho teftador algína porcion 0 cantidád a dicho hijo e[purio de dicho Pafenafior Relpondo , que Paíchalio cómo executor de dicho teflamento,pu- dolicitamente aplicar d lu proprio hijo elpurio la porcion , y cantidad de dichos bienes , de que dí- cho (u proprio hijo efpurio necels;talle,como po dia aplicar oira cantidad razonable , y prudente. mente á otro pobre , que ny fuelle hijo luvo Elta relpucíta es de Lugo feé?. 6. mum. 109. Thomas Sanchez cap.3. dub. 27.Salmanticeníe 1.64. 101» recilla/upr. feóh. 2, quafit.5. 11.412. todoslos quales , dizen lo mifmo en cato que Paíciaio tU. vielle por si milmo obligacion de refticuir alos pobres algunos bienes inciertos, orafusilén halla. dos ¿ora fuelica injultamente adquiridos , en el qual cafo podria dar parte Je dichosbienes; 0 apli. y carla á lu proprio hijo efpurio, Y da razon de efta refpuelta es: porque las leyes lolo prohisen al pas dre el dexar algo de lus propriosbienes , 0 en lu proprio nombre al hijo eipurio : S:4/2c ef , que Palchaliocomeexecujor , O rellamentario dando Conferencia XVI, Quienes pueden fer herederos,y legatarios. $48 a lu hijoelpurio de los vienes del teftador , no lá daba détus proprios bicass,ni en lu proprio nomá bre, lino en nombre del teftalor: luego pudo lici. tamente Paíchalio aplicar, 9 dir 2 (u hijo elpurio, como executor tellamentario, alguna parte,d por» cion de los bienes que el teítador ordenó le dif tribuyellen entre pobres. 1370. Y como en calo que Pafchalio huvief. le de diftribuir,d aplicar d los pobres algunos bien nes inciertos, tampoco los diba, O diitribala en (4 proprio nombre , ni eran bienes [yos , fino del dueño, Y dueños inciertós , y en nombre de eftós los daba, y aplicaba, por efto no contravenja a di.. chas leyes, diftribuyendo algana porcion Au hijo típurio pobre. OBFECION T. Contra la refpuefa al 68/0. 1371 Tendo Pafchafo executor de dichd S ceftamento, y en calo que huvie(z le algun hijo eipuriodel teftador, mo podria Pa(2 chalñio aplicar alguna pgrcion de dichos bienes del teltador a dicho hijo elourio , aunque fuelle po- bre,como 1ñientán por cierto Sarciez deb. 26.Lus g0 fa 108 ¿Salmanticenle main. cif. con otros mus chilsimos. Luego tampoco atu proprio hijo e(pu- rio pudo Paíchalio aplicar alguna porcion de dis chos biertes, pues fegun la caridad, antes debia (er focorrida de los bienes del teftador la necelsidad de lu hijo elpurio , que la del hijo elpurio de Pal. chalio, Keípondo,concedo el antecedente,y mega lá conlequencia. Porque aurique de los bienes del difunto deba fer locorridala necesidad de (u pro. priohijo elpurio ,ances que la del hijo de Palcha- fio, efto le entiende folamente en orden á los alj.. mentos , que el padre debe dexar á dicho hijo el. purio. Y aqui no hablamos de dichos alimentos,(1 ho de otros bienes del padre,y en orden á ellos no era antes el hijo efpurio del teftador , que el de Paícalio executor,niaun tampoco era delpues,pues las leyes prohibian 4 Patchalio dillribuir de dichos bienes al hijo elpurio de el teltador, y no ie prohi» bian deftribuirlos á lu proprio hijo efpurio, Infancia contra la folucion dadas 11371 I Pafchalio huviera hecho voto de dar algunos bienes (uy os de li. mona 1 los pobres, no pudiera darlos 3 lu pro. psio hijo elpurio : Luego tampoco pudo aplicarle parte delos bienes delteltador , ni le lic 10$ ea nes inciertos, que el miímo Paíchalio nu? de dit tribuira los pobres, -Reipon lo ,concedo chantes cedente;, y niego laconiequencia; porque en el caío del voto daría a Lu hijo de 1us proprios Diem nes-, y en Íu proprio nomore » lo qual le prohis ben las leyes ; pero en el colo de darle de los bie= nep

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