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Conferencia XVI, Duieñes pueden fer herederos, y 1 blm?:te ,d porque ignorab ue aquel de quiervlo conc do, 0 Porque fue oprimida con violencia orrá af2una razon, el hijo. que Wiese, lucede ala nm . , + n+. espera impusita por el derecho en ocio, y calti go dela culpa de los pádres , y por configuiente, Felpueltas de elle caío. quando dicha madre le elcula : Janer, O violéncia, no incurren 105 hijos iezid mosen la pena de no poder fuced tán el Salmo inticenfe am. ¿8 Villalobos nunk 27 eltando a Molina ; Torrecilla sum, AJO. Vitis. ' : cn 1357 —Refpondolo 1.alcalo, que iR cendientes legicimos , pudo licitamente Júliana tenia defcendientes legitimos,ainque Res mejo fuelle hijo rarural, no pudo dexarle dicha , ds ' ee > Ph dai de + y dE Porción de herencia.Confta de lo dickó ej el /sp, 3.y enel lugar alli cirido, 1358 Refpondo lo 34. que 6 Remisios 4 1 0 ACIpOn +10 3. que glo er hijo eípurio , ex copula daninara 0 de punible Ayuntamiento, ño pudo licitamente dexarle po eion de Bazienda ,0 bienes , niaténto el de; echo Comun , ni arento el derecho Real de Caltilia > Juliana tenia hijos legitimos Relpando lo 4+que li Juliana no tenia hijos legitimos., y le arterido al derecho Comun, pudo Juliana dexarle dicha por» dion de herencia, con tal , que Remigio, aunque fuelle elpurio no fuelle de punible 2yUNtamientos 9 comprehendido en las dos limitaciones puéltas en el fup. 2. 14m. 136 2.pues no teniendo la mas r a FEO emi REN dre defcendientes legitimos, le lucede el elpurio, alsiabinse/flaró ,como por tellamento , legun la mas probable lentencia , li le atiende d lolo dicho » . AM Ma e derecho Comun , no ficado el hijo de los elpurios dichos. y 1359 Refpondo lo $. que,auhque Remigio 7 Jm fuelle hijo elpurio, no fiendo e* copula damnata, , Ó punible ayuntamicuto,o comprehendido en las dichas dos limitaciones ,(- Juliana no tenra delo cendientes legítimos , atento el Derecho Real de €£oftilla , pudo licitamente dexarle dicin porcion dle herencia ¿aunque Juliana tuvielle aícendíentes Jegitimos. Confta de lo dicho en el fup. 3 NUM, 1363.pues en eflte calo-los hijos elpurios tuceden Ala madre, alsi abinte/faro como ex teflamen. 79,como exprellamente lo dize la Y 7:tit.S ono. ve Recopil, por las palabras (ighient : Ln E gue notenza la muger hijos , 0 AA l£- Primos y aunque renga padre > 0 madre . 0.abnen Í03: mandamos , que el btp» ,0 ejes 4 deften.. dientes que tuviere nal urales yO o por fa orden 3 le fean herederos legirimos k A teltamen mm, abinteltaro, /«l/vos (: los tales jos fueren de dañado , y punible ayuntamiento de parte de la madre ¿que en ral cafo y mandam : , que vo Pecd:n beredar á Jus padres ex tellariento y, m4 Part FE ¡nyenciolemente, abinteftato ncibió > no era lu mar cia, O por Partede/usbirnes; y gueremo c de dicho modo tu- Punible AJUNLAMiento , quan. Jre:juritamente con los hijos Jepitimos, porque el privarlosde dicha luceísion ent. Le podia dez;r g gi6 era hijo natural de Jultana,y eltano tenia delas nible 2y untami dexarle dicha porcion de herencia. Refpondo lo 2. que (1 'gatarios, $43 3 pero bien permitimos que les puedan i- € vIdA,0 en Muerte mandar haña la quinta 0s que [e entienda to la madre por el tal ayuntamiento incurricro en pena de muerse > Pemperal. Delasquales pitabras confta , refpega » todeCaltilla, todo jo dicho en los lupueftos , y l de culpa por igno., citi- Objeción contra lo dicho nel (upue flo fegando, or. Aísiloa(sied. en quanto al efpurio de muger cafada, His 00 1360 1 Unque Juliana fuelTe dalada , Y Remigic , hijo elpurio Íuyo, no ucKemigio era hijo.acido de pu, ENtO,>, O ex demnabili concubisa, como con muchos lo. defiende, Torre: a Supe Led. 2. mun. 436. luego el hijo nacido de Cer La 80 > Y muger calada ¿no fe ha de dezir, que es Engendrado de punible ayuntamiento; Y PpOr.con» liguienta , aunque Remigio fuefle hijo de Julizoa Calada ; y de Glerigo » Íeria capaz de, heredar ¿0 Uceder á (u madre y asi abinteffato ¿ eómo por teltamento, Refpondo lo 1. admitiendo el ante. cedente, y negando la conlequencia ; porque et ci Jupuel?. 2.no hemos dicho nolutros , que lea . de punible ayuntamiento., € incapaz de luceder 1 la madre e! bijo elpurio., (imple de muger caíaw da: elto es de muger cafada , y de hombre foltes FO > Gino quedíximos , que erd incapaz de heres dar d lá madre el hijo elpurio de muger calada, yg de Clerigo ,1bi: O fuefe bijo de Clerigo , y mu. $" tajada, Relpondo lo 2. negando el antece= dente > PUES, AUNQUE dicho Torrecilla lleva, que note juzga porde punible ayuntamiento dicho hijo de mugér cala , y hombre foltero , lo con. trario,y que le juzga por de punible ayuantamiena to > O damnable concubito dicho hijo de muger calada, y hombre foltéro; defiende dicho Sanchez c4P.3.dub.5.num.4.por mas probable con Tello», Matienzo, Villalpando, Cifuentes, Rojas, Plaza, Gutiesrez , Menchaca; y ella milmo defiende Tapia/apr.Salmanticeníe num. 49. aunque dize ler probable la lentencia contraria. ' 1361 Y atendiendod dicha lentencia mas probable , de que el hijo de muger calada , y fol. téro ¿diximos en el fapueft 3 num. 1355» qué era incapaz de luceder 1 la madre.el hijo concebi.. do por copula punible con pena de muerte , ó que fúere hijo de Cierigo, y confaniguinea, d aña lu- ya, 0 que fuere elpúrio por fer hijo de muger cas Lada 5 y alsi ¿ficodo de Clerigo , y muger caladas O tiendo de Clerigo , y concubina publica luyas todos copvieren en que no puede luceder 4 la madre , aun'atento el derecho Real de Cala tilla,como lo confieíla el miímo Torrecilla num.454. O 455. Zz3 Ob

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