BCCSAL000517-F-04000000000000

Ae Pal hi p h be AA. E 1 EOL 21d mm 19) i ul j i ' pnl W IN" A 1 A 4 1 » Ñ ft set Tratado XVI. Delos Covrratés, A A rro.temienao las:culidades ) quecb Derechore- 10. tie sf: parrita 6 ¿peto dd guisre , valga cl rcllamento ¿aunque los refiizos teltigostodas las qualidades tequilitas por to feanuczinos del Lugar dondefe biziezcel refe cho Comun, y porel derecho de las partic pAimentos Ii | -. Por conliguiente deben fer Varones, y mo 1250 Aoerca de dicha ley de Caftilla, le bras ex lega 9. tir, 1 PArHirA 6. legoxo Adviertelo 1.que., aunque enclla noíe pide que partit, 3,0 ex 6, Tefies infúñe «dete . . nf ¿ . NN Íubícrivans Ó firmen en el teftamenro el teltador; - ben tambien tóner catorze años cumpli y teftigos; pero no obflante , quando le hiziere Pen (er libres , y no efclavos,y ADO 5 Ley Ves con elerítura,es necellario que lo firmen¿d Lubí= — fames,ni otros prohibidos por la grivan dichos teftadot , y telligos , pudiendo >y — para fer reftigos en teftamentos. Ve fabiendo efcrivir 3 y calo que blando én. rigor en elta advertencia 4. en el Salman de no fean necelárias dichas Ármasiferá lo masacer 9: Torrecilla numer. 12.0 1 3. Sanche: tado,y feguro el que le pongan. Y fiel teltamen PEL y | E . eS 0 : ERA to le hiziere ante Elcrivano yes precifala firma, y, 125 3. Aidyiertele lo 5.que aunq ¡Lubícripción del teftador ¿ porque Entonces, gun. gunos, no esnecellarid rigurolamente hal quéel teftamento fea nuncupativo , es elcricura en virtud de dicha ley, que los cefligoslean' publica > la qual fiempre debe ler firmada ;, O hig= dos, combidados, 0 llamados, pues ui tada po r aquel ¿en cuyo nombre fe haze, , .. prellasy aísi ballará el que fe hallen prelentes 1251. Lo 2,1e advierte , que li en el lugar imés quando el teflador permitió que le donde (e haze el teftamento huviere Elcrivano en; pero convendriy fera bien que fea publico,y el teftador quiliere hazer el ceftaménto para lafeguridad' del teflamento, Veale el lin dicho Elerivano ¿ ferán necellarios,y baltarán vertencia en Torrecilla »; 1 4. Sancliezm 9) cinco tcíligos; pero ayienda Efcrivano publico,Y: manticenfe A haziendofe bn el el reltamento , nobaltarán folos % Adviertele lo 6. pe quando 160) tres ¿aunque €n dicho lugar no. fe prepa se hiziere ante fiere telligos , Tera valido , y maseblt gos que los tres , pues la 1aifma ley dize: aunque no palié ante Elcrivano publico,ni diék T fi no pudieren [er habidos cinco refligos: mi Ef- teltigos Lean vezinos delLugar donde fe haze crivano ep el.dicho Lugar.) A lo menos fean pre yal > que enlo demás tenga las calidades , ql Jenzas tres teftigos vezinos del ral LugareLuego Derecho le requieren. Leg. 1.00 4Lib. 5.100 ¿al contrario ;l1huviere Efcrivano publico ,y Lo. copil.imnta leg.2.3bid. Confta de las vítimas , hiziere (sn cl el reftamento,no valdrá con tres tef-. labras de la miíma ley arriba puelta, y lo adi ¿tigos. Y alsi , Lolo , y empre. que no pudieren sen Torrecilla num. $, Tapia $, 2,4. 5. San . haberle cinco tefligos , 0 A lo menostres, junta dub, 24 mt.Prado /upr.num.4. z mente gon el Efcrivano publico, baltata quefe 1is40 Suporigo lo 8. qué para el vale haga el teftamento ante Íolos tres teftigos vezinos firmeza del teltamento in Jeripris ¿0 cer del tal Lugar, Veanle dichasdos adyertenciasen requiere por derecho Comun la folemmid el Salmanticente punéls2.mum.7.07 8, Villalobos guiente : elto es , que delpues de hecha, dif. 3. num, 4 Torrecilla tom» 1. de la Sumasde, da la efébitura ev que fe contiene la volunra ícgunda imprelsion , Formular io de TeftamenO ceftador , aísiftan liete teltigos varones , 20s, quefic. qna mum, 7. ad 11 .Sanchez/upr.dob; habidos por tales , puberes , 9 que ayan cu Ar 4 1,40,54 : catorze años, que lean rogados, 9 Mama _ 12512 Advicrtelelo 3. acerca de la mifma lanteidetodos los quales ,juntos, y 4 vn ml ley , que pidierido , como pide por tefligos para tiempo el teftador declare,y manific(te,que' 1d el tcftamento yezinos delLugar,donde le hazemo es lu teltrmento: > y vltima voluntad , y el pe balta el que fé <n Ellrangeros ni Originariesdel fupropria firmayy fellocon fu propria tal Lugar 5 y aísi no batlael que moren en dicho calo que no fepa , 0 no pueda elcrivir. o firme , Lugar, aunque fea por mucho tiémpo.Y porefto - vfteftigo por eE yde mas delos fieros Y. 2 ¿ Le did por nulo en Salamanca va teltamento yen fe requiere, que dichos fiete tefligos) ¿el qual todos los teftigos queavian firmado eran firmar por si milmos(y no en nóbre del ¿Eftudianres, que curíuban en dicha Univerlidad lo hagan 4 vn miímo tiempo, poniendo de Salamanca. Y la fentencia de nulidad le dió en - bres, y fellos,y li o Los ruvieren diflintos, la Chancilleria de Y alladolid , como lo adyiewe ri que todos pongan va'miímo fell 4) - Villelobos mum. 3. Salmanticente dicho mur. 8. algánode losteltigos , no fapie ve conotros. Adviertefe lo 4. que atenta dicha Loy 'mar , podrá firmar el eno por elor 04 de Caftilla , mo es necelfario , que aun. quando le que liempre queden ocho firmasy' 3 mas de l haze dicho teltamento muncupativo,Lolo ante trés el Notario, 0 EferivanosY codos eltos'requilil teltigos, y fin Eferivano, lean dichosteltigos ma- fon tan necelíprios , que faltándo qualqui era yores de toda expepcion ,Íino que balta que do ellos, Esmulóel celtainento, como conlta, é can de aquellos, que pos derecho comun cltán Haq confulrifiima,Code te fament,s. Seto prohipidos de ler refligos en tellamentos.Leg.9, * dasimod Jequialiis code sie, Pero por el á si e y + > 3 1

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz