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e Yoca por da profeí $10 = ¡wo Tratado XVII. De losCoutratos,. 0 y otras. Y alsi hablando en las palabras de lado» nacion,o haziendofe.en ellas mencion de la nmier te, le deben en Calo de dúda interpretar de la do nacion, caufa mortis; Objecion contra la refpuefla 4 la fegunda A dida del cafos 1239 € Egun algunos fe puede revocar la? donacion canfa mortis , y le ren sionde el donante en Religion aprobada; como [e puede ver.en Sanchez m.1 4. Y tambien [egun muchos le revoca, quando al do. mante le náceñ de nuevo hijos; al modo que dixiz mos de ládonacion ¡aser vivos:luego en calo que lá donation hecha por Nolaíco huvielle fido sanfa mortis, podia tevocarle por mas capitulos, d mos vos, que por los quatros dichos en la relpuefta á la legunda duda. de 1240 Keípondo, negando el antecedente en ) « . a - y quáñnto4 la primera parte , con dicho Sanchez, Suarez , y Matienzo. Y en quanjo ¿la fegunda parte con muchos, que cita Diana re/0/,78. y con los demas Autores citados en el [upi9oM.1 231: y con Torrecilla Jobre el 4 del Decalogo cap. 12 Seo. 255.55 qua/ta 9. todos los quales defienden, que folo por dichos quatro capitulos le revoca, Y 1c puede revocar la donacion cam/a mortis. | RARA OO ae CONFERENCIA XV. DE LOS. TESTAMENTOS , Y QUIENES 'préder seflaro 0 040 NR E Notandos acerca de los, Tefiamentos 5; y qhienes pueden reflar. SUMARTO; El argumento >tomado del contrato 4 las vlrimas voluntades, es valido en Derecho.n.1241. En quefe diftinguen en el teflamento, y la vltima, voluntad: 18.242. Difinicion del ¿cftamento , y fu explicacion, num» 1243. y Si esvalido el teffamento,en que no ay inficucion de beredero?n.1244. Divifion del vefbtamento , y fu explicacion num; 1245» Si puede uno fener dos reftamentos? 1.1246. Si Alexandro lll. revocó las [olemnidades yre- quijitas por derecho Civil para el seftamento? n.r2 47 y -Queje requiera paracl valor de el ec/hamento ES A $ de Teflamentis. Y ch "silo, legado, fideicommiTo > y dona nuucuparioo o b rra por derechas como por el Real de Cm á mi 125 3 Na ñ de $ Queferequiera para el ve fa; ento in orBe cerrados , af sipor delo DN . RealdeCaflillarn sados Quefeareflamento ad pias caufas ¿regu | ra fu valor , y algunas ¡laciones toca teftamento ad pias canfas ? ¿tuna 1264. ye Áluchas clafes de perfonas inbabiles y af5 por derecho Natural como por - MAMEP 1265.) 1266: pe 4 ' ' y 1241) Upongo lo £. que au ue tamento no [e numeree contratos, como tampoco las vltimas do luak pero porla Gimilitud, 0 conexión > gueti JN los contratos,pues (egan la comun delos Jai €s valido elargumento de los contratos a ll tias volimtades, y de eftos 3 los contratos 4 Paíbum inter hare dem Di de pañ.leo Omán gatisf. de legar. 1.Por ello los Ade tes los contracos>, fuélen también comunmente te de los teltamentos,y vltimas voluntades, fos S1mitando,trararcmos tambien nolotros, la! miente a la pratica,y 2 la pra fuere mas concer dexándo muchisimas, Lion de los Theologos ó las para los Juriftas, 4 cuya facultad mente toca elta materj A princig 2, tan d: le pueden eferisir muchos voluaiccd Y 1242 Supongo lo 2, que vna colag celta PISntosy Otra es ltima voluntad, dica ade: le como includente, inclufo »Luperior, e Porque todo teltamento es vltima voluntad ¿qe ho toda vltima voluntad , estelflamento. Y al h vltima voluntad fe difines Volontatis mote sb Jententia de eo quod quis revocabilis tamen ante m poft mortem Ff rio | A dif, pontisa Leg tencia juíta de aquello, po íe h que el hombre quí cl - naga deípues de fu muerte,es de sinco m: ME 9 tiene cinco efpecies, que lon,:eftantentoycó mortis, Y todas las dichas elpecies fe co den baxo 'la dicha diinicion de kE » luntad. a 1243 El teftamento proprio,y form te tomando le difineafsi: Vliima dif oficio direíta heredisinffirutione. O leguñ da ) éba heredis inftizurios Y aísi el camera edil tingue principal > Y propriamentede y ao me timas volunrades,en que tola la-inf ¿cion disecs ta de heredero ,es lo formal de dl lolo en el (e puede hazer dicha ind ue cion feclulo el privilegio. Y le dize í cluto € le. porque el Soldado tiene privilegio para inftit horedero en el codicilosEx leg. Milicis codicih de milbr. re fament,Y aísila vltima volu lo (e llama, y Esteflamento >en quanto Lat
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