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s10 | mayor y niego la Buenor. A la prueba niego la mayor , y ¿la prueba de elta diflingo la mayor: fucedieron en LS deréchos de dicho Volanio , en quanto no fe opufiellen, dFuglfen contrarios 4 fu voluntad, y:difpoficion , concedo la mayor : (ú- cedieron en los derechos de V olanio conformes a lu difpoficion > y voluntad , de fuerte que Oblera valen la voluntad de Volfanio exprella , O” tacita; concedola mayor; y concedida la menor ¿nie gó la confequencia. Porque quando fe dize , que los herederos reprelentan la perfora del difunto, y uceden en todos lus derechos , y accionés; no le entiende con tanto rigor , que todo el derecho, ó accion ; que tenia el Teltador en vida”, recargue; y Íuceda en los herederos; pues li efto Fuera fe fez guiria , que los herederos tendrian derecho para revocar el tellamento hecho por Volápío', o por el Teftador, pues efte mientras vivia, lo podia rez vyucar: Y nadie dirá , que los herederos tengan fan cultáad, y licencia para revocarlo, Pues afsi como; aunque fucedan en los derechos del difunto y res prelenten lu perfona, ng pueden revocar fu celtas mento ¿tampoco pueden dichos herederos revos car las donaciones, 9 promellas hechas por el auni que no elten aceptadas , qua ndo el en vida no las revocd. Y aísi lo alsientan por cierto los DD, eñ Lugo nur. 77. Digna re(ol. ror.Tamburino m. 18.Leísio n. 45. Villalobos n. $. Salmanticente n. 7 5.Lacroixm. 7870 OBFECION If. Contra la mi/ma re/puefas 1193 -"TAdie puede hazer donacion de y na cola, fino el dueño de ella, B aquel, ¿ quien clte diere orden , Y iia. para que la hagat Luego nadie puede aceptar la premefla , 9 donacion hecha 4 vno , lina el milmo a quien fe haze, d 4 quien efte diere orden , Ó co. mifsion para que la acepte : 41983 >, Y olanio hizo la promella, y donacion ,de que le habla en el calo á Jacinto 3 y lus herederos no tenian orden, y cos miísion de Jácinto, para/aceptarla ; Luego dichos herederos no la pudieron aceptar. 1194 Refpondo, concedo el antecedente, y niego la confequencia. Porque la aceptacion de la promelía >, O donacion ¿no ds accion tan perfonal, comola promeíla , y donacion ; porque aunque regularmense hablando, la aceptacion de promef- la , y donacion la debe hazer el "mimo promillan rio , 9 donatario ; pero quando el promiflario , Ó donatario elld aulente, la puede aceptar > O el miímo promillario, O donatario , O qualqhicra que tenga deel mandaro , 9 comifsion efpecial, Ó general para acéptarla > hiendo lá promella ,0 dos mación gratuita, O liberal, que es de lo que aquí hablamos.Y aísi es doétrina comun de los Docto- res , que quando las palabras dela promelía ;'0 dopacjon le dirigen exprellá > 9 implicicaggente 4 Tratado XVIII. De los Contratos, ¡ Ñ panél. 3.0 num. x.ad y Tapia arica 44m» *la puede aceptar por el aufente, a quien la perfona , que fe halla haga la donacion 4 la per te , fino4 otra, que efta a perfoña, que fe halla prelente a fente - coimo fi Pedro dize 4 Juan prelente: Tote prometo die dj ¿Artonio. En el qual cafo Le di expreflamente 2 Juan: y afsi podr promejla hecha A Antonio. O'fi Pedro dize te de Juan prefente ; profeto > que dí ea nio vn cavallo, lejuzga que fe diri bras impliciramente 2 Juán : y als acepatr dicha promefá. Pero li : ningun modo fe dirigen al'que eltap. sle (inc : que expreflamente fe dirigen al aufent ; Pedro dize delante de Juan: prometo 4 Antonio aulente de dar yn'tavallo ) no podrá ac promella Jhan por Antonio , d en nombre d tonio ; aunque dicho Juan prefente fea Tu Curador de Antonio aúfente , u de los demi neros de períonas , qhe tienen mandato En ” fion general, para gceptar laopron n nom de Apsonió. Veaíe Lelsió dub, 7. 4 Mim. 49. Tamburino $, 7: 2:1um. 1. ad 6, Bon lalobos dif. 3. mum,:9 . Diana re/o/.:97. €. la razon de no poderaceptar Juanla promellahgó? ehá ¿Antonio deel tercer moda,0 vlimo dia cho es. BO IN 31 / ] 1194* Pórque para que aya promelfa valid mente áceptada , le requiere confentimiento dos , que fon el promitente, y el promillario; $ fic ef, que quando lds palabras rio le di algun modo al que éftá prefenite , fino total alaulénte, aunque coníienta , d la acepte e e(ta prelente,no fe verifica que dy losd6: timientos del promitente , y protmifla quando las palabras de la promella' no le sun implititaínente al que efta prelénte;1 de validamente aceptarla por el aufette ; le haze: . cd 1192 * Sehadicho ,que en dicho terc en que las palabras de la dométs no le. aun implicitamente , afique (e halla prelen aunque lea Tutor , 9 Curador de ella perfonas, que tienen comifsion general f tar por otro la promellas porque fi diéhap Juan, v. g. que fe halla prefente tuviere m 5 comilsioh efpecial para áceptar dicha 4 promella 5 eñtonces la podra aceptar por: pene te , cuyo mandato efpecial tiene , aunque de niñ gun modo fe dirijan las palabras 4 dicha perloná prelente, Tambiente advierte ¿que en los en queel prefente puedeaceptar valid promella hecha al aufente ¿no la puede 9 condonar defpuésde averla acepta aviendola ya aceptado , elta difpuelto pi yes ,y Derecho, queadquiera dereclio el fario encuyo gombje la acepto. Y alsí ri DE AE .ye

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