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dd da ' | v/ y j ' 4 i | Ñ 5 ' r ñ dl Ñ ! | q IN Mi ' 4 "' y / Mi AN ip Tu negocio, y huvie(le recibido falario completo, podia tambien licitamente cóncertaríe con Juan, de que iria a la expedicion del fuyo, y recibir por cl el eftipendio , y falario entero, como fino hn- vietle de irporel negocio de Pedré , pudiendo lervir,y hazer el negocio de cada Yno'de ellos,co.. mo fi por cada yno de ellos folo:fuelle 4 la Corte? La confequencia fe prueba; porque no ay difpari- dad de vn caío 2 otro, pues nada importa 5 el qué huvielle Nicaño de ir 3 1a Corte 3. negocio pro= prio fuyo, y gaftando de fu caía , 0 aver de ir á la Corte, porque primero le concertó con Pedro , y aviade ira expenías; y galtos de efte , para poder recibir de Juan el falario total , hi aviendo de ¡+ por lu proprio negocio lo podiarccibir de Pédro, Ode Juan. 1106 Lo 2. porque fuponiendofe cómo [e Íuúpone , que por levar Nicafo el negocio de Pez dro ¿trabajaba en el nogocio de Juan, combi fos Lo fuelle por el negocio de Juan, y trabajaba en el negocio de Pedro; comofí lolo fueffe por el nez gocio de Pedro , no merecia fu'trabajo menor ef tipendiode Juan, que li Lolo por ¿l huvielle idos ni merecia menor eftipendio de Pedro , que (i fo: lo por el ,9 fu negocio ,huviele hecho (u viage: Luego f aviendo ido por cada ynode ellos ho, podia licitamente recibir del falario ebtero ; rámo bien podrá licitamente recibirlo entero. de cada vno de ellos 3aunque vaya' por los ñegocios de ambos. Al modo, qui:/como le dixo en la cenfer. J12.6.1.fmp. 6<mm. 8664) (1 Pedro, y. gr. fue con lu cavallo delde Pamplona á Madrid », donde 1c ha de detener algunos dias, y neceísita de remi. tir , O bolver fu cavallo A lu propria caía de Pang plona, y andando buícando quien fe lo buelva; encuentra con alguno que fe lo pide, para ir def de Madrid Pamplona , fin (aber que Pedro tiene hecelsidad de quien le lleyeel cavallo A Pamplo.. na , podra Pedro callar dicha necefsidad , y al que le piditre el cavallo para Pamplona , llevarle todo el falario , o jornales del cavallo, comofi no ne celsitalle de embiarlo á Pamplona,0:al modo, que li Pedro vá con fu filla volante delde (u' caía de Pamíplonaa levár vna perfona hafta Zaragoza, y alli encuentra otra perlona,quele pide la filla pa= ra venir á Pamplona ,le puede pedir tantosPecio, como li Pedro no fe huvielle aio á Pamplo- ña , 9 como le pediria vn Calelero del milmo Záe fagoza. ' ; Objecion contra lá refpuefa al cafo. [g107' L que véde vn cavallo a dos hes. manos 5 v, g. no puede llevar el precio total del cavallo 4 cada vno de los dos hermanosgporá de otra fuerte llevaria dos precios por el cavallo, lo.qual es totalmente injúlto:Lue- go tampoco pudo Nicálio licitamente llevar dos eltipendios , y falarios cumplidos 2 Pedro, y 1 Juan ¿pues tambien fue lo filmo que levar dos Tratado XVI. De los Contratos. > % precios, 0 jornalespor vnmifmofervicio, y obfe, quio. Reípondo, concedoel antecedente > y oi j la confequencias Y la difparidad confiflesene cavallo: no fe puede vender ddos perkonas, iy dui, de fuerte, que todo ¿1,0 la viilidad toc tiene el cavallo,testan provechofa A cada, Jos dos, como fi 4 folo ynole vendiellespí diondofe ¿dos ynopuede cada vno dee de el,como, y quando quifiere, porque tl o ; el Derecho , que tiene le embarazara), que tambien vtilizar el cavallo, Y como dá por el fervicio ; y vrilidad del caval diendo efte vrilizaríe por cada Yno1 vendiendofe:á dos, como (i 4 lolo yno Le; por elto ,i Gdos (e vende > note puedell el precio total 4 cada vno 3 fino quelo han de los dos , contribuyendo cada vno mas Sm para el precio juíto', legun mas , 9 menos hu de vtilizar elicavallo. Masen el cafo de N locaba efte lus obras, y ferviciosá cada vno4 dos Pedro, y Juan; infotidum,'de luerte, que no le huvielle obligado a Juan , fe 20 obligado a Lolo Pédro, Y al contrario, aung fe huviera obligado d Pedro, fe huviera Ob aíolo Juan , y por. cada vno deellos huvier bajado ,comottel otro no le huyicra encaf fus negocios. Y. Amas de elto ¿tanta vrilidad provecho tenia Pedro en los oblequios > y cias de Nicalio, como fi par lolo Pedro h Í hecho el viage, y ranta tenia Juan,.como 11 1 viera hecho porel. Y afsid cada vno deellos dia Heyarentero falario; y eltipendio: OBFECION. IT Contra la mifmare/pueftas 3 5 14 dd 7 p pe y 1108 Ara la juíticia del contrate P cación fe requiero ¡gualdá? tre lostrabajos, y fervicios ,que haze ellos y el precio,0 jornal , que dá el condubtor +4 ef, que efta igraldad faltaba en el contrato de cafio : luego dicho contrato fue injulto. Lam fe pruebasporque (como [e fupone) los oblet y lervicios perfonales , que avia de hazer Nié eltaban ya juítamente rermunerados,y p lo que Pedro le dió con cinquénta elcudos Luego íi defpues tecibió otros cinquenta de récibió mas precio , y falario delo: quemer dichos obfequios, y lervicion 100 1109 Reípondo , concediendo la: negando la menor.A la prueba diflingo denre. Los obfequios , y ASA avia de hazer Nicaño , eftaban 3 7 nerados , y pagados con lo que Pedro fe confideran dichos obfequios , y lerv quanto calan baxo la obligacion hech folamente, concedo el antecedentes fan en quanto Cajan baxo las «dos
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