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% Y ; : A » 436 | Tratado XVII, De los Contratos», > 1 1089 Refpondó con Lugo feét.4.n.6 £.y con Otros, que allicita, que dicha ley lolo fe entiendé po el fuero exterior;y judicial, y delpues de da- Yala fentencia. Porque fignificas que Le ha de irri= car, y anular el contrato hecho contta la ley pro. hibentes y delde que (e di la fentencia , eon qué Lc declara por nulo fe juzga por tal no lolo defde «Que fe dá la fentencia, lino delde el dia que le co. ametid el crimen", haziendo el contrato coptra' lá ley. Y en cite lentido , y no en otro efta recibida dichá ley, aun en las tierras [ojeras al Emperador, para las quales le Mizo , y donde folamente obliga €lderech,o comun Celáreo. Y afsilo dize dicho “Eugo,y e Salmanticenfe de Legibus. cap.2.puntr 5.num.9 2.0 93.con otros.Lo mifmo Tapja som, 3.lib.quguafl.1 2.4riic, 4 num. 1. Ó 25 Y escoz , mun [entencia de los T heologos, contra los Jurif tas, Queprecilamente porque el ato fea contra ley pronibente, no csinvalido, 0,nulo,fino firme, y valido. Confta exprellamente ex cap. ad: Apof tolicam de regular. dondedixo el Papa Inocén. cio 111. M4slra fieri probibentar, que fi fabta fué rint,obftinene roboris firqnitatem. 187 Objecion contrala tercorare/puefia al cafo; ¿IODO L Emperador Carlos Y: en a “A ley arriba citada da por irritos, y nulos los patios > y promellas/, que le hazen de pagarlo que fe pierde jugando 'al fiado , coto £oñita de lus palabras referidas parVillalobos dif. 3. 3. que fon las higuientes : Por la pre/enre ¡damos por ningana gualef[quiéra obligaciones , ef eritaras>0 promejos , queilas tales perfonas cet- £a de ello hizierem. Luego li Maximo ganó dichas cantidades, jugando al fiado en Caftilla, ora fuelle en juegos no prohibidos > pa enjuegos prohibiz dos , las que adquirió por contrato múlo , d inva. dido y Atgu3 , por el contrato nulo, e invalido bo Le traslada el dominio de las colas; Luego Maxi. ¿mo no adquirió dominio €n dichas cantidades , y por configuiente, las debia reflituir. Reípondo, concedo el antecedente , y niego lA conlequencia. Porque como fe dixo arriba dicha ley , O'difpóf. cion de Carlos Y. hoefta recibida en praótica , 9 coltumbre en el rigos,que contienen las palabras, fino Íolo en quanto A gue el que perdid al fiado, no cíte obligado'á pagar + fino quepueda dofen- derlecon la excepcion dedicha leys y fi ya lo huvicre pagado ,lo pueda reperir mediante la at. foridad del Juez, Y asi mientraSno intervinie(la dicha fentencia del Juez y quecondenalle d Maz ximo álareftitucion., no eftaba obligado 4 reltituir dichas cantidás des. A $ pollec : Sed fic e(h que Marurio € te e ¡ dr e CASODIL, 4 Ae . fodt MER ocalion a gó á Los may pes, vsÓ' des, y trampas no petmiridasen el JUe diance ellas ganó vna cantidad al contrario;y ql do juntamenten duda de í1 el contrario ra e ¿el en cafo que huvicrajugadí galidad, y no hiuviera víado de dichos trampas. Preguntafe: [3 Maturio rjabao ¿hs ir al contraris aquello,que dude) g£ayado el rontrario al mi[mo 24arutio por fin duda entre los DD.(como fe dix 1. de cta cofer fmp. o 1030 Ja eftaba obligado en con ciencia 2, reftico queganó con dichos fráudes,y trampas todo lo que el contrario ciertamenté,a - moral ¿le Huviera ganado ¿G Maturio víádo de dichos fraudes, y trampas. + d 1e92 Supongo lo 3. tambienpor 4; entrelos DD, que li Maturio cltuvielle eng de fi con dichastrampas; y fraudes aviay alguna cantidad, eftaba tambien obligado enk ciencia á reftituir todo aquello de que duda lo ayiz adquirido por fraudes , O no. Y asi Gentan Leísio /mpri db. 2,4 um, 13. adi Torrecilla tom. 1,de la Suma, tract. 1. di/f emp. 3.5.7. quefif. 12.nam. 163» Tambu dib. 1 .in Decalogum. cap. 3.7» Verbo da mum. 3 Lacroix puín. 108 x. SalmanticenfeR 14.64p. 4. punté, 3 num. 58.Y larazont ra ; porque nadie puede empezar á polleer coía lieitamente, contitulo dudoto de li lap polleer 30 no: Sed fic ef?, que dudandodi cola le adquirió en el ¡juego Con trampas; 1 des injuftas ,0 no legales , fe duda del ritulo tó , para empezar á retener ¿0 policer lo gañ “ Luego fe debe reflituir todo aquello¡de € Huda , fi es ganado con dichas fraudes, O ral pues el que alsi gana, es pofleedor de málaf mo el que compra vna cola , dudando da, 0 no, His pofiris 1093, Reipondo,queMaturio no€ gado a reflituir al contrario aquello que blemente dudalle , (1 le hnviera gamad rio , 0 no? Esta refpuefta esde Lugo/e 33. Villalobos dif.4. anm. 5. Tambo mum, 1. Salmanticente dicho 24m chomumm. 13. Lacroix mim. LoS ponók: 3. nam,?7. Diana parts 4utr Torrecilla /mpr, auf. 162.Y lara: en calo de duda Es mejor la condic ' fion de lu moneda) y ariende, lo debia refbituir, ues era dud ya ganado ¿0 ho el contrar víado de fraudes pues hn etla í.turio ayer ganado, Ó no aves part m

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