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440 Tratado XVIII, De los Contratos. Meños que el mifmo criado; ó perlona, por otro P cóntrato diverío dél dela tranfportácion,le obli. gaíle tambien a la affeguracion , y tomalls Íobte li el peligro defle perdía la moneda, 9 fé la qui- taban los ladrones. Pero aunque dicho criado, 9 perfona púdielfe llevar vn falario por la transla- cion , y otro por el rielgo, y peligro de capital, que podia tambien tomas fobre si ; no obítante elto', el cambiador, 0 que recibe dinero en Pam... - fplona, no puede llevar vnlucro por dicha virtual translacion ; y otro por la affeguracion, mirando A dichas dos colas , como diyerlos titulos. Porg que (ineluyerido(e el eno eñ el otro , como le ha dicho ) por el mifmio calo que el cambiador le obliga a dicha translacion virtual, le obliga taia- bien 4 la adeguracion , y corre por fu quenta el ricígo,y peligro del dinero,queha de dar en Ma. drid. Y aísi para computar el moderado, y jufto lucro , ha de mirar , y confiderar a dichos titulos de translacion , y alfeguracion ¿como fi fuellen wnololo. pr 864 El 3.titulo, por el qual el cambiador, que recibe en Pamplona el dinero para entregarlo En Madrid ¿puede llevar algun lucro moderado, €s por el mayor valor,que tenga la moneda,9 di. nerosen Madrid, donde el lo ha de entregar , que en Pamplona donde lo recibe. Que en elte calo tambien podra llevar algunluero proporciona- do alexcello del valor de la moneda que da con el valor de la que recibes $ 865 Lostitulos , y razones , por las quales el cambiador , que da monedas en yn Lugar, en Pamplona, v.g. para que le las entreguen en Ma. drid , puede cambieh llevar algun lucro modera- do. Son el 1. la virtual translacion, que haze día cho cambiador al camplario de las monedas , que ha de recibit en Madrid ,deíde Madrid ¿Pam.. plona, donde el las dá. Porquefi Pedro, v.g.dá 2 ¡e cien doblones en Pamplona, los quales Juan e ha de entregar en Madrid , le haze vistualmen teel oblequio , y fervicio de traer 2 Juan dichos cien doblones, que tiene en Madrid a Pamploña, donde los pide , y neceísita. Y la razomes; por= que fi Juan píde en Pamplona 4 Pedro cien do- blones , que alli le da de prelente, por los cien doblonés auíentes, que tiene en Madrid ,pide im- plicitamente 3 Pedro, que le libre, y exhoneré de traer dichos cien doblones delde Madrid a Pam- plona. Lo qual es preciogítimable,y que virtual: mente exccuta Pedro , dandole en Pamplona los cien doblones, | 866 Niobíta contra dicho titulo , el que Pedro , que da los cien doblonesen Pamplona, y losha de recibir en Madrid , ningun trabajo ten. ga recibiendolos en Madrid 5 antes bien tenga gran provecho, y vtilidad, recibiendolos en Ma- drid Lo vno > porque muchas vezes no (ucede aísi. Lo otroporque calo que fuceda, elto le de- beatribuir A induftria, y fortuna (uya..Alarodo, gue í1 Pedro, v»gr, tiene necslgidad , 0 le es muy vtil,el bolver fu'cavallo delde l na; y andando bufcando, quie contrare eon alguno,que fe lo drid a Pamplona; fin bai que nieneia , y vtilidad del milmo: + pedirle'algun precio > O falario cavallo , para que encl yaydA tambien aunque Pedronecelsit dineros, que Juan le ha de entr que le di en Pamplona, podrá pediriA] moderado lucro, por eltitalo ¿y quando Juan es el quele pide elé ploná; y ño es Pedro el que fac buíca a Juan,para que lo reciba: Entregue en Madrid, «HE 867 Y le advierte , que locales, Ó por cartas, no ha dept deíde que le recibe el dinero, halla paga, y folucion ,que aquel qu para que lleguen las cartas ¿le Porque feñalandole rias ti pos necellario para que lleguen dich le pechoío de víura el contrato de 64 recibir dicho lucro por la dilacioná por efperar la miíma paga, y folución caío vendria Ai ler mutuo palido guiente , dicho lucro feria Y 0 ari Pio V.en la Bula arriba citada, de fe alarga(Te el tiempo de la paga los cambios ínas , que hafta las pa primeras pagas (que (uelen de tiempos de primeras pagas eta! donde no huviere dichos tiempos ferias, que np fe dilaten mas , que que fe acoftumbran pagar dichosg do fe dán devo lugar para otro; ticenle mum,1 2. Tapia As2. 3 Mi 3. 1n4m.6. Tamburiño cap. $ en ellos los demás. ; 368 El 2.titulo,y razot de llevar algun lucro'eh die que íe di el dinero en Pamplor birlo en Madrid, es, el que ante las monedas mayor valor, y el gar, que en otro, ora gftemayor va cion la tengan las monedas por, amis Principes , 0 porcoftumbre leg gan por algunas circonftancias deabundancia de ellas en vh JUgarS otro »Q:de aver en vn logar más fu dan ¿cambio y y menos > que 105 44M cauías lemejantes. De don dede er como [e dixo enel numer.8 64.4 Pamplona dineros a cambio: drid ,donde las monedas tl ció,9 valor,puede levar gl] que alli (e dixostambien an Pamplona monedas,que alli tiene! cion: , 0 valor ,que las quel drid , podrá pedi algun
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