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414 17 Trarado XV110:De los Contratos. es precio eftimable , 9 porque lo puede retener el miímo muruatario , O porque fino lo puede rete. ner, y exercer por si miímo fe priva de la libertad de darlo, á quien quifiere, la qual libertad es tar. bien precio eftimable. 4r3ui , el pedir al mutua. tario alguna cola precio cltimable , vltrafertem murvó y aunque lolo [ea como debido de amiftad, y agradecimiento , esilicito , y wÍurario , como confladela propolicion citada; Luego imponer el mutante al mutuatario pato »Wobligacion de ¿que de al mutuante , 9 20tro alguño, algun ofi- cio Secular , aunque Lolo fea , pidiendolo como debido de amiftad ,y gratitud , es paáto ilícito,y «vfurario.Y asi lo dixo exprelfamente Santo Tho. más opufc. 21.quafh.5.dub. 2. Quedfi hoc pato immrindh danr , vt officium accipiane , 2b/que du bio paltum efi o/wrarinm. En quanto al beneficio Eclefiaftico le prueba. ] 748 Porque,aunque el beneficio Eclefiaftico en si miímió ho fea cola temporal , 0 precio efti. mable ; perotieneanexo commodo , y provecho temporal , el qual es precio eftimable, Y tambien* ¿El privaríe de dicha libertad es pre lo es el privarfe el mutuatario de la libertad, d fá- cultad , que tiene para conferirlo , 4 quien quilié- re. Luego cl imponerle padto de ddr dicho benefi cio Eclefiaftico al mutuante , 9 4 otroalguno; dunque fea pidiendolo folo de amiftad, y agradés cimiento es ilicito , y vfurarios 749 Conclufion 4. elimponer el mutdante al mutuatario por cauía , y razon del mutuo, Y pedirle ¿aunque fea como debido de agradeci. miento , alguno de los oblequios ,que le dizen 4 lingua ¿ab ebfeguio ,vel 4 mana, es pato ilicico, y vLurario, Y aísi lo es el pedirle ; que interceda por el con el Key , O Principe » que cante ,Ó dan. ze en lu prelencia yo de otros. Quele haga leñas Jes de amiftad , ó benevolencia » que le acompañe acl ,d¿orros; y otras colas lemejantes 2 cflas, Tambien el imponerle , d pedirle; que trabaje en fu heredad ,0 al Medico , que aya de curar d elte, 9 ¿otro , quando no efta obligado , aun por Cas ridad,o Al Abogado,que defienda a alguno, quan. do no tiene dicia obligacion. O 3lamuger, que pide mutuo , que haga copia de fu cuerpo al mu- tuante, O á otro. Eflta conclution es comunilsima delos Doétores , aun antes de la propofición con. denada arriba referida. , y defpues de ella debe fer de todos.Pues todás tás cofas dichas en la conclus fion [on precio eltimables , y por configuiente no Ye pueden pedir por el mutuo, aunque tolo fe pis / da como debidaspor folo amiftad ,. 8. agradeciz miento. Veale Bonacina 4 19m.8..44:1 3. Prado $. 2.4 num. 4: ad 7. Tamburino, /spr. tom. z. cap. 4.5.2. 4num. 1. 4d 5.Lagroix num. 889, GS 393. Salmanticeníe mm. 60. y alli los de. más. UN e TS 750. Conelulion 5. el' pedir el miutuante al níutuatario , no lolo conio debido de jufticia , d por obligacion civil, fino aunque fea lolo como debido de amiftad:, y agradecimiento y el que le ¿tl iriponer al mutuatario > O pedir aya de remutuar, quando tuvie ceísidad , O en el tiempo futuro rario. Como tambien lo es el ped le del modo dicho,que venga 1£t cina , O tienda , 0 que venga dapr cuela , 0 ¿moler á lu molino, Es más comunmente [eguido de los go mum. 46. O fcggo Tamburino Jupr num. 887. Bovacina fupr, Salmiantic 64.06 65.Prado $. 3. num. 16, ( de dicha propolicion condenada d [e puede negar la cobcluñion , la claramente. 23 $1 Porque todoslos dichos ra obligaciones , que (e han dicho en la? fon precio eftimables , pues privan del «que tenia €l muttsatario para no mutu «dir á la oficina, ecuela, 82c. Porque ble, que,por obligarle vno ámuruará do ¡e pida , 3 acudir A fu elcuela of no d otras , pudiera levar algun ph . e libertad , es ilicito , y víurario. Yé fion le infiere”, que tambien esi ci Luego el pedir por el mutuo dichap el mutuo parte eñ la elpecie, O m0 y parte en alguna deuda, que le CA te ,en cuya cobranza el mutuata galtos , menos que el mutuante li compeníarfelos. Tambites vara vna coía en Pamplona v. gr. ODM$ do al mutuatario , 4 quela aya de drid , quando el bolverlo en Madt lo ,y decarga. Mas no lo (era , Us el mutuo en Parplona , lo"puedeba drid con la miíma conveniencia , qu na. Tambien es víura el imponer € tuatario , que ayd de recibir el mue neros , Y. ge y parte en mercadi (pide trigo por mutuo , qu trigo , y la otra mitad ena obligar , 8 pedir al mutuararic dor á favor del mutuarite , 9 de 0% das cítas ilacicnes en el Salmar AN Tamburino 5/4. 24m, 14 ad 5 ÍA 5. Lacroix» num.390.07 891: 6. difp. 4 quejt. 6. Pero el pedirp prenda , d hipoteca para la fegurida el mutuo , no es víura , regula? Porque , regularmente ha mo precio , fimo folo para la mutuada, Y 6 fuere la prend xo 2rriba , quando > y comi los fruros en la fuerte ¿0 capita 753 Conclufion 6.licit tar , O pediral momo Ultra forsem y por el. pep de perder dicha tal que concugran las comdicie

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