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: Conferencia IX, De los pattos, que bazen al mótuo vfurario; algunos obfeguios p o fervicios > 4 manu y vel lingua, vel ab oblequio. um. 749, Esujura imponer al mutuatario la obligacion de remutaar , quando el mutuante lo pidiere, in ÁULUTUD ) 0. que venga ¿comprar 4 /u tienda, aficina",o cojas [emejantes. num. 750.775. Siesticito al muruante pedir algo, vltra Íortem, porel ric[go de perder la fuerte ; ó capital. 4 SAM. 752.4d76í, 743 Onelulion rno es víura imponer el mutuante al mutuatario por pato , y obligacion la execucion de aquellas co las las quales debia hazer , y executar el miímo Muilatarjo , por eftár obligado por la virtud de laCaridad , o dela Religion a executar ,9 hazer las milmascoías, aque le obliga el mutuararios Tta Lelsio dub. 8unuwm. 60. Lacroix 2um. 894. Tambyrino (»pr. $. 2.1um.9. Sal manticente [»pr. num.s 5 ¿Lugo /ect.5.num.4.9.con otros muchos, queeltós citan ¿contra Trullench, Bonacina, Co. varrubias, Reginaldo, Azor, y Salas, citados pog el Salmanticeníe. Y fe prueba nueftra concluñon: Porque la obligacion civil ¿que fe impone al mu. tuatario , paña que execute aquello mifmo , 4 que eftaba obligado por Caridad ; Ó Religion; es de. ningun momento; d aprecio , y no le juzga precio eltimable : Sed fic efe; que Íolo es víura el impos neral mutuatario obligacion de dir ,0 hazer al. guna coa, que lea precio eftimable : Luego el im. poner el mutuanteal mutuatario el pato, y obliz gacion , de que haga, o execute, loque debia exe Cutar en virtud de la Caridad , ó Religion, no €s vÍura, La mayor parece clara ¿ Porque dicha obli. gacion civil que le le impone porel pato , no cede en veilidad del mutuante , fino del miímo Anutuarario , d cuya vtilidad , y provecho efpirin tual )atiende , y mirá el mutuante, imponiendole dicho pacto: Luego imponiendole dicho pato, '"inguna cófa precio eftimable lleva,ó pide el mus tuanté por el mutuo, 744 Confirmale: Porque fegun la comun doétriña de los Dottorés es licito al mútuante im: poner al mutuatario el pacto , y obligación , dé que delifta de alguna injuíta perfecticion ¿con la qual agrayia al miímo mutiiante ,9 4 otra tercera perlona: Sed fcef ; que el imponerle pacto , ligacion , de que haga3 0 execute, lo que alias debia executar por eftár obligado de Cari. dad »9 Religion 3 es obligarle d que deiíta de la Muria > y agravio , quehaze 4. Dios, faltando Ala Religion , 021 proximo ; faltando 2 la Cariz dad,Y efla obligacion no es de mayor gravamen, l0 menos en orden á Dios; y al miímo mutuzz Lario que la que fe le impone para que delifta dé «“injulta períecucion Luego también es lícito AMponer-al mutuatario e) patto,ú obligacion de SXecutar aquelto , 2 que cítaba obligado por Ca. ridad 9 Religion, 745 De efta conclufñion feinfiere , qQueÑi vn e 41 3 gua ticme Caridad 1 Medico llega a-pedir mutuo 4 Pédro Y, po, quedicho Medico elta Obligado de alsiltir ,d curar d yn enfermo , y nolo quiere ha. zer 3 podrá imponerle Pedro pot pato , y obliga. gacion de el mutuo la curacion , y alsiflencia de dicho enfermo. Y á llega vn Abogado quando por Caridad elta obligado A la defenía, y parrocin nio de vn pobre ,y no lo quiere executar ; le pon dra imponer por pato , y obligacion, que lo paz trocine , y debienda. Y (1 llega vno, que ha hecho voto de vilit3r yn Santuario , 9 diralguna cofa a vna Igleña, y no quiere cumplir el voto, le podrá imponer por pacto, y obligacion'el cumplimien.. tode el, Y lega yno pedirlecl mutuo en yn «dia de Fielta, en el qual efta obligado á oir Mia; podra Tmponerle por pagto , y obligacioP, el que la oyga, wi 745 Conclulñion 2. elimponer al mutuata- rio por el mutuo: la obligacion , de que perdone la injuria , que el mutuante le avia hecho, y dela qual juflamente fe podia querellar anté legitimo Superior, d-luez,, es ¡licito, y víurario ¿lo mes nos prafticamente hablando: Ita Tamburino rom. 2.fupr: $. 8.. num. 6. Salmanticente nui. 57. Lacroix nam.892.Prado $. 2.14m, 6.0 7.coma tra3oto , y Silveltro.. Y le prueba la conclulion; porque dicha obligacion civil impuelta , y añadi. da por dicho pato 4 la obligacion antidoral , y de gratitud ,porla qual debía el mutuatario condo. nar ; y perdonar la injuria al mutuante ,que le dió el mutuo ;es gravamen , y carga precio elli. mable :el imponer ¡por el mutuo gravamen, y, carga precio eftimable es ¡licito, y vÍurario: Luea go el imponer al mutuatario dicho pacto , y obli. gacion de la condonacion , y remilsion de dicha injuria 5 esilicito , y vínrario. Y afsi advierten comunmente los Duétores , que [e deben evitar, in praxi ; lemejantes paítos:, porque con ellos le palian, y difsimulan las víuras, y Lmonias. Y por elto en el fuero exterior le din , y condenan por y[urarios» 747 Conelúfion 3. el imponer el fnutuante al mutúatario el pacto , y dbligacion de que por el mutuo le aya de dir algun oficio » O beneficio, no lolo fiendo oficio temporal , no tambien aunZ que lea oficio , 9 beneficio Eclefialtico 5 es pito ilícito > y ylurario. Y efto no folo (i dicho pato, y obligacion fuere de jufticiay fino aun tambien G le lo impuliere por modode gratitud , y amiltady Efltá coriclufión es comun entrelos Doétores' en Lugo fed. s.m, 41. O 45. Salmanticeníe4 num. 58.44 60.Prado $2. 14m: 9. D /c97. Boy nacina pun. 3. num. 4. que citan 4 Los demás. Y debe ler de todos delpues:de las condenaciones de Inocencio X1.en el num:42.en el qual le con dena por vlurario el pedir algo, v/era [rr emspok, el muruo ,aunque le pida lolo corto debido de amiltad , y agradecimiento , como tantas vezes hemos dicho,Y la concluíion le prueba en quanto. al oficio temporal, Porque dicho oficio semporal €s
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